Buenos días a todos, el pasado 29 de octubre el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto que regulará las notificaciones electrónicas obligatorias por parte de nuestra amiga Hacienda.
Esta nueva normativa entrará en vigor el próximo día 1 de enero de 2011 y afecta a aquellas sociedades que ya están obligadas a presentar sur declaraciones por vía telemática, existiendo una serie excepciones puntuales, como pueden ser las notificaciones a los contribuyentes que se presenten en las propias oficinas de la Agencia Tributaría (es decir, cuando vamos a preguntar algo a Hacienda y salimos con una notificación en mano).
¿Quiénes estarán obligados a recibir estas notificaciones por vía electrónica?
Esta nueva normativa entrará en vigor el próximo día 1 de enero de 2011 y afecta a aquellas sociedades que ya están obligadas a presentar sur declaraciones por vía telemática, existiendo una serie excepciones puntuales, como pueden ser las notificaciones a los contribuyentes que se presenten en las propias oficinas de la Agencia Tributaría (es decir, cuando vamos a preguntar algo a Hacienda y salimos con una notificación en mano).
¿Quiénes estarán obligados a recibir estas notificaciones por vía electrónica?