Buenos días a todos, entre las últimas novedades que afecta
al impuesto de sociedades (Modelo 200), se encuentran las relativas a la
compensación de las Bases Imponibles Negativas. Estas modificaciones son dos:
- Límites de aplicación temporal a la compensación de bases imponibles negativas procedentes de ejercicios anteriores. (Aplicables en 2011, 2012 y 2013)
El apartado
Primero Dos del artículo 9 del Real Decreto-ley establece, con efectos
exclusivamente para los períodos impositivos que se inicien dentro de los años
2011, 2012 y 2013 los siguientes límites de aplicación temporal a la
compensación de bases imponibles negativas procedentes de ejercicios
anteriores, en función del importe neto de la cifra de negocios durante los
doce meses anteriores a la fecha en que se inicien dichos períodos impositivos,
para los sujetos pasivos cuyo volumen de operaciones, calculado conforme
a lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley 37/1992,
haya superado la cantidad de 6.010.121,04 euros en esos doce meses: