Buenos días a todos, hoy vamos hablar de los cambios en las bases de cotización de los autónomos y más concretamente de una modificación que hubo hace poco y que modifica los plazos para cambiar las bases de cotización de los autónomos.
Como todos los autónomos saben, a final de mes se paga la cuota de Régimen de Autónomo, una cuota que se calcula en función a unas bases de cotización que nosotros podemos elegir dentro de un intervalo de importes, siendo el mínimo para el 2010 de 841,80 € y el máximo de 3.198,00 €. Estos importes cambian todos los años, siempre al alza, como todo en este país, lo cual explica el porque todos los años nos suben nuestra cuota de autónomo.
Existen otros cambios obligados en las cuotas de autónomos, como es la que se produce cuando cumplimos los 50 años y nuestra base de cotización sube automáticamente, ya que la base mínima de cotización sube, siendo de 907,50 € para el 2010.
Sin embargo lo que muchos autónomos desconocen, es que las bases de cotización se pueden modificar semestralmente, es decir, se puede cambiar la cuota de autónomo. Claro esta, que esto es para aquellos que quieran subir su base de cotización o bajarla si estamos por encima del mínimo legal.