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27 de febrero de 2010

Base Cotizacion Autonomos 2010

Con la llegada de febrero, nos llega la respuesta a la pregunta que mas ha se ha escuchado en todas las asesorías durante el mes de enero, y no es otra que ¿cuanto tengo que pagar este año de autónomo?.

Para deteterminar la cuota de autónomo debemos saber cual será nuestra base de cotización. Las bases mínimas y máximas mediante las que se calcula la cantidad a pagar como autónomo han cambiado para este año 2010.La base máxima de cotización será de 3.198,00 € mensuales y la base mínima de cotización será de 841,80 € mensuales.

Esta base de cotización es para trabajadores autónomos que, a 1 de enero de 2009, tengan una edad inferior a 50 años. La base de cotización de los trabajadores autónomos que, a primero de enero de 2010, tuvieran 50 o más años cumplidos, estará comprendida entre las cuantías de 907,50 y 1.665,90 € mensuales.

Así por ejemplo la cuota mínima de un autónomo con contingencias comunes, será de unos 250,85 €. A parte de esto hay que recordar que aquellos que quieran tener opción al paro de autónomo a partide del 01/01/2011, deben estar cotizando con el plus de accidentes de trabajo, por lo que la cuota, será un poco superior.

Interes Legal del Dinero y de Demora para 2010

El Interés legal del dinero es el que se aplica como indemnización cuando un deudor incurre en mora y no se ha pactado en uno determinado. Se determina cada año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, siguiendo la tendencia de los mercados financieros.

El Gobierno ha fi jado el tipo de Interés Legal del Dinero para el año 2010 en un 4 por ciento. Asimismo, durante el año 2010 el Interés de Demora aplicado será del 5 por ciento.

Con esta medida mantenemos los niveles ya establecidos para el 2009, lo cual, es un respiro en los casos de deudas con Hacienda o la Seguridad Social.

Información procedente de la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Un saludo.

20 de febrero de 2010

Hacienda blinda la penalización a las indemnizaciones elevadas

El anteproyecto de Ley de Economía Sostenible elimina parcialmente un importante beneficio fiscal para los altos directivos. Hasta ahora, las llamadas rentas irregulares derivadas de los incentivos plurianuales por objetivos y las indemnizaciones por despido o por rescisiones de contrato tenían derecho a una reducción del 40% en el IRPF. Es decir, si un directivo cobraba una indemnización de tres millones de euros, 1,2 millones quedaban libres de impuestos.

El anteproyecto de Ley de Economía Sostenible limita a los primeros 600.000 euros la posibilidad de aplicar ese beneficio. Así, algunos despachos fiscales están recomendando a directivos que meditan abandonar a corto plazo su cargo que negocien su salida antes de la aprobación de la ley. Esfuerzo vano. Fuentes de Hacienda confirmaron a CincoDías que, tal y como está redactada la norma, la reforma se aplicará con efectos retroactivos.

Y argumentan que el Tribunal Constitucional avala esta interpretación. Por un lado, existe un efecto anuncio, ya que en diciembre del año anterior ya se informó de este cambio y, por el otro, el devengo del impuesto se hace efectivo en 2011, cuando la ley ya estará vigente.

8 de febrero de 2010

Modificaciones de obligaciones tributarias formales para el 2010

Buenos días a todos, después de sobrevivir al cuarto trimestre y a las lluvias torrenciales de este lunes, volvemos con más fuerzas y queremos empezar publicando una serie de modificaciones que afectaran a algunas obligaciones tributarias, sobre todo de carácter informativo.

Unas de las principales modificaciones, son las que afectan a los datos que los bancos, cajas y entidades de crédito deben facilitar a nuestra amiga Hacienda, sobre todo por lo que conlleva de cara a la lucha contra el fraude.

Así, dichas modificaciones son las siguientes:

1-      Declaración de los saldos superiores a 6.000 € a fecha 31 de diciembre de créditos y préstamos concedidos por las entidades financieras. Comunicándose, el nombre, apellidos o razón social y el DNI/CIF del que ha recibido el préstamo o crédito.

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