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28 de septiembre de 2012

Calendario Laboral 2013: Madrid


El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado el calendario de fiestas laborales para el año 2013. Serán 12 días festivos, además de los dos que establecerá cada Ayuntamiento. Como novedad respecto a otros años, el Gobierno regional ha decidido cambiar al lunes 18 la fiesta laboral por la festividad de San José del martes 19 de marzo.

El calendario de días festivos para el año 2013 a efectos laborales es el siguiente:

1 de enero (martes), Año Nuevo
7 de enero, (lunes), traslado de la Epifanía del Señor
18 de marzo (lunes), traslado de San José
28 de marzo (jueves), Jueves Santo
29 de marzo (viernes), Viernes Santo
1 de mayo (miércoles), Fiesta del Trabajo
2 de mayo (jueves), Fiesta de la Comunidad de Madrid
15 de agosto, (jueves), Asunción de la Virgen
12 de octubre (sábado), Fiesta Nacional
1 de noviembre (viernes); Día de Todos los Santos.
6 de diciembre (viernes), Día de la Constitución.
25 de diciembre (miércoles), Natividad del Señor.

Calendario Laboral 2013: Comunidad Autónoma de Canarias

1.       En aplicación de la legislación del Estado, tendrán durante el año 2013 la consideración de días inhábiles a efectos laborales en la Comunidad Autónoma de Canarias, todos los domingos del año y, asimismo, los siguientes días festivos:

-          1 de Enero, Año Nuevo
-          7 de Enero, Lunes posterior a la Epifanía del Señor
-          28 de Marzo, jueves Santo.
-          29 de Marzo, Viernes Santos
-          1 de Mayo, Fiesta del Trabajo
-          30 de Mayo, Día de Canarias
-          15 de Agosto, Asunción de la Virgen
-          12 de Octubre, Fiesta Nacional de España
-          1 de Noviembre, Todos los Santos
-          6 de Diciembre, día de la Constitución Española
-          25 de Diciembre, Natividad del Señor.

2.       En las islas del El Hierro, Fuerteventura, Gran Canaria, La Gomera, Lanzarote, La Palma y Tenerife, las fiestas laborales serán, además, las siguientes:

19 de septiembre de 2012

IVA: Contestacion Hacienda sobre dudas nuevos tipos de IVA


Buenos días a todos, sin duda el tema rey estos días en las consultas tributarias, son las dudas que surgen a la hora de ir a liquidar nuestro modelo 303 del 3t del 2012.

En anteriores artículos ya hemos tratado este tema, informando de los nuevos tipos de IVA, de cómo rellenar elmodelo 303, pero siguen apareciendo más dudas.

En este artículo vamos a incluir un pdf elaborado por la propia AEAT en el que tratan de resolver muchas de las dudas que nos están llegando al blog. Y quién mejor que la propia Hacienda para explicarnos este asunto. Sobre todo en lo que a materia de facturación se refiere.


14 de septiembre de 2012

Modelo 303: Tercer trimestre 2012 con nuevos tipos de IVA



Buenas tardes a todos, como ya es sabido, desde el 01/09/2012 entraron en vigor los nuevos tipos del IVA, los cuales explicamos ya en el artículo, Novedades Fiscales: Subida del IVA, del IRPF. En el cual, ya tratamos los cambios de los porcentajes y los cambios de aquellos productos que pasan de un tipo de IVA a otro.

Pero claro, se acerca octubre y por consiguiente los modelos trimestrales y es mucha la gente que nos ha empezado a preguntar como se declara en este trimestre el modelo 303. Y es que si recordamos un poco, ya el año 2010 el Gobierno cambio los porcentajes del IVA, recuerden el paso del 16% al 18%, etc..

La diferencia en esta ocasión es que a diferencia del año 2010, en la que el cambio coincidió con la entrada del nuevo trimestre, en esta última modificación el cambio del IVA se hace efectiva a mitad de un trimestre, por lo que conviven en el mismo trimestre, el porcentaje de IVA antiguo y el nuevo.

Esto ha provocado que mucha gente nos haya preguntado como cumplimentar el modelo 303 del 3t del 2012, ya que coincidirán los diferentes tipos de IVA en vigor durante los meses de julio, agosto y septiembre, recordemos que durante julio y agosto (8% y 18%) y los de septiembre (10% y 21%).

Pues bien, la forma de declarar será la siguiente:

6 de septiembre de 2012

Plan Prepara, ¿cómo se solicita?

Buenos días a todos, seguimos con la línea de artículos del Plan Prepara que comenzamos a finales de agosto con el artículo Nuevo Plan Prepara. En el que vimos, quién y qué requisitos han de cumplirse para solicitarlo.

En este caso vamos a ver como se solicita el Plan Prepara, para lo cual vamos a ver:

¿Dónde se solicita?

En las oficinas del Servicio Público de Empleo que nos corresponda en función a nuestro domicilio. Si en dicha oficina existe la cita previa, debemos solicitarla antes de ir para evitarnos hacer cola sin sentido y que luego nos digan, sin cita previa no podemos atenderle.

Podemos adelantar papeleo descargando el formulario desde la página web del SEPE en este enlace. Ojo a día de hoy (05/09/12) no han cambiado el formulario del antiguo al nuevo.

Plazo para solicitarlo

Hay un máximo de dos meses que empiezan a contar a partir de la fecha en que se agota la prestación por desempleo. Ojo si nos pasamos de este plazo perdemos el derecho a la ayuda.  Además en la nueva regulación se exige que durante esos dos meses el solicitante busque activamente empleo durante al menos 30 días. Hemos escuchado que será suficiente con que se hayan presentado curriculums y que se haya ido a alguna entrevista de trabajo.

¿Cómo controlarán esto?, pues no lo se, pero entiendo que no estaría de más enviar algún curriculum mediante correo certificado y solicitar que nos hagan un justificante de asistencia a la entrevista.

Importantísimo

El Plan Prepara es una subvención, por lo que es incompatible con cualquier deuda existente con Hacienda y la Seg. Social, por lo tanto, antes de solicitarlo tenemos que asegurarnos de estar al día con estas administraciones. Es muy común que al ir a solicitarlo nos digan que no por no haber presentado alguna renta o por tener alguna multa pendiente de liquidar. 

Para saber si estamos al día con Hacienda y la Seg. Social lo mejor es pasarnos por sus oficinas y preguntarlo, ahorramos tiempo y vamos al grano.

5 de septiembre de 2012

Nuevo Programa de Ayuda del Modelo 620 del Gobierno de Canarias

Buenos días a todos, dejo aquí debajo el aviso del Gobierno de Canarias sobre las nuevas versiones del programa de ayuda del modelo 620, recordemos que es el modelo a presentar para los traspasos de vehículos y que como novedad en Canarias ya podrémos presentarlo telemáticamente.

Figura ya disponible en la Oficina Virtual Tributaria la versión 5.1.2 (para devengos del primer semestre de 2012) y la versión 5.2.1 (para devengos del segundo semestre de 2012) del  programa de ayuda del modelo 620 del área de Tributos Cedidos.

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