Buenos días a todos, se aproximan las declaraciones trimestrales de octubre y como es lógico ya empezamos a tener consultas sobre el tema estrella de este trimestre, el nuevo tipo del IVA.
Y es que como muchos se habrán percatado el cambio de los tipos del IVA del 7% al 8% y del 16% al 18% principalmente, trae consigo, que al haberse realizado a mediados de año, se nos presenten algunas dudas en determinados aspectos.
Muchas sociedades y autónomos "dosifican" su facturación entre los diferentes trimestres, dependiendo de la liquidez de la que dispongan, es lo que habitualmente se llama regularizar en los siguientes trimestres. Sin embargo este año la cosa esta más complicada, ya que al haber cambiado en julio el porcentaje del IVA, esa regularización no va a pasar desapercibida.
Como todos sabemos legalmente tanto los ingresos como los gastos deben ser declarados dentro del trimestre que les corresponda y por lo tanto también el IVA derivado de estos.
Sin embargo existen situaciones en las que nos veremos obligados a declarar tipos de IVA diferentes, ya que por ejemplo que ocurre con las facturas rectificativas, abonos o devoluciones derivados de operaciones de trimestres anteriores donde nos han facturado al 16%. Pues bien es dejo aquí debajo las explicaciones que da la propia Hacienda en su web.
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Blog dedicado a todas esas personas que al oir hablar de Hacienda se ponen a temblar, sienten escalofrios. Desde aqui queremos intentar que eso deje de pasar, los vamos a explicar de forma sencilla, como si estuvieramos frente a un cerveza.
28 de septiembre de 2010
1 comentario:
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Hola, tengo que presentar el modelo 303, para una cantidad de 1800 con un IVA del 18 %, en total tendría que ingresar 324 €, pero me surge la duda de donde debo o no meter los gastos que me han originado el trabajo que he realizado para cobrar esta cantidad. No soy autónomo, ya que no supero el mínimo necesario para ello. ¿Qué debo hacer? Muchas gracias por su ayuda.
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