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31 de agosto de 2011

Hacienda no cobrara las deudas inferiores a tres euros

Buenos días a todos, hemos vuelto de unas minivacaciones merecidad y una de las noticias que mas nos pueden alegrar el final del verano, es la que titula el post. Y es que Hacienda no reclamará las deudas inferiores a tres euros, que esten pendientes en la base de datos de Hacienda, a fecha 30 de junio de 2011, por lo que desde esa fecha no reclamaran estos importes. No piensen que es un acto bien intensionado de Hacienda, es simplemente que el proceso de reclamación de esas deudas es mas costoso que el cobro de las mismas. Les dejo aqui debajo la resolucion publicada en el BOE. BOE-A-2011-14056

9 de agosto de 2011

Tratamiento de Suplidos, fiscal y contable


Buenos días a todos, estamos en agosto y la vida fiscalmente hablando es muy tranquila en este mes, donde casi todas las administraciones públicas trabajan bajo mínimos y nuestra “amiga” Hacienda no es un excepción.

Es por eso que aprovecho este mes para publicar un artículo que desde hace tiempo he querido preparar, un artículo que trate sobre los SUPLIDOS, ya que son muchos los clientes que tanto en la asesoría, como a través del blog y la web nos preguntan sobre ellos.

Lo primero que vamos a ver sobre los suplidos es su definición:

¿Qué es un suplido?

Un suplido es un gasto en el que se incurre por cuenta de un cliente y que posteriormente reembolsaremos mediante su oportuna justificación, es algo muy común dentro del ramo de los servicios profesionales (abogados, asesores, gestores, intermediarios, etc..). 

Vamos a ver un ejemplo claro:

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