Ayer uno de los clientes de la asesoria me pregunto que era la Deduccion por movilidad geográfica, que cantidad se puede deducir y que condiciones hay que cumplir para poder usarla.
Desde luego la pregunta no tiene desperdicio, no por la complejidad, sino por el desconocimiento que existe sobre esta deducción que puede llevar a perder una buena cantidad de deducción.
Lo primero que tenemos que tener en cuenta es que condiciones hay que cumplir para poder aplicarnos esta reducción, en este caso son tres:
Desde luego la pregunta no tiene desperdicio, no por la complejidad, sino por el desconocimiento que existe sobre esta deducción que puede llevar a perder una buena cantidad de deducción.
Lo primero que tenemos que tener en cuenta es que condiciones hay que cumplir para poder aplicarnos esta reducción, en este caso son tres:
- Haber estado inscrito en la oficina del paro.
- Que se acepte un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia.
- Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio.
¿Qué quiere decir todo esto?. Pues lo siguiente, que sólo podremos acojernos a esta reducción, si habiendo estado inscrito en una oficina del paro, conseguimos un trabajo en un municipio diferente al nuestro y nos mudamos a este municipio (aconsejable empadronarse).
Como ejemplo mi caso: Estando inscrito en una oficina de paro de S/C de Tenerife, me llaman para trabajar, en una asesoria del sur, por lo que me mudo a Los Cristianos a vivir. Pues bien, si me hubiese empadronado en Los Cristianos, tendría derecho a dicha reducción.
¿Cuando podemos aplicarnos esta reducción?, puede aplicarse durante el año en que se lleve a cabo el cambio de domicilio y el posterior.
?Cantidades que nos podremos reducir?, como máximo el 100% de la Reducción por el rendimiento del trabajo con el limite de que la suma de las reducciones por rendimientos del trabajo, prolongación de la actividad laboral, movilidad geográfica y discapacidad de trabajadores no podrá ser superior la los rendimientos netos positivos del trabajo.
Bueno espero que les sirva este apunte.
Fecha Primera públicacion: 10/06/2007
Fecha última actualización:04/05/2012
Hemos recibido muchos comentarios en el articulo, en el que se nos dice que hace tiempo que en este articulo no se comenta, eso no es cierto, el problema es que este articulo ha superado ya los 463 comentarios, lo cual, hace que no puedan aparecer todos en una sóla página, si pinchan al finalizar el articulo al lado del numero de comentarios ( 1 – 200 de 463 Más reciente› El más reciente»), podrán ir a los más recientes.
Actualizaciones del Artículo:
IRPF - Movilidad Geografica: La reducción por movilidad geográfica no exige empadronamiento ni contrato de alquiler (TSJ Extremadura 29-04-2010)
Como ejemplo mi caso: Estando inscrito en una oficina de paro de S/C de Tenerife, me llaman para trabajar, en una asesoria del sur, por lo que me mudo a Los Cristianos a vivir. Pues bien, si me hubiese empadronado en Los Cristianos, tendría derecho a dicha reducción.
¿Cuando podemos aplicarnos esta reducción?, puede aplicarse durante el año en que se lleve a cabo el cambio de domicilio y el posterior.
?Cantidades que nos podremos reducir?, como máximo el 100% de la Reducción por el rendimiento del trabajo con el limite de que la suma de las reducciones por rendimientos del trabajo, prolongación de la actividad laboral, movilidad geográfica y discapacidad de trabajadores no podrá ser superior la los rendimientos netos positivos del trabajo.
Bueno espero que les sirva este apunte.
Fecha Primera públicacion: 10/06/2007
Fecha última actualización:04/05/2012
Hemos recibido muchos comentarios en el articulo, en el que se nos dice que hace tiempo que en este articulo no se comenta, eso no es cierto, el problema es que este articulo ha superado ya los 463 comentarios, lo cual, hace que no puedan aparecer todos en una sóla página, si pinchan al finalizar el articulo al lado del numero de comentarios ( 1 – 200 de 463 Más reciente› El más reciente»), podrán ir a los más recientes.
Actualizaciones del Artículo:
IRPF - Movilidad Geografica: La reducción por movilidad geográfica no exige empadronamiento ni contrato de alquiler (TSJ Extremadura 29-04-2010)
Todavía no he entregado mi borrador, así que voy a ver si puedo aplicarme la deducción por movilidad geográfica.
ResponderEliminarSin embargo, tengo dudas, ya que en mi caso, durante 2006, estuve trabajando en Madrid, acabé mi contrato en abril, me apunté al paro y volví a trabajar en noviembre del mismo año. Por ese lado no habría movilidad geográfica, pero yo estoy empadronada en Valencia y allí es donde consta mi domicilio, aunque esté en un piso de alquiler en Madrid.
Crees que podría justificar una reducción por movilidad geográfica.
Muchas gracias
Hola Ana, la verdad es que tu caso es peculiar, según entendí estuvistes trabajando en Madrid, y te apuntastes al paro en Madrid una vez que acabo tu primer contrato de 2006.
ResponderEliminarLo del empadronamiento es un consejo que nosotros damos en la asesoría para los clientes, nosotros tratamos con muchos extranjeros que van y vienen.
En tu caso tendrías que tener en cuenta lo siguiente:
1- Si antes de empezar a trabajar en Madrid, estabas dada de alta en alguna oficina del paro de Valencia. Date cuenta que eso es un punto fundamental para demostrar la movilidad por razones de empleo.
2- Se considera residencia habitual una localidad cuando vivimos más de 183 días, es decir mas de medio año en ese sitio.
3- La fecha de inicio de tu primer contrato, ya que si empezastes a trabajar en 2005, este año no tendrías derecho, ya que oficialmente tu movilidad se habría realizado en el 2005 y al haber cambiado de trabajo en 2006 sin cambio de residencia no podrías aplicartela en 2006.
Resumiendo, para poder aplicarla la reducción, tienes que haber estado apuntada en el paro de Valencia antes del primer trabajo. Este primer empleo tiene que haber empezado en 2006 y sólo podrias aplicartela para esta renta. Ya que con el segundo empleo no tienes derecho a movilidad geográfica.
Espero que te haya servido de ayuda.
Yo tengo una duda, mi caso es que, viene a trabajar a Madrid desde Vitoria en 2005 porque no encontraba trabajo alli, empecé a trabajar en una empresa mediante ETT que me dio de baja el 31 de diciembre, a primeros de año me inscribi en la oficina del inem en Madrid y el mismo dia 10 volvi a trabajar para la misma empresa, pero con otro nombre y sin mediaciones de ETT. Este año al ir a hacer la declaracion me dijeron que tocaba a devolver por movilidad geografica, que ni conocia que existiera eso.
ResponderEliminarHe recibido una carta de Hacienda de Vitoria sobre que tengo q presentar documentacion (aun no se cual) para justificarlo, pero por lo que comentas aqui, me da la sensacion de que no me van a dar un duro...
Me podrias echar una mano?
Muchas gracias!^^
Hola Kisicosas, según lei en tu comentario, tienes un requerimiento de Hacienda pidiendo que justifiques una movilidad geográfica por motivos laborales. Esto es devido a que seguramente Hacienda no lo tenga claro.
ResponderEliminarLa documentanción que debes presentar es la siguiente:
1- Certificado o documento oficial de haber estado dada de alta en una alguna oficina del paro en Vitoria. Con este documento le justificas a Hacienda que estabas buscando trabajo en Vitoria.
2- Certificado de haber estado empadronada en Vitoria por aquellas fechas, esto lo puedes conseguir en el Ayuntamiento.
3- Un contrato de trabajo en Madrid que justifique el desplazamiento.
4- Un Certificado de estar empadronada en Madrid, esto sería lo ideal, en caso de no tenerlo un contrato de alquiler o cualquier documento que pueda justificar que estas viviendo en Madrid.
Eso sí, tienes que tener en cuenta que para poder aplicar la Reducción por movilidad geográfica, tenias que haber estado dada de alta en alguna oficina del paro de Vitoria, ya que esta condición es casi definitiva para justificar la movilidad geográfica por razones laborales.
Bueno, espero haberte servido de ayuda y que el susto no sea nada ;).
Hola a todos:
ResponderEliminarMe gustaría comentar mi experiencia y también aprovechar para hacer una pregunta.
Primero:yo me trasladé desde Coruña a Vigo y cuando modifiqué el borrador para que se me aplicara la movilidad, llamé a la AEAT y me dijeron que sólo hacía falta el justificante de haber estado en el paro en la localidad de origen. Por si acaso cambié mi Domicilio Fiscal (es muy fácil, basta una llamada telefónica)y me lo concedieron sin problemas (pero nunca me dijeron que tenía que hacerlo). No tuve que ir personalmente a nada a la AEAT, ni conseguir certificados ni nada. Simplemente modifiqué el borrador y punto. Ellos ya disponen de los datos de la empresa donde estás trabajando y de cuándo y dónde has estado en el paro.
Segundo: ahora se me plantea la posibilidad de cambiar de trabajo. Ahora vivo en Vigo pero:
a. Si cambio a otra empresa en otro municipio y me apunto en el paro aquí antes de cambiar mi domicilio fiscal: ¿Se pone el contador a cero? es decir, puedo volver a disfrutar de otros dos años de minoración por movilidad?.
b. Si no me apunto al paro y simplemente cambio, aunque me quede en Vigo, pero en otra empresa, podría disfrutar del segundo año de movilidad?
c. Si me apunto al paro en Vigo, y vuelvo a trabajar en La Coruña, vuelvo a tener dos años de movilidad, como en el caso a. o no?
En fin, es un royo.
Gracias y saludos
Hola Iago, me alegra que comentes tu experiencia personal, en realidad, tal y como hiciestes tu en su momento esta bien hecho, y por lo general simplemente con haber estado apuntado en una oficina de desempleo basta y por lo general para justificar que estas en otro municipio te basta con el contrato de trabajo.
ResponderEliminarMe imagino que al decir que no te hizo falta ningun certificado, es devido a que leistes la contestación a Kisicosas. Por lo general no te hace falta ningún certificado, pero debes tener en cuenta que te lo pueden exigir en caso de un requerimiento. En le caso de Kisicosas, Hacienda le esta pidiendo que justifique esa movilidad geográfica y tal y como dice la Ley del IRPF, es necesario haber estado inscrito en una oficina de demanda de empleo de la localidad de origen, por lo que tendra que solicitar un certificado de haber estado inscrita alli. Normalmente Hacienda tiene documentación de en que empresa estas trabajando y cuanto cotizas por una simple razon y es el famoso cruce de datos.
Si te fijas en tu borrador de la renta, toda la información que hacienda tiene de ti, son datos que ha obtenido cruzando datos, por ejemplo sabe lo que has cobrado en tu empresa, porque la empresa esta obligada a declarar lo que te ha retenido y sabe lo que has cotizado a la seguridad social por la misma razón.
Sin embargo si estas dado de alta en una oficina de demanda de empleo pero no cobras la prestación por desempleo (caso por ejemplo de alguien que esta buscando su primer empleo), la Seguridad Social no tiene porque notificarle ningun dato sobre ti.
En cuanto a los certificados del nuevo municipio es sencillo, en el caso de Kisicosas, es lógico pensar que si esta trabajando en Madrid y estaba viviendo en Vitoria, se haya tenido que mudar.
Pero en mi trabajo ya hemos visto un par de casos así y hemos consultado con Hacienda en distintas ocasiones y la contestación siempre ha sido la misma, - Documentación que justifique que estas residiendo en otro municipio diferente y que ese traslado sea por cuestiones laborales.
En cuanto a tu caso particular la verdad es que lo tuyo es rizar el rizo jejeje.
a- La respuesta es sí, ya que tanto el Artículo 53 TRLIRPF Real Decreto Legislativo 3 / 2004 como el Artículo 47 Real Decreto 1775 / 2004, no establecen nada en contra a esa posibilidad.
b- Te podrías aplicar la reducción del segundo año también, siempre que no te apuntes al paro (esto último son palabras textuales de un compañero que trabaja en Hacienda)
c- Exactamente, siempre y cuando ese nuevo trabajo en Coruña signifique el cambio de residencia.
Espero que te haya servido de ayuda.
Muchas gracias, Blackdos. La verdad, no esperaba una respuesta tan rápida ni tan clara.
ResponderEliminarSólo un último supuesto.
Ahora me echan de mi trabajo en Vigo (donde tengo mi domicilio fiscal) y me vuelvo a Coruña. Cambio mi domicilio fiscal a Coruña y me apunto al paro allí también. Luego, si vuelvo a Vigo a trabajar, o a cualquier otro lugar siempre que implique, por supuesto,cambio de residencia, volveré a tener derecho a otros dos años de reducción por movilidad. ¿No?. Bajo este supuesto, lo único malo sería que me saliera un trabajo en Coruña.
Una duda: ¿Puedo apuntarme al paro en Coruña o donde me dé la gana? ¿O tengo que hacerlo en Vigo?
La experiencia de mi hermana: estuvo apuntada en el paro en 2005. Le salió trabajo en Sevilla y allí se fue. No se cambió de domicilio fiscal. En el ejercicio de 2005 no solicitó la movilidad (no lo sabía), pero en el 2006 sí la solicitó (es el segundo año, se supone que le corresponde). Hacienda la está investigando.
Me parece muy importante dar a conocer estas cosas porque además de estar puteados con nuestros trabajos, lo de la vivienda, lo de los sueldos bajos,... si no nos enteramos de nuestros derechos, vamos bien.
Gracias y saludos,
Hola de nuevo Iago, siempre intento responder lo mas rápido posible y el estar con unos días libres ayuda ;). Pero no te acostumbres que ahora en octubre vuelven los impuestos trimestrales y uff.
ResponderEliminarEn cuanto al último supuesto tuyo, la verdad es que el tema laboral no es uno de mis puntos fuertes, pero si te puedo decir por experiencia propia, que en mi caso cuando me fui a apuntar solo me dejarón apuntar en la oficina que me correspondia por cercania al domicilio, creo que en el tema de las oficinas de demanda de empleo, estan divididas por distritos. Lo más probable es que te manden a la que te corresponda según tu domicilio oficial actual. Eso si, te pueden llamar de cualquiera si hay una oferta que se ajuste a tu perfil.
De todos modos, en muchas Comunidades Autonomas el tema del paro es competencia de la Comunidad, por lo que ese sistema de funcionamiento puede no darse en Galicia, es cuestion de preguntar.
El caso de tu hermana es más complicado, es un claro ejemplo de lo que te comentaba la anterior vez, con Hacienda tenemos que andar con pies de plomo.
En principio, la ley establece que te puedes acoger a la movilidad geografica, el año en el que se preduce y el siguiente. Pero hay es donde entra la interpretación de la ley y la flexibilidad que tenga el funcionario de turno. Te puedo comentar que hemos tenido los dos casos en la asesoría, aunque nosotros siempre aconsejamos que si no se aplicó en el primer año, no se aplique en el segundo.
La explicación es sencilla, la Ley establece que será aplicable el año en el que se produce y el siguiente. Si en 2005 no lo aplicastes, al aplicarlo en 2006 le estas diciendo a Hacienda que el 2006 es el primer año.
Es un rollo la verdad y el resultado dependerá mucho de la interpretación del inspector y de que tu hermana le consiga demostrar que la movilidad se produjo en 2005 y que por despiste no lo puso.
Espero haber servido de ayuda y que a tu hermana le salga bien la investigación.
Hola!
ResponderEliminarEn primer lugar daros las gracias por este blog, ya que somos muchos los que no estamos puestos en estos temas y nos generan un poco de rechazo... Aunque realmente es muy útil conocerse toda la ley.
En mi caso tengo una pequeña duda. Ahroa mismo estoy trabajando en una localidad diferente a la mía y empecé a trabajar en junio de 2007. Antes de este trabajo estuve dado de alta en la SS pero solo unos días sueltos en mi localidad natal. El caso es que estuve apuntado al Servicio Andaluz de Empleo pero sólo para poder recibir cursos gratuitos de formación (de hecho, cursé varios).
No sé entonces si en el caso de que ahora me empadrone en mi nueva localidad tendría derecho a la reducción por movilidad geográfica para la renta del 2007 y también para la del 2008.
Muchas gracias !!!
Buenas tardes Etxebe, antes que nada, agradecer tus palabras hacia el blog, se hace lo que se puede ;).
ResponderEliminarPor lo que pude leer tu caso es el siguiente:
1- En el 2007 estabas apuntado en el oficina de demanda de empleo de tu pueblo. El hecho de que fuera para poder acceder a los cursos para desempleados no tiene nada que ver, personalmente yo he estado en un par de ellos. Ojo parto de la idea de que cuando te contratarón seguias apuntado en la esa oficina del paro.
2- Te contratarón en una localidad diferente a la tuya.
Si partimos de esas premisas y teniendo en cuenta la ley, ya que esta establece que para poder acogerte a la reducción por movilidad geografica tienes que cumplir estas tres condiciones:
a- Estar inscrito en una oficina de demanda de empleo en la localidad de origen.
b- Aceptar un puesto de trabajo en un municipio diferente al nuestro.
c- Que eso conlleve un traslado de la residencia habitual.
Entonces Etxebe en tu caso tienes que tener en cuenta lo siquiente:
1- Si seguias apuntado en la oficina del para en el momento en que aceptastes el puesto de trabajo.
2- Si esa localidad en la que ahora estas trabajando esta en un municipio diferente.
3- EL hecho de cambiar de residencia habitual significa el poder demostrar ese desplazamiento, nosotros a nuestros cliente, como habras visto en el post, aconsejamos que se empadrones.
Entonces si cumples con esas tres condiciones podrás aplicarte la reducción por movilidad geográfica este ejercicio y el siguiente.
Espero haberte servido de ayuda. ;). Si necesitas alguna aclaración más no dudes en escribirnos.
Hola, me parece muy interesante lo que estais explicando. Este es mi caso, a ver si me puedes orientar.
ResponderEliminarEstoy trabajando como funcionaria interina en granada y no se cuanto tiempo me durará la interinidad.
Estoy empadronada en madrid.
He aprobado unas oposiciones y quiero pedir como destino madrid, me incorporaré aproximadamente en febrero.
Mis preguntas son:
1. Debería de empadronarme en Granada??
2. No se cuanto tiempo me va a durar la interinidad. Si ceso voluntariamente, me apunto unos días al paro, y luego tomo posesión de mi plaza en madrid, ¿¿tendría derecho a la reducción??
yo creo que si, porque estaría cambiando un trabajo temporal por uno para toda la vida.
Gracias
Hola, me acaban de decir que rechazan lo de la movilidad geográfica y que si quiero recurrir tengo que presentar no sé qué papeles. Mi caso es el siguiente, en diciembre de 2005 me apunté al paro en Andalucia, y en Febrero de 2006 empecé a trabajar en Madrid (mi primer contrato). No me he empadronado en Madrid, pero tengo el contrato del piso, el de trabajo y lo del paro. ¿Crees que podré recurrir y obtener dicha reducción? Saludos y gracias
ResponderEliminarHola futura funcionaria ;). Antes de nada felicitarte por ese logro y agradecerte que confies en este blog.
ResponderEliminarTal y como he comentado antes en nuestra asesoría siempre recomendamos empadronarse, ya que es la prueba definitiva de que estuvistes residiendo en Granada, sin embargo, existen otras formas que te ayudan a demostrarlo, por ejemplo, el contrato de trabajo (ojo en este caso es para cambios de residencia a grandes distancias). Aqui en canarias tenemos el caso de que en la misma calle una acera es de un municipio y la de enfrente del otro. Otro documento que te puede justificar la residencia es el contrato de alquiler.
En cuanto al segundo punto, la opción que dices es completamente valida. La ley establece como condición para reducción por movilidad geográfica, ser demandante de empleo en el municipio de origen. (En tu caso Granada). Es más en la web de Hacienda, existe una consulta sobre el tema de los traslados por aprobar oposiciones y confirman lo dicho. Siempre que previamente hubieses estado apuntada al paro, podrás acogerte a la reducción si tu nuevo destino, conlleva traslado de residencia.
Si quieres aqui tienes el enlace a la consulta.
https://www5.aeat.es/ES13/S/IAFRIAFRC05F/
Espero que te haya servido de ayuda.
Buenas noches, antes que nada agradecer a todo el mundo el que confien en nosotros.
ResponderEliminarEste comentario es respuesta del anonimo, al que Hacienda le rechazo la movilidad geográfica.
1- Claro que puedes recurrir la decision de Hacienda, pero deberas hacerlo si estas seguro de cumplir los requisitos que ya expusimos en el post sobre Reducción por Movilidad Geográfica.
Para recurrir deberás aportar:
A) la documentación que acredite que estuvistes dado de alta en el paro en Andalucia cuando conseguistes el empleo.
B)Si puedes conseguir un certificado de que estabas empadronado en el municipio andaluz. En caso de presentarlo seria una prueba decisiva, aunque con el apartado A) te vale.
C)Para acreditar el cambio de Domicilio a Madrid, con el contrato de trabajo y el de alquiler del piso debe de ser suficiente.
Así que no creo que te deniengen el recurso. Eso sí, como ya he comentado antes, todo dependerá del agente que te toque.
Espero haberte aclarado la duda y te deso mucha suerte y que salga bien ese recurso.
hola, tengo una duda sobre este tema, termine mi contrato de trabajo con una Administración y a los pocos dias comencé a trabajar para otra administracion en un municipio al de mi residencia, pero por el breve lapso de tiempo transcurrido, no me di alta como demandante de empleo. ¿Puedo aplicar la reducción por movilidad geografica?
ResponderEliminarBuenas Noches Jose Maria, por lo que entiendo, aunque cambiastes de trabajo y eso conllevo un cambio de municipio, no te distes de alta como demandante de empleo en el intervalo de tiempo que hubo entre ambos trabajos.
ResponderEliminarPor eso yo te recomendaría que no te acogieses a la reducción por movilidad geográfica, ya que una de las condiciones básicas que establece la Ley del IRPF, es que antes hubieras estado dado de alta como demandante de empleo.
Otra cosa que me gustaría dejar claro es que también se tiene que cumplir la condición de cambio de residencia habitual al municipio del nuevo trabajo, es decir, tenemos que mudarnos.
Mi consejo sería que no utilizases la movilidad geográfica.
Siento que mi respuesta no sea la más deseada, pero espero te haya servido.
Un saludo.
muchísimas gracias por contestar tan pronto
ResponderEliminarya me he empadronado aqui en granada por si acaso.
enhorabuena por la´página
Hola
ResponderEliminarsoy la chica de granada que aprobó las oposiciones.
Como comenté, pretendo beneficiarme de la reducción por movilidad geográfica. No se si este es el sitio para preguntarlo, pero ahí va.
Yo he adquirido una vivienda sobre plano en granada de la que me he desgravado dos años. Me la entregan a principios de 2008. Sobre marzo de 2008 me trasladan a Madrid y para poder pagarla tendré que alquilarla. Tendré que devolver a Hacienda lo que ya me he deducido por adquisición de vivienda habitual?? o simplemente dejo de deducirme en los años posteriores??
muchas gracias
Buenas tardes Maria, la verdad es que tu pregunta la he tenido que comentar con algunos compañeros de la asesoría y ha creado un debate, interesante momentos.
ResponderEliminarSegún indica la ley del IRPF la deducción por inversión en vivienda habitual se podrá llevar acabo sobre las cantidades satisfechas para la adquisición, rehabilitación, construcción o ampliación o cuentas viviendas. La duda que surje con tu problema, es lo que entiende Hacienda por vivivenda habitual.
Te explico, según la Ley,(lo podrás ver en el manual de la renta 2006 en las página 379, la vivienda habitual es la casa en la que se cumpla lo siquiente:
1- Que sea tu residencia durante 3 años de forma continua, sin embargo se establece que ese plazo puede ser menor si concurren una serie de circunstancias, entre las que se incluye un traslado por motivos laborales. Estableciendo que en el caso de no poder cumplir este plazo por el motivo anterior, no habra que devolver las deducciones practicadas.
2- Que el contribuyente la habite de manera efectiva en un plazo no superior a los 12 meses posteriores a la fecha de adquisión o de terminación de las obras: en este caso pone la misma excepcióm que el punto anterior, el de traslado por motivos laborales, estableciendo que lo que no se podra es seguir practicando las deducciones desde el momento que se cumpla ese supuesto.
Por lo tanto, entendemos, que no estas obligada a devolver lo que ya te has deducido, pero que no podrás seguir deduciendote cantidades por vivienda habitual, desde el momento en que lleves a cabo tu traslado.
Otra cosa que te quiero comentar, es que en el caso de que se te ocurra adquirir un vivienda en Madrid, no podrás deducirte ninguna cantidad en concepto de deducción por inversión en vivienda habitual, hasta que el importe invertido en la nueva vivienda, no supere el importe de las cantidades invertidas en Granada que ya hubieran gozado de la deducción.
Espero que te haya servido de ayuda ;). Por cierto, las oposiciones que ganastes a que eran?. Simple curiosidad.
Un Saludo
Hola,
ResponderEliminarhe estado leyendo los comentarios del foro y me gustaria exponer mi caso tambien.
El ano pasado pude aplicar la deduccion por movilidad geografica puesto que estaba empadronado y dado de alta en el paro en una provincia diferente a la que luego encontre trabajo y donde traslade mi domicilio. Desde entonces sigo con el mismo trabajo y viviendo en esa nueva provincia.
Este ano he intentado aplicar la deduccion de nuevo pues entiendo que se puede aplicar durante dos anos pero me la han denegado.
Ahora estoy en plazo para alegaciones y me gustaria saber que documentacion exactamente debo presentar para fundamentar mi solicitud. Cuento con lo siguiente:
-Cartilla del paro(con la que fichaba)
-Certificado de vida laboral de agosto de 2007
-Certificado de empadronamiento en Madrid de agosto de 2007 donde se dice que vengo de otra provincia
Me preocupa que esto no sea suficiente, cuento tambien con facturas o contrato de alquiler.
En resumen, me gustaria si me pudierais confirmar que la puedo aplicar durante dos anos consecutivos y que me aconsejeis sobre la documentacion a aportar.
Muchas gracias por adelantado.
Efectivamente, la Ley establece que te podras aplicar la reducción por movilidad geográfica, el año en el que se produce el traslado y el anterior.
ResponderEliminarEntiendo por lo que leí que tu traslado se produjó en 2005, ya que según entiendo, la que no te aceptan es la reducción que aplicastes en la Renta del 2006, como segundo año.
Con la documentación que dices tener debería ser suficiente, por lo que me dices tienes un certificado de empadronamiento en 2007, en principio ese creo que no te servirá, salvo que diga que te trasladaste en el 2005.
Si el contrato de alquiler es desde el año en el te mudastes a Madrid, te puede servir, para demostrar que ya vivias en Madrid en 2005, como primer año aplicable.
Espero que te haya servido de ayuda, si estoy equivocado en las fechas que puse, referentes a tu traslado, avisame para ver el caso.
Hola,
ResponderEliminarInteresante blog... :) Aprovecho para exponer mis dudas.
Adquirí una vivienda en Alicante hace un par de años, escrituro en un par de semanas, máximo un mes y quiero aplicar la deducción por vivienda habitual (hasta ahora no me he deducido nada por la compra, tampoco estoy muy segura de si podía o tenía que esperar hasta el momento de escritura...)
Desde principios de Septiembre estoy trabajando en Madrid, ¿es posible aplicar la deducción por vivienda habitual en mi declaración de la renta y alegar movilidad geográfica para que mi vivienda en Alicante siga siendo mi "vivienda habitual" aunque no viva allí? No me interesa tanto aplicar la reducción de movilidad geográfica, como poder disfrutar de las deducciones de vivienda habitual.
Muchas gracias!
Antes que nada me alegro de que te guste el blog y agradecerte que nos sigas.
ResponderEliminarEn cuanto a tu duda lo primero que tienes que tener en cuenta, es que en tu caso, la Deducción por inversion en Vivienda Habitual es incompatible con la Reducción por movilidad geográfica, el por qué esta claro, según establece la Ley del IRPF, la reducción por movilidad geográfica se podrá aplicar en el caso de un cambio de residencia. Según entendí te has mudado a Madrid por cuestiones de trabajo, por lo que la reducción por movilidad geográfica te la podrías aplicar, si antes hubieras estado dada de alta en el paro, en Alicante.
Me imagino que al desplazarte a Madrid, viviras de alquiler y tu empresa te habrá dado de alta en la seguridad de social en Madrid.
¿Por qué digo todo eso?. Sencillo, para poder deducirte la inversión en vivienda habitual, esta tiene que cumplir las condiciones que Hacienda entiende como mínimas para que una casa se pueda considerar vivienda habitual (si las quieres ver tienes varios articulos sobre este tema en IRPF-Deducciones.
Tal y como se explica alli, una de las condiciones es que vivas en la vivienda de forma ininterrumpida al menos 3 años seguidos, y que entres a vivir en ella en un plazo no superior a 12 meses desde la fecha de compra en escrituras.
Es cierto, que en caso de traslado por trabajo, no te exigen que devuelvas lo ya deducido, pero tampoco te permiten seguir deduciendo.
Conclución, viendo tu caso y salvo que vayas a volver a Alicante, una vez que te entregen la casa, no podrás aplicar la deducción por Vivienda Habitual, ya que no se va a poder considerar como tú residencia habitual.
Sin embargo la Reduccion por movilidad geográfica la podrías aplicar si tenias residencia en Alicante, antes del trabajo en Madrid y eras demandande de empleo en Alicante.
Se que no es la respuesta que más esperaba, pero espero que te ayude.
Que tal,
ResponderEliminarMe han rechazado la reducción por movilidad, el año anterior me la concedieron pero este año no, según me dicen en hacienda depende del tramitador que lleve mi renta.
Actualmente trabajo en Granada, pero soy de Cadiz, traslade mi residencia a Granada por un puesto de trabajo, termine ese trabajo y me apunte al INEM en Granada, al poco tiempo comence a trabajar en otra empresa en Granada. Mis preguntas son:
*Puedo acogerme a dicha deduccion por movilidad aportando el contrato de trabajo??
*Pueden hacerme devolver lo que me dieron el año pasado por movilidad???
Muchas Gracias
Buenas VPM, antes de nada agradecerte que hayas participado y planteado tu duda.
ResponderEliminarVamos a empezar viendo lo que nos planteas, sino entiendo mal, en la renta del 2005, aplicastes la reducción por movilidad y este año te la han rechazado.
Lo primero que tienes que tener en cuenta es lo siguiente:
1- Que en el 2005 haya sido el año en el que efectivamente te hayas mudado de Cadiz a Granada por el trabajo.
2- Que antes de encontrar el trabajo en Granada, hubieras estado apuntado en la oficina del paro de Cadiz. Date cuenta que este punto es primordial.
3- Tener un documento que acredite que estes trabajando y viviendo en Cadiz, contrato de trabajo, alquiler del piso, etc..
¿Por qué te digo los puntos anteriores?. El primero es porque la ley establece que sólo tenemos derecho a la reducción por movilidad geográfica en el año en que cambiamos de residencia y el siguiente. Por lo tanto si la aplicastes en la renta 2005 por primera vez, tendrías derecho a aplicarla también en el 2006.
El segundo punto es indispensable lo dice bien clarito en la ley, en el caso de no haber estado apuntado en una oficina del paro, nunca podrías aplicar la reducción. Y el tercero esta claro, algo que acredite que estas viviendo en Granada y que el traslado fue por el curro.
En cuanto al tema de que todo depende del inspector, oficialmente no debe ser así, ya que se entiende que se acogen a la ley, pero por la práctica, la experiencia nos dice que pueden llegar a ser muy subjetivos.
Lo de acogerte a la reducción si te refieres a intentar recurrir la decision de quitartela en el 2006, sólo te puedo decir que lo intentes si estas seguro de que cumples los puntos que vimos antes y que puedes ver mejor en el articulo. Si es por aplicarla en el 2007, dudo mucho que te la acepten, si te rechazarón el 2006, ya que por lo que entiendo el segundo trabajo también es en Granada.
En cuanto a si te pueden hacer devolver la reducción por movilidad de 2005, la respuesta es que puede ser, pero que en ese caso lo más común es que te manden una propuesta de liquidación de la renta del 2005.
Bueno, espero que al final todo este palique, te haya aclarado algo y te sirva.
Un saludo y suerte.
Hola, comento mi caso particular haber si me podeis ayudar porque estoy hecho un lio. Mi domicilio habitual y la oficina de desempleo en la que estuve inscrito por ultima vez (Enero de 2005) es Huelva. A partir de esa fecha he estado trabajando en distintos sitios de Andalucia, pero debido a que desconocia que podia solicitar la deduccion por movilidad geografica nunca lo he hecho. Mi último cambio de trabajo ha sido en Octubre de 2007 y el centro de trabajo es Sevilla, mi pregunta es ¿puedo solicitar esta deduccion en el ejercicio 2007?Es necesario estar en condicion de desempleado en el momento de aceptar este trabajo o basta con haber estado con anterioridad en esta situacion?
ResponderEliminarEspero haber expuesto con claridad mi caso.
Gracias por adelantado
Buenas noches, he visto la última consula y por lo que he entendido, la última vez que estuvo apuntado en el paro fue en 2005 consiguiendo ese año un trabajo en diferente lugar al de residencia.
ResponderEliminarLa respuesta creo que no va a ser la mejor noticia que te pueda dar para comenzar el año.
Veras, tal y como indica la ley, requisito indispensable es estar apuntado en las oficinas de demanda de empleo y que el puesto de trabajo, sea un lugar diferente al de residencia y conlleve un cambio de la misma.
En tu caso deberias a ver aplicado la movilidad geográfica en la renta de 2005, pudiendo haberla aplicada también en 2006.
Para poder aplicarla en la próxima renta 2007, tendrías que haber estado apuntado denuevo en una oficina del paro y que no fuera de Sevilla.
Por lo general este tipo de reducciones sólo son aplicables en el año que se cumplen las condiciones y en algunas como esta el siguiente. Pero, en ningún caso podrás aplicarla en 2007 por algo que sucedió en 2005.
Espero que te haya servido de ayuda y que, ya que mi respuesta no es la deseada, que por lo menos los Reyes Magos te dejen mucho.
Un saludo
Buenos días Blackdos, mi nombre es Enrique y tengo una duda que será muy fácil de responder para ti.
ResponderEliminarMi novia vive, trabaja y está empadronada en Madrid. Ella va a aceptar un trabajo en Sevilla (a donde se desplazará a vivir).
¿Le conviene estar inscrita en el "paro" en Madrid (antes de comenzar a trabajar en Sevilla) para poder declarar MOVILIDAD GEOGRÁFICA? ¿Durante cuanto tiempo?
Muchas gracias y un saludo.
Buenas noches Enrique, la respuesta es si, tendría que estar apuntada como demandante de empleo antes de firmar el contrato de Sevilla. En cuanto al periodo que debería estar apuntado, la ley no establece ninguno.
ResponderEliminarUn saludo.
Buenos días Blackdos,
ResponderEliminarmuchas gracias por la claridad y rapidez en tu respuesta.
Enhorabuena por el foro.
Un saludo y gracias de nuevo.
Buenas noches Blackdos:
ResponderEliminarAnte todo gracias por la ayuda que tenemos con este foro.
Mi consulta es sobre la mobilidad geográfica, en estos momentos estoy cobrando el paro en barcelona y empadronado en esta ciudad, pero hemos alquilado un piso en madrid por traslado de trabajo de mi mujer y a mi me está por salir algo en madrid, la pregunta es si debo apuntarme en madrid o continuo apuntado en barcelona hasta que me contraten, es conveniente que me empadrone en madrid?. Gracias.
Buenas noches ero2007, antes de nada, disculparme por no poder haber contestado antes, pero este mes es una locura en la asesoria.
ResponderEliminarEn cuanto a tu pregunta, la respuesta es que no deberías cambiar de oficina del paro, ya que estando en Barcelona apuntado, si logras un trabajo en Madrid. Tendrías ya la movilidad geográfica justificada. En cuanto al empadronamiento, la lógica dice que lo hagas una vez firmes el contrato.
Un saludo.
Buenas días Blackdos. Después de leer todo el hilo me asaltan algunas dudas sobre esta reducción por movilidad geográfica.
ResponderEliminarMi ciudad de origen es Puertollano (C.Real). Cambié de trabajo en Mayo 2005 y me trasladé a trabajar y a residir a Madrid. En Octubre 2006 me mudo a Illescas (Toledo), pero sigo trabajando en Madrid.
Vuelvo a cambiar de trabajo en Enero 2007, sigo trabajando en Madrid y me informan de esta ayuda por movilidad, por lo que:
1. Me empadrono en Illescas.
2. Me apunto al paro durante un día, justo antes de incorporarme al nuevo puesto de trabajo.
Me traslado a vivir a Madrid y una vez allí me empadrono.
Mis duda es que como ya estuve trabajando en Madrid no se si me concederán la ayuda.
También es verdad que aunque trabajase en Madrid, estaba empadronado en Puertollano y después como he comentado mas arriba, en Illescas.
Saludos y muchas gracias
Pd. no se si me he explicado con toda la claridad que desearía
Buenas noches Encamora, tu caso es picardia pura.
ResponderEliminarLa ley solo esteblece las tres condiciones claras:
1- estar apuntado en oficina del paro
2- conseguir trabajo en municipio distinto al tuyo.
3- Y cambio de residencia habital.
En cuanto a si tienes que estar un tiempo minimo en un sitio u otro, no especifica nada.
Eso si, hoy mismo hablando con un trabajador de Hacienda, me comento que la mejor forma de acreditar un cambio de residencia, es notificandolo a Hacienda, el cambio de residencia fiscal. Para ello se presenta el modelo 030.
Un saludo
Buenas a todos. En primer lugar, gracias por éste blog, es de gran ayuda para la gente como yo que no estamos muy puestos en éstos temas.
ResponderEliminarMi caso es el siguiente: Me inscribí en el paro en Murcia en mayo 2007, y en junio 2007 firmé un contrato de trabajo en Madrid, por lo que me vine a vivir a Madrid. Obviamente, me he tenido que trasladar a Madrid, pero no tengo contrato de alquiler, pues vivo en casa de mi novia. Sin embargo, tengo una factura de ADSL a mi nombre en el piso de Madrid en el que vivo. Mi pregunta es: ¿Sería necesario empadronarme en Madrid para demostrar que vivo aquí, o con ésta factura y viendo que vengo de Murcia sería suficiente?
Gracias de antemano y ánimo para seguir con éste blog.
Saludos
Buenas noches Manuel, lo que esta claro es que en tu caso el traslado es normal.
ResponderEliminarSin embargo conociendo como es Hacienda, debemos cubrirnos bien las espaldas, la ley es flexible, pero en muchos casos esa flexibilidad depende de quien la interprete.
En ese sentido la ley establece claramente que haya cambio de domicilio o residencia habitual. Por lo que, tendremos que tener algo que lo demuestre.
Vamos a verlo:
1- Al estar apuntado en Murcia al paro, demuestras que estas buscando empleo.
2- Al conseguir el trabajo en Madrid. demuestras con el contrato que es en diferente municipio del que resides.
3- El cambio de domicilio hay que demostrarlo también, piensa que hay muchos trabajos que pueden ser desempeñados a distancia. Piensa, por ejemplo, en el teletrabajo, me contrata una empresa, pero puedo realizar mi trabajo en mi casa.
En principio, el empadronamiento te puede valer para justificarlo, aunque tal y como dije en la respuesta al anterior comentario, en Hacienda nos comentarón que en algunos casos pueden no aceptarlo, que la mejor forma de justificar el cambio de residencia, es presentando el modelo 030 en Hacienda, con el cual, les comunicamos nuestro cambio de domicilio.
Por lo que te aconcejo que presentes ese modelo.
Lo de la factura del ADSL, no sirve, piensa que puedes tener una segunda vivienda en la playa o en el monte y tener ADSL, es decir, la existencia de ese servicio no demuestras que vivas permanentemente ahí.
Espero que te haya servido, si quieres el modelo 030 lo puedes ver en la siguiente dirección:
http://www.aeat.es/AEAT/Contenidos_Comunes/Ficheros/Informacion_Institucional/Campanias/Domicilio_Fiscal/Sin_certificado_de_usuario/mod030e.pdf
Ante todo gracias por esta valiosa ayuda.
ResponderEliminarMi pregunta es la siguiente: estoy empadronado en una comunidad con el alta en el paro, pero marcho a residir a otra, es mucho lo que se puede desgrabar como para que me merezca la pena el perder la antiguedad en el padrón actual de cara a solicitar futuras ayudas y demás?. Gracias y saludos.
Buenas noches ero2007, antes de nada pedirte disculpas por la tardanza, pero estos días son una locura en la asesoría.
ResponderEliminarTu pregunta es sencilla de contestar, te podrás desgrabar como máximo el 100% de la reducción por rendimientos del trabajo, que en el año pasado el máximo lo tenía fijado en 3.500 €, para los rendimientos netos reducidos de hasta 8.200€. Es decir, podrías deducirte como máximo hasta 7.000€, teniendo en cuenta que esta cantidad nunca podrá ser superior a los rendimientos netos del trabajo.
Un saludo.
Gracias por tu respuesta, pués sí que sale a cuenta la gestión. Aprovecho para preguntarte: en otros comentarios aconsejas cambiar el domicilio fiscal, esto se hace unas vez firmado el contrato?, es necesario también empadronarse? Gracias por tu yauda y saludos
ResponderEliminarBuenas blackdos,
ResponderEliminarAbusando de tu generosidad quiero plantearte mi situación de cara a la primera declaración que tendré que afrontar este año.
Justo antes de venirme a trabajar a Madrid en junio de 2007 me apunte al paro en una oficina de mi capital de provincia, estando yo empadronado en otro municipio. Sin embargo, por desconocimiento del sistema y aprovechando que mis padres tienen una casa en la capital de provincia, me di de alta en una oficina del paro de allí, no en la de mi municipio.
El problema es que estoy subcontratado y en mi contrato figura que estoy trabajando en la capital de mi provincia en vez de en Madrid, por lo que pienso que lo tendré muy dificil para poder justificar la movilidad geográfica. Además, pienso que cometí un error grandisimo apuntandome al paro en esa oficina, en vez de en la que me correspondía.
Mi pregunta es: ¿Podría valerme con el certificado de empadronamiento (de mi pueblo) y el contrato de alquiler en Madrid?
Además estaba pensando acogerme a las nuevas deducciones por alquiler de vivienda, y dada mi situación contractual y de no estar empadronado en Madrid, no sé si podre acogerme. A todo esto tenemos que añadir que mi casera no dio de alta el piso en el IVIMA...
Como ves... la situación ideal.
Buenas tardes Provinciano, la verdad es que tal y como tu mismo dices, tu situación no es presisamente la más ideal.
ResponderEliminarLo de la movilidad geográfica, lo veo muy complicado, date cuenta que si el contrato dice que trabajas en la capital de provincia, no tiene justificación un cambio de domicilio por trabajo, ya que estabas apuntado en dicha ciudad en el paro. En cuanto a lo de usar el contrato de alquiler como justificación, es un riesgo que correrías, ya que es uno de los justificantes, pero por si sólo no te vale para demostrar ese cambio de residencia por motivos laborales. Piensa por ejemplo en un padre de familia que alquila el piso en Madrid y le toca ir a trabajar a Valladolid, pero su familia no se quiere trasladar, el contrato puede estar a su nombre, pero el no recide en la vivienda.
Yo en principio, viendo los antecedentes no te recomendaría que te aplicases la reducción por movilidad geográfica.
Buenas noches Eros, perdona por, porque me despiste y tu comentario último se me paso inadvertido.
ResponderEliminarLo del cambio de domicilio fiscal, lo he aconsejado en los últimos comentarios, debido a una charla que tuve con funcionario de Hacienda, que me dijo que Hacienda le esta dando más valor a esto último que el empadronamiento.
Si lo pensamos un poco, es lógico, no sería el primer caso de una persona que cambia de municipio, pero le interesa seguir empadronado en el anterior y viceversa.
Sin embargo con el cambio de domicilio fiscal, le estamos comunicando a Hacienda, que efectivamente nos hemos trasladado y que para cualquier asunto fiscal, nuestro nuevo domicilio sera el pongamos en el modelo 030.
Por otro lado, lo lógico sería que el cambio de domicilio fiscal se realice con posterioridad al traslado de por motivos laborales y por lo tanto lo más normal sería una vez que tengas el contrato.
En cuanto a lo del cambio de empadronamiento, según esa conversación que antes te comente, no sería necesario, si llevas a cabo el cambio de domicilio fiscal.
Espero haberte sido de ayuda.
FELIZ CARNAVAL!!!
Hola,
ResponderEliminarTe expongo mi caso: Yo estaba empadronado en Galicia e inscrito en el paro. El año pasado al aprovar la oposicion me vine a trabajar a Madrid y al tomar posesion pedí la movilidad geografica, aunque ni conocían lo que era.
En las primeras nominas me la aplicaron, pero 3 meses después me dieron una comision de servicio. Estoy en el mismo puesto, haciendo lo mismo pero con otro horario y complemento. A partir de ahí en las nominas no me han aplicado la movilidad geografica.
No se si es porque ya no pueden o porque en nominas no dan una.
Mi duda es, en la declaración de este año, podré alegar la Movilidad Geografica sobre los meses posteriores a la comision de servicio, o ésta se considera un cambio de empleo y ya no se puede aplicar??
gracias
Buenas noches fedello, lo primero agradecerte que participes, el tema de la deducción por movilidad geográfica en la nómina, no lo domino mucho, pero le pedire a Nauzet, nuestro experto en Laboral, que nos lo explique.
ResponderEliminarEn cuanto a lo que es la movilidad geográfica en la renta, te la puedes aplicar tanto en la renta del año en la que cambias de domicilio por el trabajo, como en el siguiente.
Yo entiendo que aunque tu puesto de trabajo cambia, sigues estando en nomina de la misma administración, por lo que no dee haber problema alguno.
Un saludo ;)
Hola:
ResponderEliminarOtra pregunta, si tengo mi piso en cataluña por el que pago hipoteca desde hace 5 años y en el que estoy apuntado en el INEM, me sale un trabajo en madrid, pero voy a vivir en casa de familiares y me interesa continuar desgravando el piso, como hago lo de la mobilidad geográfica, lo digo por lo del cambio de domicilio fiscal. Gracias y buen finde de verano.
Buenas tardes Ero1971, creo que tu consulta es una de las incompatibilidades más claras de la reducción por movilidad geográfica, vamos a ver el por qué.
ResponderEliminar1- Por lo que me dices te estas aplicando la deducción por inversión en vivienda habitual, en ese piso que tienes en Cataluña. Tal y como dice la ley te podras deducir un porcentaje de lo que pagues de hipoteca por la compra de tu vivienda habitual.
2- Por otro lado la reducción por movilidad geográfica, es sólo aplicable cuando por motivos de trabaj, traslades tu residencia habitual a otro municipio, esto significa que si el trabajo es en Madrid, tu piso de Cataluña dejaría de ser vivienda habitual.
Por lo que no podrías aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual y la deducción por movilidad geográfica al mismo tiempo.
Ahora lo que tendrías que mirar es lo que más te interese, teniendo en cuenta lo siguiente:
1- La reducción por movilidad geográfica es sólo aplicable durante dos años consecutivos a cada cambio de domicilio por estos motivos.
2- La deducción por inversión en vivienda habitual, la podrás aplicar mientras dure la hipoteca.
3- En el caso de que cambies tu residencia a casa de tus familiares en Madrid, tu vivienda en Barcelona quedaría en dos situaciones posibles: Como 2ª vivienda a tu disposición, por lo que tendrías imputación de rentas o si la alquilas tendrías rendimientos inmobiliarios, en cuyo caso si podrías deducir los interese que pagas de la hipoteca, como gastos.
Un saludo y espero que te sirva de ayuda.
Hola:
ResponderEliminarAnte todo gracias por la respuesta, muy detallada de mucha utilidad, al respecto preguntarte si alquilo la vivienda en barcelona como es que puedo desgravar los inetereses como gastos?, además puedo desgravar el alquiler de madrid creo según la nueva ley que está en un 10.05%?, gracias
Buenas noches y perdón por el retraso en la respuesta, pero un viaje imprevisto me ha mantenido alejado del blog unos dias.
ResponderEliminarBueno en cuanto al tema de los intereses en una vivienda alquilada, el Reglamento del IRPF en al art.12, establece como gasto deducible de los rendimientos inmobiliarios (alquiler del piso por ejemplo), los intereses de la financiación ajena invertida en la adquisión o mejora del bien objeto del arrendamiento. Ojo que estos gastos deducibles tienen como límite el importe total de los ingresos, es decir la diferencia entre gastos deducibles e ingresos de los rendimientos inmobiliarios, nunca puede ser negativa.
En este sentido la nueva reforma del IRPF,establece que los gastos deducibles que superen el límite se podrán deducir en los 4 años posteriores, esto calculado para cada bien.
Por ejemplo: Supongamos que alquilar el piso en 500€ mensuales, a esos 500€ le podrás deducir los gastos que el reglamente del IRPF entiende como deducibles, por ejemplo, el IBI, luz y agua (si no los paga el inquilino según contrato), la comunidad, reformas, intereses....
Bueno supongamos que de intereses pagas unos 600€ (es una exageración para ver el caso). Pues bien esos 100 € que sobran los podrás deducir el año que viene si procede en los rendimientos de ese inmueble.
Espero que te haya servido de ayuda.
Hola y felicidades por el Blog.
ResponderEliminarMe acaban de enviar "una paralela" suprimiendo de la declaración que presente en su día la reducción por movilidad geográfica y estuvo leyendo este post y me parece muy interesante.
blackdos podrías darme un link actual de la consulta que citas en tu respuesta de 16/10/2007:
https://www5.aeat.es/ES13/S/IAFRIAFRC05F/
Quisiera leerla a ver que dice. Y en los próximos días ya os contaré a ver en que acaba el procedimiento de gestión en el que me encuentro.
Buenas noches, lo del enlace es cierto que no funciona, de todos modos tras mirarlo varias veces el enlace es el mismo, pero son paginas protegidas y no te deja copiar y pegar simplemente el link.
ResponderEliminarAsí que lo puedo hacer es intentar guiarte:
1 - www.aeat.es, es la web de Hacienda.
2- En el recuadro azul que pone Ciudadanos, pinchamos en residentes.
3-En la página que se abre, pinchamos en Impuesto de la renta (IRPF).
4- En la siguiente, pinchamos en Preguntas más frecuentes.
5- Se nos abre el listado de consultas de la Renta y busca el que pone Reducciones por circunstancias laborales, personales y familiares.
6- Y en la última que abre, busca la consulta nº 123461 que es la de movilidad geográfica por aprobar oposiciones.
Siento que sea tan largo, pero a falta de un link que funcione.
Un saludo y suerte con esa parelela, no dudes en preguntar lo que necesites y tennos al día.
Gracias por tu rapidez en la respuesta anterior blackdos.
ResponderEliminarMe llamo Enrique y como ya dije en mi post anterior me acaban de comunicar que tengo 10 días para presentar alegaciones y me han enviado una "paralela" de mi declaración del IRPF 2006 eliminando la reducción por movilidad geográfica. Y la diferencia es sustancial, de 300 euros que pagué a 1000 euros que me reclaman.
La cuestión es que yo pienso que cumplia los 3 requisitos para tener derecho a la reducción.
1.- Estaba de alta en el INEM y cobrando la prestación de desempleo en Pontevedra.
2.- Acepto un contrato de interinidad "a tiempo parcial" (media jornada) como profesor interino en un Instituo de Ourense por un año de duración desde el 1/10/2006 a 30/09/2007.
3.- Cambio mi domicilio presentando el modelo 030 en la Delegación de Hacienda (no me empadrone en Ourense) y resido en el piso de un familiar en Ourense.
Creo que cumplo los 3 requisitos y como tu dices que "un funcionario de Hacienda" te dijo que era mejor presentar el 030 que empadronarse, cada vez estoy más convencido
que no tendré problema.
La única duda que me queda es que el contrato era a tiempo parcial; pero como la Ley no dice nada supongo que no me pueden denegar en Hacienda el derecho a la reducción. Además como estaba cobrando el paro y el contrato era a tiempo parcial en el INEM tuve que optar entre suspender el pago de la prestación de desempleo o seguir cobrando el 50% y opté por esta segunda opción; por lo que tuve que trasladar el expediente en el INEM de Pontevedra a Ourense.
¿Tu como lo ves?.
Boas noites Enrique, con la Ley en la mano, me refiero a la del IRPF, no creo que tengas problema. ¿Por qué saltaron las alarmas en Hacienda?. No lo se pero, puede estar relacionado con lo último que me comentas del traslado de expediente entre oficinas del INEM.
ResponderEliminarOjala pudíera decirte que no vas a tener problemas de forma rotunda, es lo que espero, pero siempre tenemos que dejar un margen al criterio del inspector.
Lo mejor que puedes hacer ahora es cumplir con el plazo y presentar todos los papeles que te pidan para recurrir la paralela. ¿En la carta no te decián algo de una bonificación si la aceptabas sin presentar alegaciones?.
Si es así date cuenta que si no lo aceptas a la primera pierdes la bonificación que te den.
Para poder alegar tienes que presentar como mínimo lo siquiente:
1- Algún documento oficial del INEM que demuestre que estabas dado de alta en Pontevedra, antes de la fecha del contrato.
2-El contrato de trabajo, fijate si viene especificado que tu trabajo es en Ourense.
3-Copia del modelo 030 en el que cambiastes tu domicilio fiscal, lo que me dijo el funcionario puede valer o no, nunca se sabe.
Por lo que me dices vives en una casa de un familiar, habría que buscar un documento que lo pueda acreditar, ya que, me imagino que contrato de alquiler no tienes.
En último caso, presentaría declaración jurada de ese familiar en la que diga que vives con él.
En principio con eso debería valer, pero Hacienda no es como las matemáticas, a veces 2+2 no son cuatro.
Mucha suerte y no dudes en preguntar lo que necesites y en mantenernos informados.
Buenos dias. Ante todo muchas gracias por tus respuestas muy valiosas para todos. El tema es sobre hipotecas y no se si lo dominas, es que he visto que hay una nueva ley hipotecaria, sabes las ventajas y si afactan a hipotecas de 5 años, es porque pienso hacer una novación o subrogació. Gracias.
ResponderEliminarGracias por tus comentarios.
ResponderEliminarEn la notificación no pone nada de nada sobre que me bonifican la cuota a ingresar si realizo el mismo antes de una fecha determinada. Esto no se trata de la apertura de un proceso sancionador por una conducta infracciosa. Lo que me han hecho es "una paralela", es decir me han notificado una propuesta de liquidación provisional y antes de elevarla a definitiva me dan los preceptivos 10 días para que pueda presentar alegaciones.
Si no consigo que me hagan caso y tengan en cuenta mis alegaciones, elevarán su propuesta a definitiva y supongo que me darán la posibilidad de presentar un Recurso de Alzada o recurrir al Tribunal Económico Administrativo.
El Lunes que viene tengo pensado acudir a la Delegación de Hacienda de Pontevedra para ver el expediente, presentar las alegaciones que ya he redactado y hablar con el instructor para comentar con él que yo si que pienso que tengo derecho a la reducción por movilidad geográfica. Y a ver que me dice él ????. Si tengo suerte archivarán el caso, pero probablemente no les sean suficientes los justificantes que presente y me pedirán otros ???.
Cualquiera sabe ???. Si podeis echadle un vistazo a mi escrito de alegaciones y si creeis que debo modificar o añadir algo hacédmelo saber. Lo he subido a megaupload y está en formato word:
http://www.megaupload.com/?d=7STNJE39
Quizás le sirva de formulario o modelo a cualquier otra persona que esté en la misma situación que yo o parecida. Por cierto en la página web de la Dirección General Tributaria se pueden buscar diversas consultas vinculantes relacionadas con la reducción por movilidad geográfica. Os dejo el link:
http://petete.meh.es/Scripts/know3.exe/tributos/CONSUVIN/consulta.htm
Poneis "reducción movilidad geográfica" y os aparecerán unas cuantas consultas.
Por el momento nada mas. Espero vuestras sugerencias y hasta el Lunes voy a seguir preparando mi defensa. Je, je, je... Saludos...
Buenas tardes Enrique, después de leer esa alegación, tengo que felicitarte, la verdad es que la argumentación esta muy planteada, y acompañada de todos los jutificantes que presentas de cada requisito.
ResponderEliminarTengo que reconocer, que en muchos casos supera a las alegaciones que presentan algunos profesionales del sector, vamos serías un cliente de lujo en la asesoria.
En cuanto al posible resultado, en principio te digo que te debería conceder lo que solicitas, ya que cumples los requisitos, aunque siempre tenemos que penser en el factor subjetivo del instructor, por lo que siempre es bueno ir con modestia y tranquilidad.
Una cosa más recuerda que el posible motivo (suposiciones)por el que saltaron las alarmas en Hacienda puede ser:
1- El traslado de expediente entre las oficinas de empleo, por que digo esto, como seguro sabrás Hacienda cruza datos con la Seguridad Social y otras administraciones para obtener datos y usarlos entre otras cosas para cotejar las declaraciones. Por lo que facilmente le haya salido que estabas de alta en Ourense y no en Pontevedra.
Bueno lo dicho, gracias por tenernos informado de tu caso, asi todo aprendemos.
Un saludo y mucha suerte con tu defensa.
Muchas gracias Blackdos por tus elogios. Espero que le pueda servir a alguien aunque los archivos en megaupload los suelen borrar pasados unos meses. Pero tu al ser el moderador del blog eres libre para subirlo a otro sitio o compartirlo con quien quieras.
ResponderEliminarNo se si la causa de que me haya tocado a mí la comprobación de la declaración del IRPF se debe a que tienen datos de que seguía en situación de desempleo o no. De todas formas el Lunes os lo diré (si es que saco algo en claro en la Delegación de Hacienda).
No se si te has dado cuenta de que en el escrito no menciono nada de nada sobre que el contrato de trabajo era a tiempo parcial y que seguí cobrando la prestación de desempleo (pero reducida en la misma proporción que el trabajo realizado).
De esto en principio no voy a decir nada, a no ser que el inspector lo saque a colación. Incluso voy a llevar en una carpeta la solicitud de traslado de la prestación de desempleo, pero únicamente la mostraré si es necesario y no están dispuestos a reconocer mi derecho a la reducción.
Es decir, voy a ir a la defensiva esperando que me expliquen la causa por la que no tengo derecho a la reducción y una vez que me lo digan intentaré rebatirles sus argumentos con todos mis medios.
El Lunes os cuento el resultado. Saludos...
Buenas tardes, sobre el tema de las Hipotecas, siento no poder ayudarte, por ahora queda fuera de mi ambito, aunque te animo a que si encuentras algo nos lo comentes para entrete todos aprender más del tema.
ResponderEliminarLo que si puedo decirte es que una de las novedades era la regulacion de la hipoteca inversa.
Te dejo un enlace a un articulo que trata del tema:
http://actualidad.terra.es/nacional/articulo/aprobada_reforma_hipotecaria_abarata_cambios_2048812.htm
blackdos ¿quien te ha hecho una pregunta relativa a las hipotecas inversas?. Creo que a tu respuesta anterior le falta la pregunta o sino no tiene mucho sentido.
ResponderEliminarBuenos días, la respuesta al tema de las hipotecas, tiene su pregunta, es un comentario en este mismo post, del 29 de febrero, hacía referencia a la reforma de la Ley Hipotecaria que se aprobo recientemente.
ResponderEliminarEl problema es que a veces se me escapa algún comentario. Pido disculpa por el retraso en la respuesta y el salto en el orden, pero blogger no me deja ordenar los comentarios a mi gusto.
Un saludo
Estuve echándole un vistazo a la nueva Ley 35/2006 del IRPF aplicable a partir del ejercicio 2007. Y como no menciona para nada la reducción por movilidad geográfica entiendo que la han eliminado.
ResponderEliminarY mi pregunta es ¿qué ocurre con las personas que tuvieron derecho a la reducción por primera vez en el año 2006?. ¿No la pueden aplicar en el año 2007?.
Me parece una injusticia. ???
Buenas noches, gracias por participar en el blog.
ResponderEliminarLa respuesta a tu consula es "que no cunda el pánico", la verdad es que al ver tu consulta enseguida me puse a revisar la nueva Ley del IRPF, ya que no me sonaba que las hubieran quitado.
La diferencia es que ahora es un apartado dentro de los rendimentos del trabajo, para ser más concreto se encuentra en el Art. 20.2.b de dicha Ley 35/2006.
Espero haberte quitado una preocupación de encima. Un saludo
Hola, soy Enrique y ya he vuelto de Hacienda.
ResponderEliminarOs comento que me atendió una chica muy amable. Al comentarle que llevaba las alegaciones por escrito y enseñarle todos los justificantes que adjuntaba me dijo que efectivamente tenía derecho a la reducción por movilidad geográfica (aunque he de recordaros que no le dí ninguna pista sobre que el contrato era a tiempo parcial).
En lo que más se fijo fue en la fecha de alta en la oficina de empleo y en sí había modificado mi domicilio. Incluso tuve que enseñarle la copia de la declaración del IRPF que presenté en su día, en la cual se podía leer el domicilio en el que residía en aquella época.
Ella no me supo decir la causa por la que me notificaron la eliminación de la reducción, pero yo ahora supongo que fue porque yo hace un par de meses volví a modificar mi domicilio a efectos fiscales a través del 030 a Pontevedra (presentándolo a través de Internet con certificado digital). Y supongo que si aun lo mantuviese en Ourense no me habrían notificado nada; pero claro esto no era lógico porque ya no resido en Ourense.
Tambien le pregunté que ocurría ahora, si archivavan el expediente sin más o si me comunicaban algo por escrito. Y no me supo contestar ya que me dijo que "no sabía que haría el ordenador con estos requirimientos", pero que si no me comunicaban nada de nada se suponía que habían admitido mis alegaciones y que no tenía porque preocuparme.
Y esto es todo. Si quereis hacer alguna pregunta o comentario intentaré contestaros. Saludos...
Buenas noches Enrique, antes de nada, felicitarte, parece que la cosa salió bien.
ResponderEliminarSólo queria puntualizar un par de cosas que aunque parezcan bobadas, son muy importante de cara a un futuro.
1- Te llevastes copia sellada por Hacienda de lo que presentastes.
2- Por norma general, Hacienda siempre da una contestación por escrito, es decir te llegará una carta, tanto en caso favorable para ti como desfavorable.
Por lo demás un saludo y gracias por compartir tu experiencia y seguir deseandote suerte.
Hola blackdos.
ResponderEliminarRespecto a tu primera pregunta por supuesto que pedí que me sellaran la primera hoja de una copia de mi escrito para quedarmela como justificante. Como dices tu esto es muy importante pues nunca se sabe lo que puede llegar a pasar.
Y respecto a tu segunda cuestión Hacienda siempre debería contestar, pero yo te aseguro que no es la primera vez que me hacen una comprobación a mí o a alguien de mi familia y más de una vez archivaron el expediente sin darnos ningún tipo de contestación por escrito aunque sí de palabra. Y ya vés lo que me comentó la instructura: "no se que hará el ordenador con estos requerimientos". Vaya como si el ordenador tuviese vida propia y no estuviese bajo las órdenes de algún ser humano.
Por último lo de compartir mi experiencia lo hago con mucho gusto. Al que hay que darle las gracias es a tí por haber creado este blog y dedicar parte de tu tiempo a contestar de forma altruista las preguntas de las personas que vistan tu blog.
De todas formas si algún día me contestan lo comentaré en este blog para que sepais como acabo todo. Además ahora tengo que presentar la declaración del IRPF del 2007 y tengo derecho a seguir aplicándome la reducción por movilidad geográfica otro año más. Estoy deseoso de ver como hicieron el borradoe en Hacienda ¿incluirían la reducción por movilidad o no?. Yo creo que NO pero ya os lo diré en su día.
Saludos a todos.
Estimados Blackdos y Enrique:
ResponderEliminarEl caso que os voy a comentar es en parte parecido al de Enrique. Hace referencia a mi novia. Ella en el año 2005 estaba inscrita en la Oficina del INEM en Avilés, municipio donde residía. Aceptó un puesto de trabajo en Gijón, donde se trasladó a vivir en un piso de mi familia (sin pago de alquiler, por tanto). En el año 2006 no presenta declaración de IRPF. En el 2007 sí se ve obligada a presentar declaración, haciéndolo y aplicándose la reducción por movilidad geográfica. Bien, pues hace no mucho le llegó una paralela al igual que a Enrique no reconociéndole dicha reducción. Presentamos alegaciones en los días siguientes aportando justificantes del INEM (por cierto, ella había hecho los trámites de renovación de la demanda de empleo a través de internet y eso originó un tremendo dolor de cabeza ya que al INEM le aparece como una oficina virtual y no querían hacerle el justificante de que su oficina era la de Avilés). Aportamos el contrato de trabajo y, por último, una declaración jurada de la propietaria del piso diciendo que entre las fechas indicadas había vivido allí. Bien, pues hace 2 días, mediante conversación telefónica, le han dicho en la delegación de Hacienda que no aceptan sus alegaciones no por los documentos aportados sino porque estiman que no tenía necesidad de haberse trasladado de municipio, independientemente de que tuviese pésimos horarios, transporte público, etc. Los municipios se encuentran a unos 25 km. de distancia. Pero lo que más me sorprende es cómo pueden alegar esto cuando en la Ley de 1998 no dice más que "debe trasladar su residencia a otro municipio" para originar el derecho de reducción.
El caso es que en cuanto respondan por escrito ya sólo quedarán la vía judicial, creo. Y por teléfono, la chica de la AEAT (maja, por cierto) le ha dicho que no tiene ninguna posibilidad de que las alegaciones le sean estimadas.
¿Qué opinas de esto?
¡Muchísimas gracias por adelantado!
¡Un saludo!
Raúl
Buenas noches Raul, efectivamente, tal y como indicas, la ley no establece kilometrajes mínimos.
ResponderEliminarOtra cosa es lo que en muchas ocaciones he comentado, que es la subjetividad y el criterio del inspector que te toque.
Creo que en algún comentario anterior, he comentado la existencia de un par de casos entre clientes en los que esta subjetividad ha sido casi insalvable, sin embargo te puedo decir que no desesperes. En el momento en que te llegue por escrito la resolución, si vez que tarda, no dudes en consultar el estado de la misma, te apareceran las diferentes vias y opciones que te quedán en caso de no estar de acuerdo.
Por lo general y visto lo que esta ocurriendo con el tema de los kilometros mínimos, solemos aconsejar al cliente que actue con sentido común, es decir, que se ponga en la mente del inspector. Por lo general, no solemos recomendar la movilidad geográfica, para distancias cortas.
Aqui en Canarias tenemos algunas ventajas, al ser islas, un trabajo en otra isla deja claro el cambio de domicilio, pero también algunas desventajas, es dificil que haya distancias muy largas dentro de una misma isla, por lo general como mucho tardarías 2 horas en ir al otro extremo de la isla. Por eso recomendamos que mínimo se consideren los 50 km o 75 km.
Muchas gracias por tu respuesta Blackdos.
ResponderEliminarPero me parece que es para rasgarse las vestiduras que no solamente baste con cumplir lo que pone un texto legislativo aprobado por todas las instancias públicas pertinentes, sino que además debamos estar a expensas de "adivinaciones cognitivas" sobre qué representa el concepto de "distancia" para un inspector. Vamos, que me dan ganas de tirar p'alante y pedirle al Sr./Sra. Inspector que le lea la susodicha Ley al juez y diga si algo de lo que dice se ha incumplido.
Eso sí, los Albertos totalmente absueltos. Ya pagamos el resto.
¡Un saludo!
Bueno, que blog tan espectacular.
ResponderEliminarGRACIAS BLACKDOS.
Aunque he leido todo el blog con los comentarios desde hace un año, no he visto mi caso concreto, por eso voy a molestaros también:
Soy residente canaria, inscrita en el inem allí y me vine a trabajar a Madrid.(No voy a empadronarme porque no me compensa, pero tengo el contrato del piso y el cambio de domicilio fiscal así que me arriesgaré esperando que no haya problemas para justificar que vivo aquí!)
Ya he llamado varias veces a Hacienda para comprobar si mi caso es aplicable para movilidad geográfica y es afirmativo, de hecho la empresa directamente me paga el salario considerando la reducción fiscal, con el formulario 145.
El caso es que llevo sólo 1 mes y 2 semanas trabajando en Madrid y he encontrado repentinamente otro trabajo aquí más interesante (que no mejor pagado) y me voy a cambiar.
LLamo a Hacienda y no pueden darme la certeza al interpretar la Ley de que con un cambio de trabajo automático en Madrid siga estando bajo el supuesto de movilidad geográfica. (ya no estaría en el paro anteriormente ni estaría cambiando mi domicilio, pero al mismo tiempo dicen que según la ley sé supone que sí seguiría aplicándosome por 2 ejercicios)
¿Qué creeis? Porque voy a ir a Canarias ahora y no me importaria nada decirle a mi actual empresa, que me dé de baja un par de días antes, apuntarme otra vez al INEM en Canarias y volver al dia siguiente a Madrid a firmar el otro contrato....
Muchas gracias!!!!Espero haberme explicado bien
LAURA
Actualización a efectos informativos:
ResponderEliminarTras hablar con la Asesoría Fiscal de la OCU me han dicho que según su criterio tenemos razón y animan a que, en caso de fallo en contra, reclamemos en los 30 días que darían de plazo al Tribunal Económico Administrativo de Asturias (eso sí, previo pago de la declaración paralela "sugerida").
Un saludo.
Buenas noches Raul, con la ley en la mano, la respuesta de la Asesoría fiscal de la OCU es lógica, la ley esta de tu lado, es simplemente la subjetividad y las ganas que tenga Hacienda de recaudar.
ResponderEliminarEn cuanto a pagar la paralela aunque luego recurras, es algo básico, para no seguir incurriendo en incumplimientos y evitarnos más problemas, una vez que el Tribunal falle a tu favor, o bien te lo devuelven inmediatamente o mediante la presentación de una solicitud de ingreso indebido.
Un saludo y nuestro apoyo en la decisión que tomes.
Buenas noches Laura, tu caso, no es tan raro como puede parecer en un principio y como ya se ha comentado en varias ocasiones, la reducción por movilidad geográfica no establece ningún plazo de residencia mínima, ni de duración del empleo.
ResponderEliminarEn principio, no debería haber problema en aplicarte la reducción por movilidad geográfica, la Ley lo dice claro, tienes el año del traslado y el siguiente para aplicarla.
Si has estado apuntada en el ICFEM (el paro en Canarias :P) y conseguistes trabajo en Madrid, (ya de por si la distancia debería ser suficiente justificante), pero además has cambiado tu residencia fiscal y para colmo tu empresa te esta aplicando la movilidad geográfica en la nómina, no creo que te puedan poner muchas pegas.
Además yo tampoco suelto mi empadronamiento en Canarias tan facilmente, que casi un 50% de descuento en los pasajes es mucho descuento :P.
Pero bueno a lo que ibamos, en la asesoría hemos tenido ya unos cuantos casos como el tuyo y nos hemos visto obligados a consultar un par de veces, obtiendo siempre una respuesta afirmativa, ya que en principio la movilidad goegráfica te la aplicas por el cambio de residencia en el primero de los trabajos y en principio se mantendría mientras no te vuelvas a apuntar al paro. (Esto último recuerdo que fue comentado en conversación con un funcionario de Hacienda, por lo que recuerdo siempre que la subjetividad en la interpretación en de la normativa es inevitable).
Un saludo
Hola soy Enrique.
ResponderEliminarRaul ¿no te han comunicado nada aun por escrito despues del trámite de audiencia?. Si te han dicho de palabra que te deniegan la reducción por la distancia a ver como te lo justifican por escrito ???. Yo estoy por asegurar que te mandan la misma liquidaci´´on sin contestar a tus alegaciones y sin justificar la denegación. Y recuerda que esto puede ser causa de nulidad a alegar ante el TEAR.
Cuando te envien la resolución te van a dar a elegir entre presentar un recurso de reposición o alzada ante el superior jerárquico o tambien acudir al TEAR a tu elección. Ten en cuenta que puedes presentar recurso de reposición y si vuelves a perder aun puedes acudir al TEAR. (E incluso si pierdes en el TEAR podrías acudir a un juicio contencioso-administrativo pero aquí ya te haría falta abogado).
Ante el TEAR puedes presentar tu el recurso sin problema (sin abogado ni procurador si controlas un poco el tema) y solo quería comentar que tienes la posibilidad a elegir de 1.- Pagar la diferencia de la "paralela" 2.- Anunciar que vas a recurrir y presentar un aval bancario y no pagar.
Si ganas los gastos del aval e intereses corren a cargo de Hacienda y si pagaste recuerda que te tienen que devolver la cantidad pero con los interese legales correspondientes. Y te lo comento porque en Galicia los recursos ante el TEAR suelen tardar en resolverse un par de añitos. Lo se por experiencia propia ya que he presentado algun recurso por el impuesto de sucesiones o por comprobaciones de valores del impuesto de transmisiones patrimoniales.
Suerte Raul y ya contarás como te fue.
Soy Laura. Muchas gracias por tu respuesta blackdos, sí señor que eficiencia!
ResponderEliminar¿Puedo hacer una última pregunta?
Hoy he empezado mi nuevo trabajo y me han pasado el formulario 145 para que lo rellene.
¿Debo volver a activar la movilidad geográfica? Esto ya lo hice en el anterior trabajo que te comentaba que he estado solo 1 mes y medio....
GRACIAS DE NUEVO!. Laura
Hola soy Enrique de nuevo.
ResponderEliminarOs escribo para deciros que hoy me ha llegado por correo certifcado la contestación de Hacienda a mis alegaciones en el trámite de audiencia (a pesar de que la inspectora me dijo que no sabía si me contestarían).
Y como era de esperar han estimado mis alegaciones y por tanto archivan el expediente y la liquidación provisional que me habían enviado.
A la tarde si tengo tiempo os escaneo y subo a algún servidor las 3 hojas que me han enviado para que las pueda ver aquel que esté interesado. En ellas explican los recursos que se pueden planterar y como le dije a Raul en mi post anterior se puede optar entre el de reposición o ir al TEAR.
Saludos de Enrique.
Buenas tardes Enrique.
ResponderEliminarSólo escribo para felicitarte por la buena noticia, como ya habiamos comentado, la Ley estaba de tu parte, simplemente que era de esos casos donde Hacienda no lo tenga claro por algún motivo y pruebe suerte.
En la asesoría, estabamos siguiendo tú caso y en muchas ocaciones hemos comentado entre nosotros lo mismo, Hacienda lleva un añito que no veas, no eres el único al que este año le han mandado requerimientos o paralelas sin sentido, a la mínima duda, estan a la cae.
Bueno espero poder darle un vistazo a esa resolución, que siempre da gusto ver como admiten que se han equivocado :P.
Un saludo
Hola, os pongo los enlaces a las 3 páginas que ya he subido a imageshack:
ResponderEliminarPágina 1:
http://img155.imageshack.us/img155/4549/irpfpag1ow8.jpg
Página 2:
http://img247.imageshack.us/my.php?image=irpfpag2go6.jpg
Página 3:
http://img340.imageshack.us/my.php?image=irpfpag3yd1.jpg
He borrado los datos personales. Espero que no me haya dejado ninguno por el camino. Je je je.
Saludos...
Buenos días ,antes de nada sumarme al agradecimiento común por colaborar en la resolución de consultas y dedicación de tu tiempo.Expongo la situación que me concierne en base a fechas porque me parece más aclaratorio en este caso.
ResponderEliminar(Abril-2006).Mi pareja reside en Murcia con contrato de alquiler en la capital y contrato de trabajo en un hospital por el servicio murciano de Salud y firma escritura de compra de piso en Valladolid.
(Marzo-2007).Mi pareja se traslada a Valladolid hasta Mayo para efectuar una rotación (práctica común durante la formación médica) en un hospital de la capital -Valladolid- pero su contrato en este periodo se mantiene con el Srv.Murciano de Salud.En este periodo también efectua la declaración del 2006 ,desgravando por vivienda habitual (aún no han pasado 12 meses desde la escritura).Nota : Se efectúa consumo de electricidad y gas en el domicilio propiedad de mi novia para justificar la habitabilidad en ese periodo.
(Mayo 2007) : Mi pareja finaliza su rotación y retorna a Murcia ,donde aún mantiene el contrato de alquiler en el mismo domicilio que abandonó antes de la rotación.
(Junio 2007) : Mi pareja finaliza su contrato con el Srv. Murciano de Salud y se inscribe en el INEM de Murcia.
(Julio 2007,pocos dias despues) : Mi pareja se traslada a Valladolid donde firma contrato con el Srv. Sanitario de Castilla y Leon en un hospital de Valladolid e informa de la baja en INEM Murcia.
Expuestos los precedentes ,creo que mi pareja puede optar por deducirse por "vivienda habitual" pero no por "movilidad geográfica" porque entiendo que bajo los supuestos que blackdos comenta ,la movilidad debe ser una consecuencia posterior al desempleo y a efectos de hacienda ella tiene como vivienda habitual la de Valladolid como muy tarde ,en Abril 2007 (doce meses despues de adquirirla y declararla como habitual) ,esto es 2 meses después de causar alta en el INEM.
Mi pregunta es : ¿hasta que punto es probable/posible que hacienda pueda cruzar esta información y "pillarla" si intenta deducirse de ambos conceptos? (Tengo entendido que los filtros que usa manejan periodos anuales, con lo que esta situación podría no "saltar la alarma" porque la entrada en la vivienda habitual habría sido legal 3 meses más tarde ,dentro del mismo año fiscal).¿a que multa podría enfrentarse (basta una aproximacion)?.
Gracias y disculpa la extensión de la cuestion.
Buenas noches Laura, antes de nada pedirte disculpas por el retraso en la respuesta. Por un lado se debe a los dichosos modelos 347 y 415 y por otro que quería comentarlo con Nauzet (nuestro colaborador de laboral), el cual maneja a diario el modelo 145.
ResponderEliminarTal y como yo pensaba, el me confirmo que en tu caso no debes seleccionar en tu nuevo puesto de trabajo la movilidad geográfica, ya que no cumples los requisitos, que ya hemos mencionado en el post y en los comentarios anteriores.
Espero que no me tengas a mal el retraso, un saludo.
Buenos días Cronotauro, antes de nada pedir disculpas por el retraso, pero entre el pico de trabajo que tenemos en este momento y el hecho de querer contrastar tu caso con los compañeros , se me ha hecho imposible responder antes.
ResponderEliminarEn primer lugar, en la asesoría estamos todos deacuerdo en que, tu novia no debió haberse deducido en el 2006 la vivienda de Valladolid, ya que no cumplía los requisitos para ello.
En segundo lugar, una vez que partimos de esa premisa, las opciones son dos:
1- Para este año seguir declarando la vivienda de Valladolid como habitual, teniendo claro que en el 2006 no se debió hacer y que por lo tanto nos pueden reclamar tal hecho.
2- Declarar la movilidad Geográfica , para la cual, de no haber declarado en el 2006 el piso de Valladolidad como vivienda habitual, hubiera cumplido con los requisitos. Esta opción yo la descartaría, la renta del 2006, nos delataría.
Lo que si esta claro es que en ningún caso podemos declarar la deducción por vivienda habitual y la reducción por movilidad geográfica, ya que son completamente incompatibles.
Recuerda que en al haber deducido lo invertido en la vivienda de Valladolid en 2006, le estabas diciendo a Hacienda que vivias en Valladolid.
En cuanto a si Hacienda la pillaría al declarar ambos conceptos, hay un 99% de posibilidades de que sí.
Las sanciones, según la ley del IRPF, le podrían reclamar el importe que se dedujo por inversión en vivienda habitual en el 2006, más lo que se deduzca en el 2007 (el importe sería la diferencia entre tu declaración y la paralela que te mande Hacienda), y un porcentaje, del cual, ya si que no puedo orientarte, porque depende de varios factores.
Un saludo y espero que te haya servido de ayuda.
Hola Blackdos, Enrique y todo el mundo que nos hemos reunido entorno a este blog.
ResponderEliminarEn primer lugar qué lástima pero con la Semana Santa me he descolgado y acabo de leer vuestras respuestas. Sólo comentar que durante dichos días efectivamente interpusimos recurso al TEAR, previo pago de la dichosa paralela. Comentar que, y esto no sé si es una especie de chantaje de la AEAT, tras haber presentado las alegaciones en su respuesta vino de nuevo la paralela pero esta vez con sus pertinentes intereses.
Respecto a los hechos que alega la AEAT como motivo de su resolución figuran:
-" la Administración se reitera en no admitir dichas alegaciones puesto que la contribuyente vivía en Avilés y aceptar un puesto de trabajo en Gijón no exige trasladar su residencia".
Nuevamente no escuchan la alegación de que la ley y, principalmente, el Reglamento, nada regula sobre necesidades o no necesidades. Además en el recurso al TEAR realicé una estimación de los 105 minutos que llevaba el desplazamiento en el transporte existente cuando lo había, ya que los turnos desarrollados impedían el poder utilizar el transporte público (sin alternativa de coche propio).
Por otro lado también alega la AEAT (y esto ya acepto que sea más discutible):
-"En nuestra base de datos figura el domicilio en Avilés y tampoco queda acreditado el cambio de domicilio con el escrito de Dña. XXX XXX"
Acepto el cuestionamiento de una declaración jurada, pero lo primero no.
Ahora sólo espero que el TEAR de Asturias sea un poco más ágil que su homólogo galaico, pero much me temo que no, jajajaj.
Gracias por todo e informaré de lo que acontezca.
Saludos,
Raúl
Buenas noches Raul, antes de nada agradecerte que nos sigas manteniendo informado de tu caso.
ResponderEliminarLa verdad es que la respuesta de Agencia Tributaría, es un tanto ..., bueno vamos a no catalogarla, que después todo se sabe :p.
En principio, como ya hemos comentado y tu nos recuerdas, la ley no dice nada de distancias mínimas para aplicar la movilidad geográfica. Pero como ya he dicho en muchas ocaciones y por desgracia cada se vez se esta dando más, una cosa es la ley y otra su interpretación (la dichosa subjetividad).
Sólo espero que el Tribunal falle a tu favor, la Ley esta de tu parte y si además la Asesoría Fiscal de la OCU te lo recomendo, es una especie de respaldo. Si te anima un poco, decirte que los compañeros de la asesoría donde trabajo piensan igual que tu, que la OCU y que yo.
Espero que sigas manteniendonos informados. Un saludo y suerte.
Hola Blackdos
ResponderEliminarPues claro que me anima... ¡y mucho! Ya te digo que soy escéptico acerca del fallo, pero me daría con un canto en los dientes si en ese fallo, aunque se nos echase en contra por la declaración jurada, se contradijese la arbitrariedad "Barriosesamera" de la AEAT a la hora de considerar qué es lejos y qué es cerca.
Muchas gracias, enhorabuena por este MAGNÍFICO blog, y no sólo informaré de la resolución sino que no descarto nuevos rifirafes, dado que por mi trabajo he firmado unos cuantos contratos en Madrid intercalados con altas en el INEM en Asturias, así que al menos en las dos próximas declaraciones yo también me aplicaré la reducción, con lo cual pasaré mis noches en vela temiendo la paralela, jajaja.
¡Un saludo!
Raúl
Hola Raul, soy de nuevo Enrique.
ResponderEliminarComo me temía las causas de denegación de la AEAT no están nada claras y eso de decirte que de Avilés a Gijón no es necesario cambio de domicilio pues será subjetivo digo yo. Esta desde luego que no es forma de justificar la denegación y por lo menos ni se atrevieron a poner por escrito que hasta x Km no lo consideran movilidad.
Si solo fuera este tu problema seguro que ganabas en el TEAR pero lo de demostrar solo el cambio de domicilio con la declaración jurada de un familiar te puede acarrear problemas.
Yo antes de ir al TEAR hubiese presentado el recurso de reposición en la AEAT. Total no se demorarían más de 1 mes y seguro que volvían a mandar la liquidación sin entrar al fondo de las alegaciones; con lo cual en el TEAR al ver todo el expediente ya era otro punto más a mi favor. Pero bueno será que yo soy así y trato de agotar todas las vías. Además si pierdo no pierdo nada puesto que ya pagué y si al final gano como el pleito se ha dilatado más en el tiempo me tendrán que pagar una mayor cantidad en concepto de intereses por ingresos indebidos. Je je je.
Lo que comentas de que te cobraron intereses cuando elevaron la liquidación provisional a definitiva despues del trámite de audiencia es completamente lógico y legal ya que sino todo el mundo pagaría de menos y esperaría a que le hiciesen una "paralela" (total si no cobrasen los intereses saldría gratis).
Mucha suerte Raul y ahora te tocará esperar mucho pero mucho tiempo si es que ya interpusiste el recurso ante el TEAR. Como en Galicia supongo je je je, aunque en Asturias únicamente teneis una provincia ¿alomejor es algo más rápido?. Suerte y ánimos...
Hola Enrique.
ResponderEliminarA mi lo que me extrañó fue que a mi me pueda llegar la primera paralela y, si no presento alegaciones, vaya sin recargo. Pero bueno, eso como pura anécdota.
Y sí, recurrí directamente al TEAR. No sé, tal vez gajes de un novato en relaciones "belicosas" con la Admón. Pública, jejejej.
Lo bueno es que, de salir bien, tal como está la situación de tipos de interés será un plazo fijo con unas condiciones que ni los de ING, jajaja.
Un saludo,
Raúl
hola, yo estaba inscrita en la oficina de empleo de segovia cuando en noviembre de 2004 encontre trabajo en madrid. No hice la declaracion de 2004 (solo habia trabajado 2 meses)pero si las de 2005 y 2006 donde me aceptaron la movilidad geografica. Me han enviado el borrador de la declaracion de 2007 y me siguen aplicando la movilidad. Se supone que ya no tengo derecho a ella (o eso creo) pero al ponerla ellos en el borrador ¿les sigo la corriente? ¿lo quito? ¿que me aconsejais?
ResponderEliminarBuenas Noches Maria Eugenia, antes de nada agradecerte que participes y nos comentes tu caso.
ResponderEliminarEn cuanto a tus preguntas, nosotro siempre recomendamos no fiarse mucho del borrador, Hacienda tiene datos nuestros pero no todos los necesarios a veces.
Según dice la ley en el art. 46, la reducción por movilidad geográfica, se aplicará en el ejercicio en el que se produce y el siguiente, si atendemos a lo que nos has explicado, debería haber sido en el 2004 y 2005.
En principio tal y como dices colo la movilidad geográfica en el 2006, pero yo entiendo que en el 2007 no te la deberías aplicar, ya que serían tres años seguidos aplicandola.
Otra cosa sería si durante el 2007 o 2006 hayas tenido cambiado de trabajo, pasando por el paro y cambiando de residencia por el nuevo trabajo.
De no ser así yo no me arriesgaría.
Un saludo y espero haber sido de ayuda.
Hola.
ResponderEliminarEnhorabuena por el blog, me parece una gran idea.
Voy a consultar yo también mis dudas ya que estoy hecho un lío:
En primer lugar para situarnos decir que estoy empadronado en Guipúzcoa aunque desde abril del 2007 estoy trabajando en Madrid. Desde abril a julio como becario para una empresa como prácticas de un máster que realicé y desde septiembre-2007 en adelante con contrato indefinido en la misma empresa. Mis dudas son:
1-Durante todo el 2007 mi retención fue de un 0%, no me retuvieron nada de IRPF en ningún momento. La duda que me surge es que no sé si el tiempo en que fui becario contará o no para la declaración. Supongo que esto lo veré en breve en cuando en mi empresa me envíen el documento con la información del IRPF. En caso de que sí cuente la parte de becario(como sospecho por ser la empresa la pagadora de la beca) en total habría recibido unos 11000 de sueldo durante 2007,¿tendré que presentar la declaración?
2-En caso de tener que presentar la declaración dónde lo tengo que hacer, ¿en Guipúzcoa o en Madrid? ¿Tengo que cambiar mi domicilio fiscal a Madrid? ¿Eso se dice al presentar la declaración o tengo que hacerlo antes?
3- Desde que comenzó el año 2008 me están reteniendo un porcentaje de IRPF en apariencia bastante bajo (12%). Esto ocurre porque cuando me contrataron rellené en el modelo 145 (sin saber muy bien lo que era) la casilla de que sí me aplicaba la movilidad geográfica. Leyendo ahora la información de este blog, me parece que efectivamente sí podría pedirla, a ver qué opináis. Estuve cobrando el paro en Guipúzcoa durante 2006 e incluso en julio de 2007 sellé la tarjeta de demandante de empleo en mi oficina del Inem de Guipúzcoa. (el único problema es que después la entregué en mi empresa y ahora no dispongo de ella pero supongo que podría pedir un certificado en el Inem de que en aquél mes de 2007demandaba empleo). Por otro lado en Madrid dispongo de contrato de alquiler de piso desde septiembre 2007 aunque no estoy empadronado.
Muchísimas gracias por la ayuda, un saludo.
Mikel.
Buenos días Mikel,antes de nada agradecerte que participes en nuestro blog y que plantees tus dudas, a lo cual te animo, si hubiera más.
ResponderEliminarEn primer lugar el asunto de si lo que cobrastes como Becario estas obligado a declararlo o no:
1- En principio las Becas concedidas por entidades privadas deben declararse, ya que las únicas excentas son las concedidas por entes sin fines lucrativos.
En tu caso yo entiendo que de Becario trabajabas para la empresa, por lo que se puede equiparar a tu sueldo, con lo que es un rendimiento más del trabajo a declarar, probablemente en el certificado de retenciones que te facilite la empresa, te aparecera sumado a tu sueldo posterior.
En cuanto a si estas obligado a presentar la renta, si los 11.000 € que me dices de ingresos son obtenidos en la misma empresa y no tienes ningun pagador u otros conceptos que te puedan obligar (mirate el articulo que publicamos sobre quienes estan obligados, esta en la categoria de IRPF-Generialidades, no estarías obligado a declarar.
De todos modos, siempre aconsejamos que pidan el borrador o la información fiscal, por si se te escapa algo.
En el caso de que presentes la declaración es igual en que administración la presentes, eso si date cuenta que tu domicilio para Hacienda sigue siendo Guipuzcua y cualquier notificación ira a parar alli. Por lo que te recomiendo que lo modifiques, bien presentando un modelo 030 o si presentas la declaración informando en la misma sobre el cambio de domicilio.
En cuanto a lo de la movilidad geográfica, creo que si te la puedes aplicar, ya que vamos a ver las condiciones que tienes que cumplir:
1-Ser demandante de empleo en tu municipio de origen (Guipuzcua), por lo que me comentas estabas inscrito.
2- Conseguir un trabajo en municipio diferente al tuyo y que requiera cambio de domicilio (en tu caso Madrid), yo soy canario, pero me da que la distancia esa diariamente es imposible.
3- El cambio de domicilio al nuevo municipio, en tu caso con el contrato de alquiler ya tienes un documento que te avale, fijate en que las fechas del contrato sean similares a las del contrato de alquiler y que si estas compartiendo piso, aparezcas como inquilino en el mismo.
Te aconsejo que lleves a cabo un cambio de domicilio fiscal para que todo este bien bonito de cara a Hacienda.
Por lo demás como habras podido ver en los comentarios de este articulo, con el tema de la movilidad geográfica hay mucha guerra con Hacienda.
Bueno espero que te haya sido de ayuda.
Un saludo
Hola Blackdos, soy Mikel de nuevo.
ResponderEliminarMuchas gracias por tu respuesta y tu rapidez, voy a formularte con tu permiso algunas dudas más que me van surgiendo al respecto, ya que como ves no tengo apenas experiencia en estos temas.
Tras consultar el apartado IRPF-Generalidades entiendo que no estoy obligado a declarar la renta 2007, porque aunque en dos periodos distintos (abril-julio de becario y septiembre en adelante) siempre el pagador fue el mismo durante 2007 y no llego ni de lejos al límite de 22000. Por tanto este año prácticamente seguro no presentaré la declaración. ¿Crees que este
hecho me dará problemas para justificar la movilidad geográfica para la renta 2008?
Sobre el cambio de domicilio fiscal, he encontrado en la página de la AEAT el siguiente párrafo: "Las personas físicas que no realicen
actividades empresariales o profesionales
y quieran exclusivamente
comunicar su cambio de domicilio
tienen, además, la posibilidad de
realizar el cambio mediante una llamada". No me queda claro el concepto de actividades profesionales, ¿yo como trabajador por cuenta ajena puedo cambiar mi domicilio fiscal con una llamada a ese número?
Y por fin, una ultima duda. De cara a la renta del 2008, imagino que podré tratar de desgravar el alquiler compartido que tengo en Madrid. Para ello cuento con el contrato en el que figura mi nombre. ¿Sería necesario para desgravarse el alquiler también el empadronamiento en Madrid?
Saludos.
Buenos días Mikel, vamos a resolver esas dudas por parte:
ResponderEliminar1- La movilidad geográfica, la ley establece que podrás aplicarla el año en el que se produce tal movilidad y el siguiente, no estableciendo nada de que la pierdes si el primer año no la aplicas, por lo que yo entiendo que en la renta 2008 la podrás aplicar sin problema, teniendo en cuenta que ese seria el 2 año al que tendrías derecho.
2-Efectivamente las personas que no ejercen actividad económica pueden comunicarlo mediante una llamada. Si lo vas hacer así te recomiendo que a los pocos días confirmes que te hicieron el cambio. Nosotros en la asesoría recomendamos que modelo 030, ya que con el tienes un documento que confirma que la presentastes para posibles confusiones del futuro.
3- Tu como trabajador por cuenta ajena no ejerces actividad económica (la actividad económica es para los que trabajan por cuenta propia, los autonomos para que lo entiendas más claro).
4- En cuanto al asunto de la deducción para el alquiler, corresponde a la proxima renta del 2008 y por lo tanto lo que sabemos es lo que hay previsto, en principio te podrás deducir el 10,05% de lo que pagues de alquiler, con unos límites en función de la base imponible y sólo podras aplicarte esta deducción miestras dicha base imponible no supere los 24.020 €.
De todos modos lo más normal es que para justificar esa deducción te pidan el contrato de alquiler (date cuenta que si es un piso compartido y aparecen el resto de inquilinos en el contrato, te podrás deducir solo tu parte proporcional del alquiler).
También guarda siempre los recibos que te de el propiertario al pagar el piso o si lo haces por transferencia el recibo bancario, poniendo siempre como concepto pago alquiler mes X.
Espero haberte ayudado y un saludo.
Has sido de gran ayuda, Blackdos.
ResponderEliminarLa última duda que me surge por el momento es si de cara a la renta 2008 la ayuda por movilidad geográfica y la desgravación por alquiler serían compatibles o si por el contrario tendría que escoger sólo una de las dos opciones.
Gracias de nuevo por tu amabilidad y un saludo,
Mikel.
Buenas noches Mikel, en principio son compatibles, siempre que tengas en cuenta que la deducción por alquiler de la vivienda habitual, debe cumplir la condición, de que la vivienda debe estar en el mismo municipio al cual te mudastes por movilidad geogíafica.
ResponderEliminarDe todos modos me imagino que esto irá quedando más claro a medida que se desarrolle el reglamento para la renta 2008.
Un saludo.
Hola buenos días.
ResponderEliminarHe estado leyendo varios comentarios pero no he visto ninguno que se ajuste a mi caso, un poco peculiar creo, jeje, te cuento. Durante el año 2006 estuve trabajando en la provincia de Burgos, donde estoy empadronado y tengo mi domicilio fiscal. Acabé allí un contrato y solicité el paro en dicha provincia.
Durante el mes de agosto me trasladé a Madrid a un curso de formación para un posterior ingreso en una empresa. Durante este curso de formación no tuvimos ningún contrato, pero sí una ayuda económica por parte de la empresa.
Finalizado este curso de formación la empresa me contrató, pero justo dos días antes del contrato me había caducado la tarjeta del INEM, por lo que tuve que renovarla, pero como es lógico al no poderme desplazar a Burgos, la renové en Madrid.
El año pasado al realizar la Renta como no conocía la movilidad geográfica no la declaré, por eso quería mirar si este año podía. Sí que se que la movilidad se puede aplicar dos años, por lo tanto uno que he perdido y el actual, claro, que con el jaleo de la tarjeta del INEM y demás... pues no lo tengo tan claro.
Lo que sí que me he declarado, el año pasado, ha sido la desgrabación por el alquiler de la vivienda, lo cual espero hacer de nuevo este año.
Y una última cosilla, el tope para no declarar son 22000 euros. Mi salario bruto no lo supera, pero a parte de dicho salario tengo un complemento salarial o plus que ellos llaman, mas un pago en especias (tickets de comida), con lo que en total sí que supero dicha cantidad. Entonces... ¿estoy obligado a declarar si mi bruto antes del plus y de los tickets de comida no supera los 22000?
Gracias por todo y un saludo.
Raúl
Buenas, mi caso es el siguiente estaba empadronado en Malaga ciudad en casa de mis padres, en el paro cobrandolo cuando me ofrecieron un trabajo en Torremolinos el cual firme, me mude alli en Julio pero no me empadrone (lo que si tengo es contrato de alquiler) mi domicilio fiscal sigue poniendo Malaga en casa de mis padres, ¿tengo derecho a la movilidad geografica o no?
ResponderEliminarBuenas noches Juanma, gracias por confiar en nosotros.
ResponderEliminarLos primero que debes tener en cuenta es que tal y como podrás ver en otros comentarios que hemos puesto aqui, y según hemos podido hablar con funcionarios de Hacienda, el empadronamiento o el cambio de domicilio fiscal, lo están últimamento exigiendo.
Por otro lado, la ley establece claramente que se de movilidad geográfica, cuando un demandante de empleo (estar apuntado en el paro), tiene que trasladar su residencia a un municipio distinto del original por motivos geográficos.
En diferentes consultas con Hacienda nos han dicho que para demostrar el cambio de domicilio lo ideal es el empadronamiento en el municipio donde tienes el trabajo y que el contrato de alquiler también puede ser valido.
Tener derecho lo tienes, pero viendo como esta el panorama con este tema, no te podemos garantizar al 100% que no tengas problemas.
Buenas noches Raul, perdona por haber tardado algo en responder a tu consulta, estamos metidos en plenos impuestos trimestrales y no puedo dedicar el tiempo que me gustaría al blog.
ResponderEliminarEn principio con respecto a la movilidad geográfica entiendo que si la aplicas podría traerte problemas con Hacienda, ya que probablemente al cruzar datos con el INEM, verán que demandabas empleo en Madrid y no en Burgos antes del contrato de trabajo, por lo que el cambio de municipio no se aplicaría.
En cuanto a si estarías o no obligado a declarar, todo dependerá de lo que indique tu certificado de retenciones, ya que en el caso de los pluses algunos son declarables y otros no, así como el el tema de las retirbuciones en especie. Básicamente cuando mires el certificado de retención, si donde pone rendimientos integros, supera los 22.000 €, estarñias obligado.
Un saludo
Hola
ResponderEliminarLa verdad es que ando muy muy perdida con estos temas. He alquilado un piso en Madrid desde abril 2007 y estaría interesada en deducir el alquiler. He leído en una sección del blog que había que haber presentado al propietario un documento (entiendo que con el único objetivo de alertarle sobre que deduciremos el alquiler y que el lo declare, lo cual me parece innecesario) ¿qué ocurre si no hemos enviado ese documento? no tenía ni idea de que eso existía, ya no puedo deducir el alquiler???
Otra pregunta, tengo que empadronarme en madrid?
Muchas gracias. la verdad es que es muy útil vuestra labor
Un saludo
Patricia
Hola amig@, te comento mi caso. En enero de 2007 me cambio de trabajo y de ciudad (de Toledo a Madrid), teniendo suficientes recibos acreditativos de ambas cosas (empadronamiento, notificacion de datos fiscales, contratos de trabajo y alquiler...)
ResponderEliminarHasta aquí todo perfecto pero con dos salvedades muy importantes:
1. Cambio un trabajo por otro, de un día a otro(con lo cual no estaba en el paro)
2. Como en mi nuevo puesto me exigen estar dada de alta en el INEM, me apunto en Madrid (lo hago el mismo día q empiezo al curro, sobre la marcha) y en la oficina del INEM me dicen que tengo que residir en ese distrito y me invento una direccion sobre la marcha de MADRID. A los dos días tengo un nuevo contrato.
La pregunta es, ¿tengo derecho a deducción por movilidad geográfica?
Gracias y enhorabuena por este foro.
Buenas noches Patricia, lo primero agradecerte que confies en nosotros.
ResponderEliminarEn cuanto a tu consulta, el documento que tienes que presentarle al propietario es obligatorio, para el caso de que el quiera aprovechar la reducción por alquiler de vivienda habitual.
Es recomendable que si vas a declarar el alquiler para la deducción hables con el propietario, para evitar cualquier sorpresa por ambas partes en la declaración.
En cuanto a lo de empadronarte, es más necesario para el tema de movilidad geográfica ya que se entiende que si tienes un alquiler de larga duración (superior a 6 meses) y no tienes otro piso en propiedad, esa vivienda es tu residencia habitual.
Un saludo
Hola:
ResponderEliminarAprovechando la consulta del alquiler, te pregunto si el inquilino puede desgravar el alquiler, me habian comentado que lo habian quitado, que porciento sería. Lo otro nosotros tenemos un piso en propiedad en Barcelona que es nuestra primera vivienda pero otro alquilado en madrid desde hace 4 meses puesto que trabajamos en las dos ciudades, pasa algo si no declaramos el alquiler y continuamos declarando el de BCN, podriamos desgravar uno el de BCN y el otro el de Madrid (Matrimonio). Gracias por vuestra ayuda. Saludos.
Buenos días y gracias por participar y confiar en nosotros.
ResponderEliminarEn principio para la renta del 2008, el inquilino podrá desgrabarse alquiler, hasta un 10,05% de lo pagado. De todos modos para quienes vayan a realizar la renta en el 2007, tienen que tener en cuenta, que aquellos inquilinos que esten utilizando alguna ayuda pública para el alquiler (por ejemplo el famoso plan de emancipación), se verán obligados a declarar la vivienda en la que residen, por lo que ojo con aquellos que habían pensado en no declarar los ingresos por arrendamiento.
En cuanto al tema de los dos pisos, entiendo que estas hablando para la renta del 2008, este año, aún no se puede desgrabar el alquiler de la vivienda habitual.
De todos modos, tengo que contestarte, que salvo que alguna de las modificaciones que se realicen a lo largo de este año lo permitan, en tu caso deducir por ambas viviendas es incompatible y te explico.
La reducción por inversión en vivienda habitual (la hipoteca), que es lo que imagino que estas deduciendo de la vivienda de Barcelona, es solamente en los casos de vivienda habitual, es decir que residas en ella, entendiendose como residencia habitual más de 183 al año.
Y la futura deducción por vivienda habitual en alquiler, requerirá tambien dicha ciscunstancia, por lo que no es lógico que pudiesen deducirse por ambas viviendas.
Un saludo.
Buenos días Angela, tengo que disculparme, ya que hace días que nos escribistes el comentario, lo vi y decidi consultar tu caso con los compañeros.
ResponderEliminarEn principio y tras mirar la ley y consultar incluso con conocidos en Hacienda, la respuesta es que no te recomendamos que apliques la movilidad geográfica, ¿Por qué?.
1- La ley establece como condición básica, ser demandante de empleo en tu municipio de origen y que el puesto de trabajo conlleve traslado de municipio.
Por lo que entendimos de tu consulta, te distes de alta en el paro en el mismo municipio en el cual vas a trabajar, por lo que, no podrías aplicarte la movilidad geográfica.
A mucha gente le ha ocurrido lo mismo que a ti, encuentran un curro mejor, dejan la empresa, se trasladan, pero no se apuntan antes al paro lo cual conlleva que no se puedan aplicar la deducción.
Un saludo
HOLA, MI MUJER Y YO ESTAMOS EMPADRONADOS EN EL PUEBLO NATAL DE ELLA. MI PUEBLO NATAL, EN EL QUE VIVEN MIS PADRES, DISTA 80 KM DE AQUEL. EL AÑO PASADO MI MUJER ESTUVO TRABAJANDO EN MI PUEBLO TRES MESES, Y DURANTE ESE PERIODO ESTUVO RESIDIENDO EN LA CASA DE MIS PADRES. ¿SE PUEDE EN ESTE CASO APLICAR LA DEDUCCION POR MOVILIDAD GEOGRÁFICA? ¿SI YA SE BENEFICIO DE ESA DEDUCCIÓN EN EL IRPF 2004, LO PUEDE VOLVER A HACER? GRACIAS.
ResponderEliminarBuenos días, antes de nada y como siempre gracias por participar en el blog.
ResponderEliminarEn cuanto al tema de la movilidad goegráfica de tu mujer, antes de poder aplicarla tienes que tener en cuenta varias cosas para ver si es factible:
1- Antes de encontrar trabajo en tu pueblo, tu mujer estaba dada de alta en el paro, en el suyo.
2- Por lo general nosotros solemos recomendar que la movilidad geográfica se aplique para contratos de como mínimo 6 meses. Por motivos de plazos en los que Hacienda por experiencia ve lógicos considerar residencia habitual un lugar determinado.
Una vez dicho esto si tu mujer cumple con el punto primero podría aplicarselo, ya que la ley en cuanto a movilidad geográfica no establece periodos mínimos, ni distancias y ahora viene el pero.
Como habras visto en los comentarios de casos anteriores de esta materia, la interpretación que hace de la ley es en muchos casos muy subjetiva, fijate que han denegado la reducción por entender que la distancia no era la suficiente para un cambio de residencia o puesto problemas al residir en pisos de familiares sin contrato de alquiler.
Por lo tanto te puedo decir que tu caso es uno de los que podría tener problemas si tienes la mala suerte de que te revisen la declaración y ojo no te olvides de que tenia que estar dada de alta en el paro en su pueblo de origen.
Un saludo.
Hola Blackdos:
ResponderEliminarSoy iago, escribí unos comentarios hace tiempo (25 de septiembre).
En primer lugar enhorabuena por el éxito del blog. He vuelto a él de casualidad y me he quedado flipado con tanto comentario.
Respecto a mi caso particular quizá os pueda valer de algo el desenlace de algunas de las dudas expuestas allá por septiembre.
Primero: a mi hermana le concedieron la movilidad sin haberla solicitado en el primer año. Se ha ahorrado un buena pasta (gracias a mi je, je...). Y no cambió ni domicilio fiscal ni nada.
Segundo: yo finalmente me volví a Coruña, estuve cobrando el paro y luego acepté un trabajo en Vigo. (Todo esto acompañado de sus correspondientes cambios de domicilio fiscal, como debe ser!). En hacienda dicen que tengo otros dos años con derecho a reducción. (ay, qué bien).
En cuanto a una duda que he leído por ahí, Laura me parece que se llama, sobre el modelo 135 o 145 o algo así, decir lo siguiente:
Con la intención de mantener una buena posición de cara a negociar mi salario en mi nueva empresa, no informé a ésta, en ningún momento, de que me encontraba en el paro (y estuve casi dos meses, mira tú...)(además, a ellos no les importa mi vida privada). En fin. Una vez empecé a trabajar, me pidieron que rellenara el modelo ese de marras, en el que te piden datos personales para poder calcularte ellos la retención correspondiente. Simplemente puse que venía de otro trabajo y que no tenía derecho a la movilidad, de lo contrario habría descubierto mis cartas!!. Con lo cual la retención que me aplican mensualmente no tiene en cuenta la movilidad, pero no te preocupes que ya la cobraré cuando haga la declaración. Con esto quiero decirle a Laura (si me permites la intromisión), que el hecho de rellenar el modelo 135 o 145 o como se llame, no le impide luego, a la hora de hacer la declaración, acogerse a la movilidad (a lo que yo, humildemente, creo que tiene todo el derecho).
En fin.
Un saludo y espero que sirva esto a alguien de algo.
Saludos y felicidades por el blog.
Buenos días Iago, antes de nada gracias por la enhorabuena y por pasarte de nuevo por aqui.
ResponderEliminarMe alegro mucho de que tu hermana se pueda acoger a la movilidad geográfica, date cuenta que tiene derecho durante dos rentas seguidas, la del año en la que se lleva a cabo y el siguiente, por lo que si no te la aplicas el primer año, en teoria deben permitirtelo en el segundo año.
Por otro lado el cambio de domicilio fiscal o el empadronamiento es una simple formalidad para cubrir espaldas, ya hemos comentado que un contrato de alquiler del piso debe valer.
En cuanto a tu movilidad, es un ejemplo de como se debe hacer para evitar futuros sustos en un futuro.
En cuanto al tema del modelo 145 tengo que advertirte que es un modelo de obligado cumplimiento, ya que a partir de esos datos es con los que te calculan tu retención en nómina y el falsear esos datos es un delito fiscal.
El caso de Laura al que te refieres, si no recuerdo mal tiene derecho a la movilidad geográfica pero derivada del primer trabajo, en el cual si se produjo el cambio de residencia y por lo tanto la puede aplicar durante dos ejercicios, pero por el segundo trabajo, sino hubo cambio de domicilio, ni paro de por medio no puede aplicarla. (Aunque sigue disfrutandola por el primer curro).
Un saludo y espero que no tardes tanto en volverte a pasar por aqui ;)
buenas,
ResponderEliminarestaba trabajando en huelva y se me acabo el contrato, me apunte al inem y luego me llamaron de guadalajara. Me gustaria marcar en la casilla de movilidad goegrafica en la declaracion pero no me empadrone. Puedo justificarlo con el contrato de alquiler del piso don de vivo ahora?
Que domicilio tengo que poner en vivienda habitual si me mude en octubre?
Mi caso creo q no tiene nada q ver con la reduccion por movilidad geografica, pero tengo dudas. Me acaba de llegar el borrador y me sale con resultado a ingresar a favor Hacienda y quiero saber porque??. Para el año pasado estuve en 2 empresas diferentes, en 1 hasta septiembre 2007 y la otra a partir de octubre, si en algo pueden ayudarme les agradecere. MUCHAS GRACIAS
ResponderEliminarBuenos dias y gracias por participar, esta respuesta es para el anónimo del 23/04/08.
ResponderEliminarPara poder responder a tu consulta necesitariamos más datos, ya que en el borrador, influyen muchos factores a parte de las retribuciones de las empresas en las que trabajastes, datos personales, bancarios, como cuentas corrientes, fondos, acciones, planes de pensiones y demas.
Si quieres dejanos un email de contacto para poder ayudarte sin que tengas que dejar datos por aqui.
Un saludo.
hola blackdos gracias por leer mi pregunta. te dejo algunos datos a ver si sirven de algo, soy la anonima del 23/04/2008: en la 1ra. empresa q estuve las retenciones fueron de 170,51 (osea creo q era el equivalente al 2%) y en la otra 307,80 (equivalente al 9%), los rendimientos en cuentas bancarias son muy pocos pero tenia el año pasado 2 cuentas diferentes y en retenciones hacen un total de 0,58 (muy poco)tengo una hipoteca con 50% participacion el capital amortizado es 514,68 y los intereses 2.816,63 euros (todo esto segun mi borrador) y no tengo mas nada, ni planes de pensiones, ni acciones ni nada de eso. De todas maneras mi direccion de correo es emilyjgl@hotmail.com
ResponderEliminarBuenos días.
ResponderEliminarVoy a ser nombrado funcionario en prácticas. Empezaré cobrando sólo el sueldo y he visto que tengo que rellenar el impreso de retenciones. Necesariamente voy a ser destinado a Cataluña pero después del curso de un mes que haré volveré a mi domicilio hasta que me destinen allí, lo que sucederá en menos de 2 meses. Entiendo que no tengo derecho a la deducción porque no estableceré mi residencia. No sé si al ser nombrado funcionario en prácticas se pierde la condición de demandante de empleo y si al tomar posesión y cobrar el sueldo y los complementos se ha de rellenar otra vez el formulario de las retenciones y se podría alegar entonces la movilidad geográfica.
En definitiva, ¿hay alguna forma de beneficiarse de esta deducción ya que voy a trabajar necesariamente fuera de mi domicilio?
Muchas gracias por sus comentarios.
Un saludo.
Buenas noches Anonima (23/04/08), en principio y con los pocos datos que me has dejado, tu renta debería salir a devolver, date cuenta que con esos datos de retenciones solo tengo el 50% de la información necesaria, asi que te mando un e-mail, para si quieres poder verlo mejor.
ResponderEliminarUn saludo.
Buenos días Inma, perdona por el retraso en contestar.
ResponderEliminarEn principio podrías aplicarte sin problema la movilidad geográfica, atendiendo a lo que me comentas, residente en Huelva, inscrita en el paro alli mismo y con nuevo trabajo en Guadalajara.
En principio el contrato de alquiler si es como vivienda habitual te sirve para justificar el traslado de residencia, aunque ya sabes que siempre recomendamos como mínimo cambiar el domicilio fiscal.
Por otro lado en tu declaración de este año tienes que poner como dirección en la que estes residiendo ahora en Guadalajara, date cuenta que la renta es tu situación a 31/12/07 por lo que si desde octubre estabas ya alli, tienes que poner Guadalajara como tu domicilio.
Un saludo.
Hola
ResponderEliminarSoy la chica de Zamora, he leído todos los mensajes aquí comentados pero no me han resuelto mi duda, espero que podáis ayudarme.
Mi caso es que, viene a trabajar a Madrid desde Zamora en 2006 porque encontré trabajo, cosa que en Zamora no lograba. Antes de venir estaba en el paro, al contratarme la empresa en la que estoy me dio de baja en el paro.
Para la declaración del 2006 introduje la reducción por movilidad geográfica, y debido a esto aun hoy sigo arrastras con dicha declaración.
Me notificaron que debía presentar certificado de empadronamiento o similar.
Presente el contrato de alquiler del piso en el que estaba viviendo en el 2006 (porque en el 2007 cambie de piso y mi domicilio fiscal le tengo puesto en este, ya que lo cambie de Zamora a Madrid cuando hice la declaración en junio de 2007) y los recibís de haber pagado mensualmente el alquiler.
Hacienda me ha enviado un escrito en el que me dice que la reducción geográfica es incorrecta ya que la documentación aportada es insuficiente y no cumplo el requisito de cambio de domicilio en 2006.
He llamado por teléfono para ver que información me podían dar y me han dicho que el único documento que justifica el cambio de domicilio es el certificado de empadronamiento. Hacienda no te obliga a estar empadronado en el domicilio donde vives pero exige que estés conforme a la ley y la ley de empadronamiento si te obliga a estar empadronado en el domicilio donde vives.
¿Tengo alguna posibilidad de demostrar que he cambiado de domicilio con algún tipo de justificante? ¿o paso de hacer alegaciones y pago lo que me piden?
Espero que me podáis ayudar con esto.
Muchas gracias
Hola!
ResponderEliminarLo primero es agradecerte tu gran ayuda, nos facilita y aclara mucho las cosas.
Te expongo mi situación laboral durante 2006, la cual fue durante unos meses, ciertamente complicada:
-estoy desempleado e inscrito en el inem en Ávila (Junio 2006).
-acepto un contrato de trabajo en Madrid (Junio 2006).
-me trasalado a residir a Madrid, sin empadronarme, vivo con unos familiares (Junio 2006).
-Trabajo en madrid durante 1 mes (Junio 2006 - Julio 2006).
-Vuelvo a Ávila y trabajo en Ávila 3 meses(Julio 2006-Noviembre 2006).
-A los 3 meses me vuelvo a trabajar a Madrid (Noviembre 2006).
Despues de año y medio sigo en madrid (Abril 2008).
¿En el ejercicio irpf 2006 podria solicitar la deducción por traslado laboral de Ávila a Madrid, consecuencia de aceptar mi primer contrato en Madrid (Junio 2006)?
¿Cómo lo justifico, que documentación aporto?
¿podrían influir negativamente los cambios laborales que tuve?
¿Podria solicitar ahora la deduccion para 2006?
¿Podria aplicarmela tambien para el ejercicio 2007?
muchas gracias,
pedrito
Buenos días Aprobado y felicidades por ese logro.
ResponderEliminarTu caso esta incluso contestado por la propia administración en su pagina web, en www.aeat.es.
En tu caso se exige que estuvieras apuntado al paro y que ese puesto que conseguistes conlleve el traslado de residencia, entiendo que a lo mejor por los dos primero meses de practivas, es algo arriesgado aplicarlo, pero si luego te pillan y llevas a cambio el traslado de residencia, podrías aplicarte la movilidad geográfica sin problema.
Si quieres ver la respuesta que da Hacienda, solo tienes que buscar en su web, el apartado que pone prefuntas frecuentes, al entrar en el, te aparece un buscador, por en el nº de referencia el siguente:
126740
Un saludo.
Buenos días Marta, antes de nada gracias por confiar en el este blog.
ResponderEliminarComo habrás podido leer en los comentarios, el problema no esta en que documento justifica o no el estar residiendo en un sitio, sino la interpretación que el inspector o funcionario de turno haga de la normativa.
En principio, tal y como poniamos en el articulo, el empadronamiento es una de las pruebas con mayor valor para justificar la recidencia en un municipio, pero como habras podido leer, en algunos casos de nuestra asesoria y en conversaciones con Hacienda, nos han dicho que ultimamente estan valorando más el cambio de domicilio fiscal.
Que ocurre con todo esto, pues que nosotros aqui en Canarias, justificamos mucho con el simple contrato de alquiler del piso, pero en otros sitios exigen más el empadronamiento, es la subjetividad de Hacienda, que no nos cansamos de mencionar.
En principio si quieres alegar yo entiendo que tienes las pruebas necesarias, lo que no podrémos decirte nunca es si va a ser el resultado a tu favor o no, ya que depende mucho del criterio del inspector.
Eso si, recordarles a todo, que tal y como esta la cosa ultimamente más vale tener toda la documentacion necesaria para aplicarse la movilidad, es decir:
1- acreditacion de haber estado en el paro en la oficina del municipio de origen.
2- Contrato de trabajo en el nuevo lugar de residencia.
3- Empadronamiento, cambio de domicilio fiscal y/o contrato de alquiler que demuestre que estamos residiendo en el municipio donde tenemos el nuevo curro.
Un saludo y suerte
Hola, llevo unos días visitando el blog y me parece fantástico, enhorabuena!
ResponderEliminarMi caso es el siguiente: estaba dado de alta en el paro en Valladolid y acepté un puesto de trabajo en Madrid en Abril de 2007 (al firmar el contrató marqué la movilidad, por lo que me han retenido menos en cada nómina de 2007).
El caso es que no cambié mi domicilio fiscal ni me empadroné en Madrid, lo único que tengo además del contrato de trabajo es un contrato de alquiler desde Agosto.
¿Puedo tener algún problema al marcar la movilidad en la declaración? (el borrador pone que no estoy obligado a presentar la declaración, me sale a devolver 50€ con la movilidad aplicada)
Muchas gracias.
Buenas tardes Kevin, primero agradecerte que participes en el blog y nos consultes tus dudas.
ResponderEliminarEn cuanto a la consulta, si has podido ver los comentarios anteriores podrás hacerte una idea de lo ambigua que puede ser Hacienda en este aspecto.
En principio, en muchos casos el contrato de alquiler y el de trabajo juntos, suelen ser prueba de estar residiendo en Madrid, pero ya hemos visto en que a muchos amigos, les han dicho que no, teniendo esta documentación y que nos han aconsejado el empadronamiento y cambio de domicilio fiscal.
La decisión es tuya, la devolución sería de 50€, lo que te aconsejo que mires, es cuanto te saldría a pagar si te quitan la movilidad geográfica, ya que esa diferencia es la que te podrían exigir.
Si la renta fuera mia, no estando obligado a presentarla y con 50 € de devolución yo no me rompería mucho la cabeza, no la presentaría.
Buenos días Pedrito, perdona por no haber contestado antes a tu consulta, pere quise consultarlo directamente con alguien en Hacienda.
ResponderEliminarEl motivo de la consulta fue porque en tu caso se dan dos cuestiones que a mi entender Hacienda podría ver como raro, que son las siguientes:
1- Declararias movilidad geográfica, por un trabajo que duro un mes en Madrid y luego volvistes a tu anterior domicilio.
2- Fuistes a vivir a la casa de unos familiares y no tienes ninguna documentación que acredite tu cambio de residencia.
Bueno al plantear el caso a esa persona de Hacienda, la contestación fue clara, sería una declaración a revisar. Y lo argumenta diciendo, que verdaderamente en 2006 no hubo cambio de residencia habitual, ya que se puede decir que tu desplazamiento definitivo fue en noviembre de 2006.
Si aún asi quieres aplicar la deducción, la documentación para justificarla en tu caso, sería, justificante de haber estado inscrito en el paro de Avila en 2006, contrato de trabajo en Madrid y no estaría de más una declaración jurada del familiar en el que vivistes en su casa.
La deducción por movilidad geográfica del 2006, ya no puedes aplicarla, sólo podrias aplicarla en la renta del 2007, como segundo año en el que puedes aplicarla, pero cuidado con lo que te comente antes.
Un saludo.
Hola, tengo una duda que me trae loca y os la voy a comentar a ver si alguien me sabe decir algo. Yo aprob� mi oposici�n y me tuve que ir del sitio donde viv�a vendiendo mi piso , el cual no hac�a 3 a�os que hab�a comprado, pero consider� que ten�a movilidad geogr�fica .
ResponderEliminarYo estoy casada y mi marido tiene una incapacidad para trabajo habitual, as� que �l se vino conmigo y se apunt� al paro en nuestra provincia de destino y a la semana estaba trabajando. Compramos una casa y ahora me entero de que mi parte del beneficio est� exenta, pero me dicen que la suya no, que tenemos que pagar un 18% del beneficio. Y yo me pregunto � si somos una familia eso no lo tiene en cuenta Hacienda? Su respuesta fue que mi marido se hubiera quedado en casa hasta que pasaran los tres a�os. Cuando todo se hubiera solucionado si �l se hubiera apuntado al paro de la ciudad de la que venimos un solo d�a, me parece todo como un chiste es que no me lo puedo ni creer. El al ser pensionista tenemos el justificantes de haberle mandado un fax al INSS dici�ndole que nos cambi�bamos de domicilio y que �l iba a trabajar y en qu� para que nos dieran autorizaci�n. En ese momento �l llevaba sin trabajar 2 meses y como sab�amos que nos �bamos a ir por eso se vino a apuntar al paro en la ciudad de destino. En mi desesperaci�n no s� qu� hacer, y por eso os pregunto, estar�a muy agradecida si alguien me contestara si hay alguna forma de que su parte no tributara ese 18%, pues tanta unidad familiar y es todo un cuento.
Hola, me surgen algunas dudas sobre la movilidad geográfica.
ResponderEliminarTe cuento mi caso. Me di de alta en el paro en enero de 2007 en Salamanca, tan solo estuve inscrita unos días. Empece a trabajar en Ávila hasta Junio de 2007 y posteriormente me vine a trabajar a Burgos. Entre los trabajos de Ávila y Burgos no me inscribí en el paro y mi domicilio fiscal sigue en Salamanca. Esto último lo pensaba cambiar antes d entregar la declaración para evitarme problemas dado que no es muy creible trabajar en Burgos y vivir en Salamanca. Mis duda es si no estuve inscrita en el paro en Julio que es cuando me traslade a Burgos y dado que si cambio ahora el domicilio fiscal no se si tendra efectos en 2007 si en el caso de solicitar la deducción podría tener problemas.
Muchas gracias de antemano
Buenos días mmordiales, de nuevo gracias por particiar en el blog y perdona por el retraso, pero llevamos unos días de muchas horas de trabajo y el descanso y las aficiones salen mal parados.
ResponderEliminarEn tu caso hay una cosa que tenemos que tener en cuenta, para aplicarte la movilidad geográfica, tuvo que ser en el momento que empezastes a trabajar en Avila.
Esto es por el simple hecho de que la ley establece, que se aplicara cuando estando dada de alta en una oficina del paro en tu municipio, consigas trabajo en otro diferente y tengas que cambiar tu domicilio.
Por lo tanto, si no entendí mal cuando empezastes a trabajar en Avila, no hubo cambio de domicilio.
Posteriormente no te volvistes a inscribir en el paro y conseguistes curro en Burgos.
Yo entiendo que en tu caso no podrás aplicarte la movilidad geográfica, ya que no partes de estar inscrita en el paro en Salamanca o Avila, para luego mudarte por trabajo a Burgos.
En cuanto a lo de cambiar de domicilio ahora, no te sirve, para el 2007, uff si eso se podiera hacer, cuantos de nosotros nos aprovecharíamos :P.
Espero haber resuelto tus dudas y comentarte que mucha gente esta en tu misma situación, a veces por desconocimiento de la ley, pecamos de ingenuos.
Un saludo
Buenos días,
ResponderEliminarantes de nada me gustaría agradecer la loable labor que realizar blackdos en este blog, así como de toda la gente que participa en él.
Mi caso es el siguiente. Mi novia y yo vivíamos en un municipio de Barcelona y teníamos nuestra vivienda allí. Yo apruebo las oposiciones y hago todo el procedimiento correcto en marzo para aplicarme la movilidad geográfica. Me inscribo primero en el INEM en mi pueblo de Barcelona, a los días me empadrono, firmo un contrato de alquiler (todo en el nuevo destino en Palma de Mallorca). Al día siguiente tomo posesión y cambio mi domicilio fiscal. Ahora estamos en mayo y respecto a mí ningún problema, ya me lo están aplicando en las nóminas. El problema viene con mi novia, ella también lo cambia todo (lo necesitaba a pesar de no haber conseguido trabajo en Palma de Mallorca para conseguir la tarjeta sanitaria, en el contrato de alquiler debía constar para la desgravación...)y ahora en mayo es cuando encuentra trabajo (tres meses después). Yo creo que ya no se puede aplicar la movilidad geográfica (ya no existe cambio de residencia a pesar de que ella sólo se inscribió en el INEM de nuestro anterior pueblo de Barcelona,pero no en el de Palma de Mallorca -es decir, al INEM le consta la dirección antigua) pero como este tema es tan complicado quería saber tu opinión. Saludos y muchas gracias
Buenas tardes funcionario y gracias por participar.
ResponderEliminarEn tu caso personal sta todo correcto, seguistes los pasos adecuados y por lo tanto tu podras aplicarte la movilidad geográfica.
En el caso de tu novia, aplicar la movilidad es un riesgo, ya que verdaderamente el cambio de residencia viene antes de conseguir el contrato y no como consecuencia del trabajo.
La decisión es de ustedes, pero yo entiendo que no debería aplicarla, mira como le saldría la renta antes de aplicarla.
Un saludo
Muchas gracias blackdos por tu rápida respuesta. Tal y como me has aconsejado no se aplicará la movilidad geográfica. La verdad que ni siquiera existía la posibilidad de que ella continuase empadronada allí (y cambiarse justo cuando encontrara trabajo en Palma de Mallorca), ya que el piso lo alquilamos justo cuando nos fuimos. Ahora la mosca que tengo detrás de la oreja es lo siguiente:
ResponderEliminarel piso de la península ha sido nuestra vivienda habitual durante menos de tres años. En mi caso no tendría que devolver lo que me he desgravado los años anteriores porque esta justificada por haber aprobado la oposición y tenerme que desplazar por motivos de trabajo. Pero en el caso de ella me mosquea. Nosotros no estamos casados, ni somos pareja de hecho y ella no ha tenido una justificación para cambiar de residencia (la justificación es la de haber venido conmigo, pero eso de cara a Hacienda no vale nada). Por lo tanto me da la sensación que Hacienda le reclamará a ella lo desgravado en los 2 años anteriores, y encima con intereses. No es mucho dinero (unos 2.000 euros) pero siempre viene cuando a uno le va mal pagarlo. Si me puedes responder a esto último te lo agradeceré y te doy las gracias anticipadas de nuevo. Saludos,
Buenas noches funcionario, en principio, no creo que debas preocuparte por el tema de la deducción por vivienda habitual, por lo general, creo que se podría alegar que ella se traslado tambien por motivos laborales, ahora mismo esta currando por alla.
ResponderEliminarPero para eso primero hacienda tendría que darse cuenta de eso, y luego todo dependerá de la ya mensionada subjetividad del funcionario que te toque.
Mucho más no puedo decirte, solamente que haya suerte y que si tienes mas dudas, por aqui estamos.
Lo primero muchas gracias por tu respuesta. En realidad cuando fuia Ávila si hubo cambio de residencia, de lo cual tengo contrato de alquiler, pero me imagino que eso no valdrá, porque ni me empadroné ni cambié mi domicilio fiscal, con lo cual me imagino que eso ya no tiene remedio. Y antes de venir a Burgos creo recordar que no me inscribí en el paro porque me dijeron que no era necesario, no obstante pediré un certificado en el inem para asegurarme.
ResponderEliminarSólo una cosa más con respecto a lo del domicilio, dado que cambiarlo ahora no tiene efecto en el 2007, cual deberia poner entonces en la declaracion dado que aunque yo he vivido la mitad del año en Ávila y la otra mitad en Burgos, a efectos de legales siempre he tenido mi domicilio en Salamanca. No se si esto me puede traer algún tipo de problema.
Muchas gracias
Buenos días mmordiales, por lo general en la asesoría estamos poniendio como domicilio el actual del cliente, sobre todo por temas de notificaciones y así en el mismo modelo le comunicas a la Agencia Tributaría, cual es tu nuevo domicilio.
ResponderEliminarDe todos modos, puedes seguir poniendo el de Salamanca, en mi caso por ejemplo, aunque hace dos años que me mude, sigo poniendo el de casa de mis padres, simplemente por que a mi casa no llega bien el correo.
Un saludo.
Hola;
ResponderEliminarLo primero felicitarte por el bog. Es estupendo y creo que ayuda y ayudara a mucha gente.
Comento mi problema. Por circunstancias de la vida trabaje en una empresa en un municipio de madrid hasta el dia 30 de junio, el dia 1 de julio me apunte al paro de mi localidad natal (llevaba 20 años viviendo alli en casa de mis padres), y ese mismo 1 de Julio consegui trabajo y firme mi contrato en otro municipio diferente a los anteriores. Dos meses depues me independice y me compre una casa en otro municipio diferente ( eso si esta mas alejado que la casa de mis padres de mi actual trabajo, y realmente no me mude por razones de exigencia de mi trabajo).
En resumen
estrictamente estaba empadronado en un municipio a, paro en inem ( no llegara al dia), trabajo en municipio b y cambio de domicilio a municipio c.
La pregunta es:
¿seria posible pedir la movilidad?
Gracias por todo
Muchísimas gracias por todo blackdos, me has sido de gran ayuda. Espero que este blog siga adelante. Gracias por desearnos suerte, igualmente te deseo todo lo mejor. Un saludo,
ResponderEliminarBuenas noches Nacho, gracias por participar.
ResponderEliminarSiento decirte que tu caso en una inspección sería indefendible, date cuenta que la ley establece que el desplazamiento sea por motivos de trabajo y hacia el municipio en el que trabajes.
En tu caso el municipio b esta mas lejos aun del trabajo.
Yo no te recomendaría que aplicases la movilidad geográfica, te puede traer muchos quebraderos de cabeza.
Un saludo.
Hola,
ResponderEliminarTengo una duda sobre si puedo o no aplicar la reducción geográfica. Yo me dí de alta en el paro en Andalucía y me salió trabajo en Madrid, empecé a trabajar a mediados de noviembre de 2005 siendo mi primer trabajo.
El año pasado fue la primera vez que hice la declaración y en el borrador venía por defecto esta reducción.
¿Puedo aplicarla este año entendiendo que es el segundo?
Un saludo y muchas gracias,
Manuel
Buenas noches Anónimo (12/05/2008), antes de nada y como siempre gracias por participar.
ResponderEliminarPor lo que nos has comentado sobre tu caso, en el 2006 te podías aplicar la reducción porque verdaderamente era el segundo año al que tenías derecho.
Vamos a ver porque, tal y como habrás podido leer en el articulo y en los diferentes comentarios que aparecen el blog, la movilidad geográfica se puede aplicar en el año el que se lleva a cabo el traslado (en tu caso por lo que vi, en noviembre del 2005 te trasladas a Madrid por motivos del curro) por lo que en la renta del 2005, hubierá sido el primer año que podías haberlo aplicado y por lo tanto la renta del 2006 sería el segundo año.
Basandonos en esto, me temo que este año no debes aplicar la reducción, ya que muy posiblemente te traería problemas.
Un saludo y espero que te haya serivido de ayuda.
Buenos días y ante todo enhorabuena por el blog.
ResponderEliminarQuería exponerle mi pregunta relacionada con la desgravación del alquiler en la Comunidad de Madrid. Traslado mi domicilio de Ávila a Madrid para trabajar, pero no estuve apuntada al INEM en Ávila, luego no puedo solicitar la movilidad geográfica. Sin embargo, al llegar aquí, alquilé un piso y tengo el contrato en regla. No he cambiado el domicilio fiscal porque nunca había estado trabajando y no sabía que eso existía. Por tanto, al pedir el borrador me ha llegado a Ávila. ¿Habrá algún problema si declaro la desgravación del alquiler?
Muchas gracias
Buenas tardes Ines, antes de nada gracias por participar en el blog.
ResponderEliminarEn principio tu caso es el de muchos que por un motivo u otro se tienen que trasladar.
Si te trasladastes a Madrid durante el 2007, es normal que Hacienda te envie le borrador a Ávila, date cuenta que si no comunicastes el cambio de domicilio, para ellos tu residencia sigue siendo Avila.
Pero no te preocupes por esto, en la propia declaración comunicas tu cambio de domicilio y ya esta.
Para la deducción por alquiler de la vivienda Habitual en Madrid, simplemente debes de cumplir con los requisitos de:
1- Ser menor de 35 años a fecha 31/12/2007.
2- Que la suma de las Bases Imponibles General y de ahorro, no superen los 25.260 € en individual y los 36.200€ en conjunta.
3- Que en concepto de alquiler hayas pagado al menos el 10% de las sumas anteriores.
4- Debes de poder acreditar el deposito por parte del dueño del piso, de la fianza del alquiler en el Instituto de la Vivienda de la Comunidad de Madrid.
Otra cosa no se te olvide de informar del DNI del propietario del piso, para que tenga efecto la deducción.
Un saludo y espero haber sido de ayuda.
Hola, ojala puedas ayudarme porque esto es un lio. Te comento mi caso. Vivia en Valencia. Estaba apuntado al paro en Valencia. Y estoy empradonado en Valencia. Pero desde Noviembre vivo alquilado en un piso en Madrid. hace una semana encontre trabajo en Madrid, y a la hora de firmar los papeles del contrato, me encontre con la casilla esa de "Movilidad geográfica". Y no sé si marcarla, porque el caso es que yo vivo en Madrid desde hace meses, no me he desplazado adrede para este trabajo (quiero decir, me vine a buscar, y esto lo he encontrado ahora). Creo que si me toca la deducción por movilidad geográfica. Pero no lo tengo claro. ¿QUé tendría que hacer, empadronarme en Madrid, comunicarlo a Hacienda, a través de qué medio? Gracias!!!
ResponderEliminarAlejandro
Buenas tardes Alejandro y gracias por participar.
ResponderEliminarEn pricipio haciendo una pequeña trampa se podría aplicar la movilidad geográfica para el año que viene.
Vamos a explicarnos, si tal como tu dices, sigues apuntado en el paro en Valencia, empadronado en Valencia y no consta en ningún lado que estes viviendo en Madrid podrías aplicarlo.
El detalle del alquiler se podría solucionar si te llevas bien con tu casero y le comentas la posibilidad de cambiar el contrato, uno nuevo, con las mismas condiciones pero cambiando la fecha de entrada.
Por lo demás, te recomiendo que te empadrones y si puedes cambies tu domicilio fiscal, esto último lo puedes hacer con tu renta de este año, un modelo 030 o incluso llamando a Hacienda, aunque yo prefiero que siempre haya un papel que justifique.
Un saludo y espero que te sirva de ayuda.
Buenos días
ResponderEliminarEs necesario que la oficina del paro donde estás inscrito antes del cambio de provincia sea la de tu lugar de residencia original o puede ser la oficina de la ciudad de destino?
Tal vez ya se haya respondido a esta duda pero no lo he encontrado
Muchas gracias y un saludo,
Tengo un problema:
ResponderEliminarEn 2006 estuve trabajando como becario hasta Enero en Valladolid, En Febrero me surgió un trabajo en Madrid y me desplacé a Madrid a trabajar hasta hoy en día.
En la declaración de 2006 solicité Movilidad geográfica, pero no estaba apuntado al paro en 2006, con lo cual ese requisito no lo cumplo.
Como puedo demostrar que realmente estuve trabajando en una Provincia y me tuve que desplazar a otra y cunmplir los requisitos..
Con los contratos valdría...
Actualmente tengo vivienda propia en Madrid y estoy empadronado en Madrid.
Buenas tardes Anonimo (24/05/08), antes de nada y como siempre gracias por participar.
ResponderEliminarNo se si lo habremos contestado ya antes, pero no te preocupes, para eso estamos.
Necesariamente tiene que ser en tu localidad de origen, date cuenta que la reducción se debe a que en cuentres trabaja en un lugar diferente al que recidas y por lo no te valdría estar dado de alto en una oficina del paro del mismo municipio en el que vayas a trabajar.
Buenas tardes Ruben, como a todos gracias por participar y colaborar con este blog.
ResponderEliminarEn principio, la reducción por movilidad geográfica, pone como primer condición para poder aplicarla, el estar dado de alta en el paro, por lo que veo complicado que puedas justificar su aplicación, si como tu dices fue un cambio de trabajo.
Para justificar un cambio de provincia, simplemente con los contratos de alquiler de una y otra y los cambios de empadronamientos o de domicilios fiscales.
Un saludo.
La verdad que en el 2006 estuve de becario hasta finales de Enero y a mediados de Febrero ya estaba trabajando en la otra provincia, no me dio tiempo a apuntarme al paro..
ResponderEliminarResumiendo, si no estoy apuntado al paro y solicité la movilidad geográfica sin este punto lo tendré dificil...
Yo lo que no entiendo es que si demuestras con documentos que en una fecha estuviste trabajando en una provincia y al mes ya estas trabajando en otra, se supone que con los contratos que estan realizados en provincias diferentes, quedaría demostrado que realmente tienes movilidad geográfica no??
Espero que sea así, porque es lo único que puedo demostrar, tanto el tema de contratos como la residencia habitual para desempeñar esos trabajos.
Buenas noches Ruben, una cosa que debemos tener claro en la reducción por movilidad geográfica, es que es una condición imprescindible, estar apuntado en el paro en el municipio de origen.
ResponderEliminarSi no estuvistes apuntado en el paro no la apliques en tu renta, porque te la van a rechazar.
Un saludo.
Me gustaría felicitarte por el blog y preguntarte una duda. Acabo de firmar mi primer contrato laboral en Padron, y he pactado el salario en sueldo neto. Cumplo los requisitos para solicitar la mobilidad geográfica (estaba censado y apuntado al paro en Ourense, y voy a alquilar un piso en Compostela, que está cerca de Padrón). Mi duda es: ¿debería comunicar a mi empresa que me apliquen la deducción en la retención por mobilidad geográfica o debería esperar a declararlo en la declaración de la renta? Ten en cuenta que en mi contrato figura el salario neto en vez del bruto. Muchas gracias.
ResponderEliminarHola,
ResponderEliminarTengo una duda acerca de la mobilidad geográfica.
Mi caso es el siguiente: de enero a mayo estuve apuntada en el paro en Vilafranca del Penedès. Ese mes de mayo encontré trabajo en Terrassa y empecé a trabajar, pero no me trasladé a vivir a Terrassa hasta septiembre, cuando encontré un alquiler adecuado. Tengo dudas de si puedo pedir la deducción por mobilidad. Por un lado sí que estaba apuntada en el paro de terrassa, pero por otro no me empadroné en terrassa (aunque tengo el contarto de trabajo), el traslado de vivienda no fue hasta despues de más de tres meses de empezar a trabajar, y además la distancia Vilafranca -Terrassa es de 50 km, y en Vilafranca ya me figura una hipoteca.
¿Cumplo los requisitos para solicitar esta deducción?
Muchas gracias
Buenas noches Mariña, antes de nada gracias por participar y buena terra la galega (Voy mucho por Santiago).
ResponderEliminarPara ser sincero en el tema de las nóminas yo no soy especialista, lo de la movilidad geográfica en la nómina se que te afectaria en las retenciones, disminullendolas, por lo que entiendo que si pactastes el sueldo en neto, no te afectaria en el resultado de tu nómina, pero podría afectar a tu renta, ya que tendrías los mismos ingresos pero con menos retenciones.
En cuanto al tema de la movilidad geográfica en renta, yo lo pondría, eso si intenta empadronarte o por lo menos cambiar el domicilio fiscal, por si Hacienda se pone boba.
Un saludo y boas noites.
Buenas noches Silvia y gracias por participar.
ResponderEliminarEn principio, cumples con los requisitos, apuntada al paro en un municipio, encuentras trabajo en otro y te trasladas, la ley no dice nada de plazos de tiempo, ni distancias, pero habras podido ver que los inspectores si.
Otra cosa a tener en cuenta sería si te merece la pena perder la deduccion por vivienda habitual de la hipoteca, que duraría todo lo que la hipoteca, si no declaras cambio de domicilio claro.
Un saludo y espero haberte ayudado.
Hola de nuevo y gracias por la respuesta!
ResponderEliminarTan solo otra duda. Y es que acabo de llamar a la agencia tributaria y no tienen muy claro si puedo pedir la movilidad geográfica puesto que no dispongo de cambio de domicilio fiscal o de empadronamiento a la ciudad del trabajo. Según me han comentado se necesita una prueba legal y no tenían claro de si el contrato de alquiler y trabajo lo son.
Como resumen, los papeles de los que dispongo son:
Respecto al municipio inicial: empadronamiento, certificado haber estado dada de alta en el paro.
Respecto al municipio donde encuentro trabajo: contrato trabajo, contrato alquiler, y por si sirve, cambio de los datos del CAP (me apunté con el domicilio en esta ciudad para poder recibir asistencia médica). Pero no tengo cambio de empadronamiento ni de domicilio fiscal.
Así pues, ¿es conveniente solicitarlo? Y es que me han avisado de que si luego no lo aceptan hay multa de por medio.
Gracias por todo.
Buenas tardes Silvia, en principio tal y como dicen en Hacienda las mejores pruebas son el empadronamiento o el cambio de domicilio fiscal.
ResponderEliminarSin embargo el contrato de alquiler suele ser valido, asi como el de trabajo. Otra cosa es la más que de sobra comentada subjetividad de Hacienda.
De todos modos yo te recomiendo que pidas un cambio de domicilio fiscal o te empadrones.
Un saludo.
Hola ¡
ResponderEliminarMi caso es el siguiente, vivo en ponferrada y estaba apuntado al paro en diciembre de 2006, mes en el que me ofrecieron un empleo el ministerio de justicia en una localidad de la misma provincia a 100 km de distancia, voy y vengo todos los dias; puedo acogerme a la deducion por movilidad geografica. gracias.
Hola, felicidades por el blog, es una gran ayuda.
ResponderEliminarBueno, mi caso es algo raro y estoy dudoso. Soy de Cordoba y me fui a Madrid a trabajar en el 2006 pero no había estado inscrito en el paro, en esta empresa estuve un año, rescindí voluntariamente mi contrato y me fui a otra empresa, el 1 de julio en la cual me pedian la demanda de empleo para firmar el contrato y me voy de alquiler a un piso, la solicité en Madrid porque no pude hacerlo en Córdoba, a los 3 meses se me acaba el contrato y entonces me inscribo en la oficina de empleo de mi pueblo durante 1 mes y despues me sale otro contrato en Noviembre de 2007 para irme a Madrid de nuevo, pero todo este tiempo mantengo el piso en alquiler. Mi duda es, podría solicitar la movilidad geográfica?
La deduccion por alquiler en qué comunidad autonoma se me aplicaría en Andalucía o en Madrid? He de decir que en Andalucía me paso de ingresos pero en Madrid no, vaya lío no?
Muchas gracias y perdón por el tostón, espero haberme explicado bien
Buenos días Juan Jose, antes de nada gracias por participar y me alegro que el blog te guste, la idea es la de ayudar a la gente y de camino aprender con situaciones puntuales.
ResponderEliminarLa verdad es que tu renta es de las que nos pone en apuros en la asesoría y para que negarlo, me encanta hacer.
Vamos a ver tu caso, por lo que nos comentas, la situación se puede resumir así.
En noviembre o finales de octubre, estas apuntado en el para de tu pueblo de Cordoba y consigues trabajo en Madrid.
Al mismo tiempo tienes un piso en alquiler en Madrid de la etapa del antiguo curro.
Bueno vamos a ver las opciones:
1- Me aplico la reducción por movilidad geográfica. En tu caso se puede aplicar ya que cumples los requisitos en el mes de noviembre, es decir, apuntado al paro en Cordoba y traslado de residencia a Madrid por contrato de trabajo.
Ten en cuenta que de aplicarla, el contrato de alquiler no lo deberías usar como prueba de cambio de residencia (es anterior a estar apuntado al paro), eso sí, el contrado de trabajo es prueba, y deberías ver la opción de empadronarte o comunicar un cambio de domicilio fiscal.
Si aplicas la movilidad geográfica en 2007, te digo lo que a todo el mundo, la ley te respalda, pero siempre te puede reclamar que lo pruebes y hay dependerá mucho del funcionario de turno.
2- La deducción por alquiler en Madrid, date cuenta de que en Madrid te exigen ser menor de 35 años y que se deberá acreditar el depósito de la fianza correspondiente al alquiler en el Instituto de la Vivienda de la Comunidad de Madrid formalizado por el arrendador.
Date cuenta también que el máximo que te podrás deducir por el alquiler será de 840€.
En todo caso, ten presente que para tu situación no recomendamos que apliques las dos deducciones, ya que podrían ser incompatibles por los plazos. Imagina que te piden documentación que acredite la deducción por alquiler, tendrías que dar copia del contrato, lo cual, ya te pondría en apuros para el tema de la movilidad geográfica.
Un saludo y espero que te haya sido de ayuda.
Hola:
ResponderEliminarYo estoy empadronada en un pueblo de Ciudad Real. El año pasado tenía un trabajo en MADRID, estuve en el paro durante mes y medio, y volví a tener otro trabajo en Madrid. Este año al tener que pagar mucho en la declaración, me la han hecho con movilidad geográfica, aun sabiendo casi seguro que no me corresponde. Me han comentado que lo que me va a pasar es que me la van a denegar, me van a pedir una serie de documentos y si no me van a hacer una paralela con la cantidad que tengo que ingresar según ellos. ¿Es esto cierto? Sólo me va a pasar eso o puede ser que me pase algo mas?
Buenas tardes Anonimo (02/06/08) y gracias por participar.
ResponderEliminarEn un principio de no admitirte la reducción por movilidad geográfica, te llegará una paralela en la que salvo que lo puedas justificar, tendrás que pagar la diferencia entre tu renta y la paralela.
Normalmente no suele haber sanción, salvo que Hacienda entienda que hubo mala fe o intento de fraude, aunque probablemente tendrás que pagar intereses por el periodo de tiempo.
No se cual será tu caso, nosotros en la asesoría solemos dejar bien claro al cliente que no se debe hacer y que si se lo ponemos es bajo su responsabilidad y por orden suya.
Un saludo.
¡Muy buenas Blackdos!
ResponderEliminarNo sé si me recordarás. Soy Raúl y no hace mucho te había comentado el tema de aquella paralela que me llevó a recurrir al TEAR de Asturias. Recuerdo que un bloguero, Enrique, comentaba que lo habitual en Galicia venía siendo una demora de un par de años en responder. Bien, pues debe ser que en Asturias no tienen nada que hacer o son tremendamente eficientes, porque ya hace como un mes que nos llegó su respuesta. Y como predecía fue una derrota o victoria parcial (no sé muy bien como considerarlo). Como esperaba, no admitieron como probatorio del cambio de domicilio la declaración jurada de la propietaria del piso de alojamiento, motivo por el que se ha denegado el recurso. PEEEEEERO, respecto a la "machada" que se habían marcado en Hacienda acerca de que un cambio de domicilio de Avilés a Gijón no les parecía válido, SE HAN TENIDO QUE BAJAR LOS PANTALONES ya que el TEAR deja bien clarito que SÍ es perfectamente válido.
Creo que esto puede resultarle interesante a más de una persona de este blog.
Un cordial saludo,
Raúl
Buenas noches Raul, la verdad que me alegro un monton que te hayas acordado de nosotros.
ResponderEliminarPor otro lado siento que la respuesta no haya sido del toda satisfactoria, pero por lo menos, les han frenado lo s pies, en el tema que era totalmente subjetivo.
Un saludo y gracias de nuevo por compartirlo con nosotros.
Hola:
ResponderEliminarQueria preguntarles sobre lo siguiente: tengo un piso en propiedad que me desgrava en cataluña y estoy en el paro en esta ciudad, me ha salido trabajo en madrid, por lo que si me empadrono alli entiendo que puedo acogerme a la mobilidad geográfica, pero dejaria de desgravar el piso de cataluña, mi pregunta es si sale más a cuenta lo que me desgravaria por mobilidad que por vivienda habitual que además es el 50% con mi chica. Muchas gracias y saludos.
Hola soy Javi, voy a explicarte mi problema y a ver si me puedes dar alguna solución, antes me gustaría darte la enhorabuena por la página y la ayuda que mostraís.
ResponderEliminarMi problema es el ss:
Esta misma semana me he venido a Madrid a empezar a trabajar el mismo Lunes (yo soy de Santander), día en el que fui a firmar el contrato y en el que se me hablo de dicha reducción por movilidad geográfica. Yo no he trabajado nunca asi que hace un tiempo al acabar la carrera me apunte al paro, siendo el problema que me marche a Irlanda y durante mi estancia allí debería haber renovado la tarjeta de desempleo, pero no lo hize y me he venido a Madrid con ella caducada, asi que me han dicho que no puedo optar a esta reducción, por lo que me gustaría saber si exste algún tipo de solución, pues realmente nunca he trabajado y debería estar inscrito en el paro.
PD: la verdad es que es bastante importante pues me he cambiado de residencia y con el sueldo que me queda tras la reteneción estoy muy justo, asi que esta reducción me sería de gran ayuda. Muchas gracias y espero vuestra respuesta. Un saludo Javi
Buenas noches detem y perdon por el retraso en la respuesta, se me habia pasado.
ResponderEliminarSolamente recordarte que para poder aplicarte la reducción por movilidad geográfica tienes que trasladarte al municipio donde estas trabajando, en caso contrario no podrás aplicar la reducción.
Un saludo.
Buenos días Javi y gracias por participar en el blog.
ResponderEliminarEn principio la tu caso tiene dos vertientes, el de la deducción en lo que es la nómina y de cara a la declaración de Hacienda.
En ambos casos el renovar la cartilla del paro es fundamental, lo que si deberías preguntar en alguna oficina del paro, es si existe la forma de justificar la no renovación, por motivos de estancias en el extranjero, yo creo recordar que si erá posible, por lo menos hace unos 4 años, que fue cuando me pasaba algo similar.
Siento no ser de mucha ayuda en esto, pero espero que puedas solucionarlo.
Buenos días Anónimo del 05/06/08 y gracias por participar.
ResponderEliminarA la hora de ver que te sería más rentable, habría que ver cuanto estas deduciendo por la hipoteca de la vivienda, date cuenta que la movilidad geográfica sólo la podrias aplicar tú, la chica no podría y en caso de trasladarse contigo y empadronarse ella también en Madrid, perdería la deducción de la vivienda que le corresponde.
Por lo general la reducción por movilidad geográfica es siempre mayor que la deducción por vivienda habitual, date cuenta que como mínimo será unos 2.600€ durante dos años que puedes aplicarla.
Por otro lado la de la vivienda habitual, a largo plazo es más rentable ya que dura todo lo que dure la hipoteca (si no hay cambios en la ley).
Otro aspecto a tener en cuenta, es el tiempo que lleves deduciendo la vivienda habitual, ya que la ley establece como vivienda habitual para estas deducciones que debe ser tu domicilio durante al menos 3 años, salvo una serie de condicionantes (el traslado laboral es uno de ellos).
Esto último te lo digo, ya que tu novia podría tener problemas si deja de declarar como vivienda habitual la de Cataluña. De todos modos si quieres ver esto un poco mejor explicado, pasate por los articulos, que estan en la categoria de deducciones, entre los que se encuentra el de la deducción por vivienda habitual.
un saludo.
Hola, soy uno de los muchos "despistados" que este año ha entregado su declaración de hacienda a primeros de mayo, y después se ha encontrado con la desagradable sorpresa de que ha perdido la oportunidad de desgravarse cerca de 450 € en la famosa casilla 737, para viviendas compradas antes de 2006, y que no gestiona el programa Padre. Obviamente, he hecho un escrito, extraido de un modelo de la página web de hacienda, junto con una nueva declaración, pero no sé a quién dirigirla, y no encuentro manera de solventar este problema. Vivo en Alcobendas, así que estoy tentado de dirigir el escrito al Jefe de la Administración de esta localidad... ¿Puede alguien aconsejarme al respecto? Muchas gracias
ResponderEliminarBuenas noches aullador y gracias por participar en el blog.
ResponderEliminarTu caso es como dices el de muchos este año. La solución es muy sencilla, presentas una nueva declaración identica a la anterior y añadiendo la compensación que te corresponde.
Al presentarla tendrá el efecto de una sustitutiva y anulará la anterior. De todos modos es recomendable presentar un solicitud comunicandole a Hacienda el motivo de la sustitutiva.
Para eso existe un modelo que podrás encontrar en la wed de Hacienda, en el apartado de modelos y formularios.
Y presentar la declaración y el escrito en la delegación más próxima a tu residencia. El escrito debes dirigirlo al Departamento de recaudación.
Un saludo y suerte.
Hola, os comento mi caso particular.
ResponderEliminarYo estaba apuntado en la oficina de empleo de mi localidad en el año 2005. En Septiembre de ese mismo año, acepté un empleo para 6 meses, (septiembre 05 a febrero 06) en una localidad de otra provincia por lo que tuve que irme a vivir allí. Entré a vivir en un piso con unos compañeros de trabajo que ya tenían el piso y tenían contrato para 1 año a su nombre, por lo que entré con ellos sin firmar contrato, tampoco me empadroné porque no lo veía necesario para 6 meses.
Hasta aquí todo bien, luego vi la oportunidad de solicitar la deducción por movilidad geográfica y la solicité para la renta del 2005. Como la ley dice que se puede solicitar durante dos años consecutivos... pues la solicité también para la renta del 2006, al estar en dicho año trabajando allí hasta febrero.
El problema viene ahora, pues me han pedido que justifique la deducción por movilidad geográfica del año 2006.
2 dudas:
- No tengo la tarjeta de demandante de empleo del año 2005, puesto que como no me la pidieron para 2005, pues ya no la tengo guardada. ¿Podría conseguir de alguna forma un justificante de que aparecía como demandante ese año?
- No tengo contrato, ni me empadroné como os he comentado. ¿Sería imprescindible para justificar la movilidad geográfica?
Solo dispongo de un certificado de vida laboral, el contrato de trabajo, y si puedo conseguir el justificante de ser demandante de empleo. ¿Sería suficiente para realizar una alegación? Gracias.
Hola:
ResponderEliminarPara considerarlo mobilidad hay algun minimo de km de distancia, tienen que ser provincias diferentes o comunidades. Ej: yo estoy en el paro en granollers y me ha salido trabajo en otro municipio a 30-40 km, si me voy de alquiler y empadrono en este nuevo, se considera mobilidad. Gracias y saludos.
Hola!
ResponderEliminarMi consulta es la siguiente: En la declaración del año pasado conseguí que se me aplicara la deducción por movilidad geográfica, simplemente con llamar por teléfono y modificar mi borrador. Cumplía la condición de estár como demandante de empleo y combrando el subsidio por desempleo en Granada y aceptar un contrato de trabajo para la Junta de Andalucia (Educación) en Almería. No me pidieron justificante alguno ya que a ellos ser aparecia como pagador el SAE y luego la Junta de Andalucia. Trasaledé mi residencia pero no tenía contrato de alquiler, ni me empadroné en Almería ni cambie mi domicilio fiscal.
Pues bien, este año creo que tengo derecho a que se me aplique por segunda vez la deducción que me aplicaron el año pasado. Sigo trabajando para la Junta en Almería. Pero como el año pasado, no me he empadronado, ni cambiado el domicilio fiscal y tengo contrato de alquiler.
¿Tengo derecho a que se me aplique la deducción por movilidad geográfica? ¿Si llamo a hacienda para que me la incluya en el borrador y luego me piden papeles de alquiler, etc, podrian retirarme esta deducción y la que se me aplicó el año pasado?
Este comentario ha sido eliminado por un administrador del blog.
ResponderEliminarBuenas noches Anónimo (09/06/08), antes de nada gracias por confiar en nosotros.
ResponderEliminarEn principio el mayo problema que vas a tener es el de justificar que residias en el sitio donde conseguistes el trabajo.
El tema de justificar el haber estado apuntado al paro durante el 2005, creo que puedes solicitar un certificado de haber estado apuntado en tu oficina del paro.
El contrato de trabajo es un justificante de que el traslado es por motivos laborales, pero no justifica el traslado. Si has leido alguno de los comentarios anteriores puedes verlo claramente.
No quiero ser pesimista, pero veo complicado que te acepten la movilidad geográfica, si no puedes justificar tu residencia habitual en el municipio donde curras.
Un saludo y suerte.
Buenas noches Anonimo (08/06/08) y gracias por participar.
ResponderEliminarLa respuesta es no, la ley no establece un mínimo de distancia, ni tampoco que sea a diferentes provincias, simplemente tiene que ser un cambio de municipio.
Por lo que se entiende que si podrías aplicar la movilidad geográfica.
Un saludo.
Buenos días,
ResponderEliminarOs planteo un caso complicado a ver que os parece.
En Febrero del año 2007 me marcho a trabajar a Sevilla, siendo de Madrid y sin modificar mi domicilio fiscal, ni estar inscrito como demandante de empleo.
En Julio del mismo año, causo baja en la empresa que me tenia contratado en Sevilla, viajo a Madrid para atender unas necesidades familiares, me inscribo como demandante de empleo en Madrid, y a los pocos días soy contratado en Madrid.
Con una interpretación ortodoxa de la norma esta "vuelta a Madrid" no permitiria en mi opinión la deducción por movilidad, pero he encontrado doctrina del Tribunal Supremo en la que diferencia el concepto de domicilio y el de residencia, siendo este segundo un concepto "de hecho". ¿que os parece?, ¿creeis que la permanencia de 150 días en Sevilla y el aportar contrato indefinido permite acreditar que este es mi residencia habitual?.
Gracias
Jorge
Buenas noches Jorge, antes de nada gracias por participar y dar ideas en el blog.
ResponderEliminarEn cuanto a si tienes derecho o no a la reducción por movilidad geografica, la ley es clara en ese sentido, y establece las condiciones que hemos mencionado en el articulo y en muchos de los comentarios anteriores.
En tu caso podría aplicarse si te apuntastes en el paro en un Municipio de Madrid y conseguistes el curro en otro.
En cuanto a lo de la sentencia del Tribunal Supremo, hay que ver en que contexto lo esta diferenciando, fijate, que para Hacienda, eres residente en España si vives aqui como mínimo 183 días.
Un saludo.
duda:
ResponderEliminarel borrador ha sido entregado.
A mi amiga le sale a pagar 1200 eueros porque le han retenido un 6% menos de lo que le corresponde por movilidad geográfica, pero ahora hacienda se lo rescata.
Como se ha de solucionar esto?
ella vive en municipio ditsinto desde el 2006, pero en esa declaraciój no redujo nada.
Puede hacerloe ste año?
A ver si nos podeis ayudar, tenemos un lio??
Buenos días Juan Carlos y disculpa por el retraso en la contestación, pero el tiempo libre es mínimo en estas fechas.
ResponderEliminarVamos a ver tu caso, el problema que tienes es la falta de algún documento que justifique tu cambio de residencia al conseguir el trabajo.
Como comentastes en la Renta del 2006 ya te aplicastes la deducción por movilidad goegráfica y en principio no te la rechazarón.
En cuanto a si la puedes volver a aplicar este año, si puedes, ya que es aplicable durante dos años, el año en el que se lleva a cabo el traslado y el siguiente.
En cuanto a que ocurriría si te piden justificantes. Pues, tendrías que presentar la tarjeta de demandante de empleo en tu lugar de origen, el contrato de trabajo y buscar toda la documentación que te pueda acreditar que estas viviendo en Almeria.
Me imagino que habras cambiado la domiciliación de los bancos, de las facturas, para que te llegue el correo a la nueva casa, ¿tendrás que estar viviendo en algún sitio? y aunque no tengas contrato de alquiler, pagaras facturas, de agua, luz, telefóno, etc..
En el caso de que te acepten la reducción, te mandarían una declaración paralela, en la que no estaría incluida y tendrías que pagar la diferencia si no consigues demostrarles la movilidad goegráfica.
Un saludo.
Buenos días Anónimo (17/06/08) y gracias por participar.
ResponderEliminarEfectivamente al declarar en la empresa la movilidad geográfica el porcentaje de retencion en nómina baja.
Por otro lado esta medida se entiende va acompañada en la declaración de la renta, de la aplicación de la reducción por movilidad geográfica, lo cual compensa esa reducción de las retenciones.
En cuanto a la aplicacion de la movilidad geografica en el 2007.
1- Tiene derecho a aplicarla en 2006 (año en el que se produce el traslado de residencia) y en el siguiente, por lo que en 2007 también podría.
2- Como en la renta 2006, no se aplico la movilidad geográfica, para poder aplicarla este año, tendría que presentar un escrito en Hacienda, en el que solicite que se le aplique dicha reducción en la declaración del 2006, alegando que por error o desconocimiento no se aplico en su momento y que cumple con los requisitos para ello (asegurate bien de cumplirlos).
3- Como ya presento el borrador del 2007, no le queda otro remedio que presentar una declaración sustitutiva del borrador, las declaraciones sustitutivas, son una copia de la presentada anteriormente pero añadiendole los datos que faltaban.
4- Junto a la declaración sustitutiva debe presentar en Hacienda, una solicitud para que se tenga en cuenta esta nueva declaración sustitutiva y no se grabe la anterior (el borrador).
En resumen:
Tienes que ir a Hacienda y presentar lo siguiente:
1- Escrito en el que solicitas que se te incluya en la renta 2006, la movilidad geográfica.
2- Escrito en el que pide a Hacienda se acepte la declaración sustitutiva del borrador 2007 que ya presentastes y junto con este escrito la nueva declaración con la movilidad geográfica aplicada.
Un saludo y espero que no haya sido muy liosa la explicación.
Buenos días.
ResponderEliminarMi duda es la siguiente:
En agosto de 2006, cuando terminé la carrera me di de alta en el paro en la localidad donde vivía y donde estoy empadronada. En los 6meses siguientes no renové la tarjeta del paro, aunque no encontré trabajo. En febrero de 2007 me contrataron para trabajar en otra provincia y cambié mi residencia, tengo un contrato de alquiler que lo demuestra, pero no cambié mi empadronamiento. Como es la primera vez que presento una declaración de la renta nunca he tenido domicilio fiscal, lo voy a rellenar en esta declaración y será en la ciudad donde trabajo.
¿Tengo derecho a esta deducción? ¿El hecho de no haber renovado el paro es un inconveniente? ¿El no tener domicilio fiscal?
Muchas gracias por vuestra ayuda.
Buenas noches Laura y gracias por participar.
ResponderEliminarEn principio cumples los requisitos para la movilidad geográfica, el único problema que te pueden plantear es el no haber renovado las tarjetas del paro.
El domicilio fiscal, probablemente lo tienes en el domicilio de tus padres o de la ultima persona que te declaro en renta.
Por lo que te recomiendo que lo cambies lo antes posible. El tener un contrato de alquiler también ayudadaría bastante ;).
Un saludo
Buenas:
ResponderEliminarQuisiera saber cuales son los pasos a seguir para la mobilidad geográfica. Mi caso es que estoy dado de alta en el INEM de mi domicilio que es en Cataluña, pero me ha salido trabajo en Madrid, la duda es si a la firma del contrato la dirección de empadronamiento debe ser la de cataluña y se modifica por la de madrid luego de la firma. Es necesario empadronarse o es suficiente con el cambio del domicilio fiscal en Hacienda?. Gracias y saludos.
Buenos días Anónimo del 01/07/08 y gracias por participar.
ResponderEliminarEn principio tienes que ir tranquilo a Madrid, firmar el contrato de trabajo y buscar piso (no te olvides de un contrato de alquiler), ya que como has visto en comentarios anteriores, es dificil de justificar la residencia en casa de familiares. El empadronamiento es una buena opción como justificante de traslado de tu residencia y para ser más precavidos aún el cambio de residencia fiscal, que no cuesta nada y puede ser algo determinante en caso de tener que justificar la movilidad geográfica.
Eso sí, una vez firmado el contrato , no demores los demás tramites, para que todo sea en unos plazos de tiempo lógicos.
Un saludo.
hola. termine mi contrato de trabajo el pasado 31 de mayo en un municipio de huesca, y alli me apunte a la ofiina del paro. ahora por cuestiones familiares y sin trabajo todavia, me he venido a vivir a barcelona, ciudad en la q pienso quedarme a vivir de momento. mis preguntas son las siguientes: 1ª: tengo q empadronarme aqui rapidamente?
ResponderEliminar2ª: tengo q trasladar el paro aqui? 3ª cuanto tiempo tengo para hacerlo?
muchas gracias, pero son dudas que jamas me habia tenido q plantear, siempre he estado trabajando donde vivia,
Buenas tardes y gracias por participar, si la idea que tienes es acogerte a la movilidad goegráfica cuando consigas curro en Barcelona, te recomiendo que no hagas nada aún, que mantengas el paro en Huesca y que no te empadrones, ni cambies la residencia, hasta que encuentres el trabajo.
ResponderEliminarUn saludo
ya se q a estas alturas puede parecer una pregunta absurda pero por si acaso..: yo tenia un contrato indefinido en alicante, dond estoy empadronado, y me ofrecieron un trabajo mejor en madrid, donde me traslade, con lo q supone de gastos de alquiler, etc.. ¿no me puedo acoger a las ayudas de movilidad? ¿existen otras? muchas gracias
ResponderEliminarBuenos días Anonimo, antes de nada gracias por participar y nunca es tarde para aprender y evitar errores que nos pueden costar algún dineriro.
ResponderEliminarEn tu caso por lo que entiendo es un cambio de trabajo sin pasar por el paro. Por lo tanto en lo que se refiere a la reducción por movilidad geográfica no tendrías derecho.
La ley establece que claramenete tienes que estar apuntado al paro. Por lo que te recomiendo que si vas a llevar a cabo el cambio de empleo y de ciudad por esto último, antes de firmar el nuevo contrato deberías darte de alta en el paro de tu ciudad de origen.
Un saludo.
Hola tengo una pequeña duda con el tema de la movilidad geografica, yo soy previsor y esto es para la campaña del 2008, pero quiero tenerlo preparado todo y tener tiempo de maniobra para que no me falte nada (aunque se que lo típico en estos casos es preguntar el 29 de junio).
ResponderEliminarTrabajo en obra industrial y cuando finalizo cada proyecto me hacen finiquito, y si hay otro proyecto, la misma empresa me vuelve a contratar generalmente en otra localidad.
En los días que estuve desempleado me apunté en el INEM como demandante de empleo en Madrid, de hecho me apunté el mismo día en el que luego me contrataron (no tenía casi tiempo).
Ahora trabajo en Andalucía, tengo un contrato para demostrarlo, pero estoy compartiendo piso con un compañero que llegó antes y tiene el contrato de alquiler a su nombre.
¿Cómo puedo demostrar el cambio de domicilio sin el contrato de alquiler? Porque si me empadrono aquí, igual pierdo la deducción por vivienda habitual, dado que no estoy viviendo permanentemente en la casa por la que pago la hipoteca al banco.
¿Son compatibles ambas deducciones? porque no puedo vivir en los dos sitios a la vez, aunque lo que si hago es pagar por dos viviendas.
Muchas gracias por anticipado.
Buenas tardes Felipe, antes de nada gracias por participar.
ResponderEliminarEn cuanto a tu situación, lo primero que tienes que tener en cuenta es que la movilidad geográfica y la deducción por vivienda habitual, son incompatibles cuando hablamos de diferentes lugares. Es decir tanto en un caso como en el otro tienes que especificar tu residencia habitual para poder aplicarlas y si son en municipios diferentes, tendras que renunciar a alguna.
Lo que tienes que ver es:
1-Con cual obtienes una deducción mayor y más duradera.
2-En caso de tener dudas sobre que cuele, elegir la más segura.
En tu caso para la movilidad, sino consigues que cambien el contrato de alquiler para aparecer tu como inquilino, la única opcion es el cambio de residencia, por lo que la deducción por vivienda habitual tendrías que olvidarla.
Un saludo y espero que te haya servido de ayuda
Gracias a ti por el asesoramiento gratuito, Blackdos.
ResponderEliminarEn mi caso el contrato lo firme a primeros julio, con lo que tengo los seis primeros meses del año y una semana de empadronamiento en mi casa, por lo que ya me podría desgrabar por adquisicion de vivienda ya que es mas de medio año, luego también tengo el cambio por movilidad geográfica, ¿serían compatibles en este caso?
Buenas noches Felipe, serían compatibles en el caso en que te hubeieras desplazado por trabajo al mismo municipio en el que tienes el piso de tu propiedad.
ResponderEliminarEn caso de el piso de tu propiedad y el trabajo sean en municipios diferentes, son incompatibles.
Un saludo
buenas, siento insistir en el tema pero es que no lo veo claro. En mi caso podría aplicar el motivo de traslado laboral para seguir deduciendome por la vivienda aunque no resida en ella, y ademas deducirme tambien la movilidad geografica, copio el texto que me he encontrado para que me digais si es correcto o no.
ResponderEliminarGracias.
" Concepto de vivienda habitual.
El TRIRPF (RD 3/2004) establece los requisitos y condiciones necesarios para que una vivienda tenga a efectos fiscales el carácter de habitual y así, se establece que:
* Con carácter general se considera vivienda habitual del contribuyente la edificación que constituya su residencia durante un plazo continuado de, al menos, tres años.
* Se entenderá que la vivienda tuvo el carácter de habitual cuando, a pesar de no haber transcurrido dicho plazo, se produzca el fallecimiento del contribuyente o concurran otras circunstancias que necesariamente exijan el cambio de domicilio, tales como celebración de matrimonio, separación matrimonial, traslado laboral, obtención del primer empleo, o cambio de empleo, u otras análogas justificadas. "
Buenas noches Felipe, efectivamente como tu dices, el traslado por motivos laborares es una de circunstancias por las que se pueden interrumpir los plazos de la vivienda habitual, pero si te fijas en el post y continuas leyendo un poco mas abajo en la ley, nos sirve para evitar la sanción, pero en cuanto se produzca dicho condicionante, se dejara de aplicar la deducción.
ResponderEliminarEs decir, si desde que declares la deducción por movilidad geográfica, sera incompatible.
Un saludo.
Hola, blackdos. El curso pasado estuve trabajando como funcionario interino para la Conselleria de Educación de Valencia, en un Instituto en Ayora. Este curso (2008-2009) me han ofrecido, también como interino, una vacante en Morella (a 200 kilómetros de mi residencia actual, que es en Chiva). El tema es que mi interinaje anterior finaliza el 31 de agosto, y el próximo comenzará el 1 de septiembre. Por lo tanto, existe continuidad, tanto en la empresa (Conselleria de Educación) como en las fechas de contratación. Y sin embargo, son dos interinajes diferentes, y los puestos de trabajo se encuentran a una distancia de 300 kilómetros entre ellos. ¿Crees que hay alguna posibilidad de solicitar reducción por movilidad geográfica? (De cara a la declaración IRPF de 2008) Gracias
ResponderEliminarBuenas noches Victor, antes de nada agradecerte que confies en este blog.
ResponderEliminarEn principio tengo que decirte que no tendrias derecho a la reducción por movilidad geográfica, ya que es condición indispensable que estuvieras apuntado en el paro, y que fuera por conseguir trabajo en otro municipio que tuvieras que cambiar tu domicilio.
Un saludo.
Hola de nuevo,Blackdos, ¿crees que existe alguna posibilidad si el 31 de agosto estoy apuntado en el paro, dado que el contrato anterior finaliza el 31 de agosto y el siguiente comienza el 1 de septiembre? En realidad me quedo desempleado, apuntado al paro y comienzo una nueva relación con movilidad geográfica (eso sí, al día siguiente y con la misma empresa). ¿Valdría la pena intentarlo? Saludos y gracias por tu rapidísima respuesta anterior.
ResponderEliminarBuenas noches Victor, emprincipio haciendo eso cumplirias con el requisito de demandante de empleo y podría pasar, pero teniendo el riesgo de que en caso de revisión por parte de Hacienda, te puedan quitar la deducción, ya que, es una trampilla, fijate que no cambias de empresa.
ResponderEliminarUn saludo
Hola:
ResponderEliminarAnte todo gracias por la posibilidad de comentar las dudas sobre este tema.
Quisiera preguntarte sobre mi caso: Actualmete llevo 1 año en el paro en Barcelona y ahora me ha salido un trabajo en Madrid, para aplicar la movilidad que pasos debo seguir, el contrato de trabajo debe tener mi domicilio de barcelona y luego que lo firme es que debo hacer el modelo 030 de hacienda y empadronarme, cuando es que se justifica todo en la proxima declaracion? y para ello que debo llevar?, en el INEM me tienen que dar algún documento como que estoy dado de alta en barcelona? Gracias por todo y un saludo
Hola:
ResponderEliminarUna pregunta en caso de comenzar a trabajar ahora en septiembre y cumpliendo con la moviliadad, puedo cambiarme de domicilio (modelo 030 y empadronamiento) en el mes de enero para comenzar a aplicar la movilidad desde ese mes, lo digo porque este año solo aplicaria 3 meses. Gracias y saludos.
Buenas noches Anonimo (03/09/08), antes de nada agradecerte tu confianza.
ResponderEliminarEn principio, para poder aplicarte la reducción por movilidad geográfica tienes que cumplir una serie de condiciones.
Vamos a ver esas condiciones aplicadas a tu caso. Tal y como entendi, estas viviendo en Barcelona y en el paro y vas a conseguir trabajo en Madrid, con todo esto sería:
1- Estar apuntado como demandante de empleo en Barcelona.
2- Firmar el contrato de trabajo, fijandote que el puesto de trabajo sea en Madrid, la dirección tuya dependerá de si en ese momento ya has consegido piso en Madrid o no.
3- Es muy aconsejable que presentes el Mod 030 con tu cambio de domicilio a Madrid (mejor que lo presentes por escrito y que te quedes la copia sellada por Hacienda por si las moscas)
4- Si vas de alquiler, asegurate de que tu nombre aparezca en el contrato de alquiler, por el tema de compartir piso.
Con todo eso no deberías tener problemas para aplicar la reducción.
En cuanto a lo de presentar los justificantes, la documentación en la que te basas para preparar tu renta no la tienes que presentar en Hacienda, salvo que sea la Agencia Tributaria quien te la reclame para alguna comprobación. Por lo general suele ser mediante carta certificada.
Un saludo.
Buenas noches Anonimo, este último comentario no lo habia visto aún ;).
ResponderEliminarEl modelo 030 debes de presentarlo en Enero, ya que la ley establece que la reducción por movilidad geografica, es el año en el que se produce el traslado por motivos laborales y el siguiente. Entiendo que sería complicado justificar el retraso para aplicar la reducción.
De todos modos, en el tema de la declaración, date cuenta que Hacienda no entiende de meses, es decir, tu declaras por tu situación a 31 de diciembre, lo cual significa que pera la renta del 2008, tu reducción por movilidad geográfica sera la misma que si te hubieras trasladado en enero.
Un saludo.
Buenas noches.
ResponderEliminarEn primer lugar agradecer la existencia de este blog, porque desde que me comentaron unos compañeros el tema de la deducción por movilidad geográfica he estado buscando y preguntando y nadie me sabia responder. Por aquí sí que parece que las cosas estan claras y que soy conocedores del tema.
Como el resto, me gustaria comentarte mi caso particular.
Soy valenciana, empadronada en Valencia, que desde hace 4 años trabajo en barcelona, pero sin cambiar ni padrón ni domicilio fiscal en todo este tiempo.
Este año 2008 he estado trabajando para la generalitat de catalunya, pero en agosto me apunté al paro en Valencia, puesto que mi interinaje habia terminado.
Como he aprobado las oposiciones, el 1 de septiembre he empezado a trabajar como funcionario para la Generalitat de Catalunya, por lo que ahora que ya es definitivo, he pensado en empadronarme y regularizar mi situación.
El contrato de trabajo es para un pueblo, sant boi, que está a 20 km de Barcelona, y el piso que tengo alquilado desde hace 4 años está en BCN capital.
Las preguntas son las siguientes:
1. ¿Podria beneficiarme de la deducción por movilidad?
2. ¿Crees que habria algun inconveniente si el contrato de alquiler está a mi nombre desde hace 4 años, aunque "formalmente y sobre papeles" yo haya residido fiscamente y esté empadronada hasta día de hoy en valencia?
3. ¿He de realizar ahora algún trámite además de empadronarme o simplemente será marcar la casilla correspondiente en la declaración de la renta?
Muchas gracias por tu ayuda y sobretodo, por tu tiempo.
Un saludo,
Maria
Buenas tardes Maria y gracias por participar en el blog.
ResponderEliminarSi no entendi mal en tu explicación, aunque has estado trabajando en Barcelona, simpre has estado empadronada en Valencia y ahora que acabo el trabajo, te has apuntado al paro en Valencia.
En principio, cumplirías con las condiciones marcadas por la ley:
1- Estar apuntada como demandante de empleo en Valencia.
2- Conseguir trabajo en Barcelona.
3- Cambiar tu residencia por motivos laborales.
Con todo esto, en principio, entiendo que cumples con los requisitos para aplicarte la reducción por movilidad geográfica.
El tema del contrato de alquiler en Barcelona, no debería ser un problema, y que en caso de que te digan algo, puede pelearse y creo que ganarse. (Recuerda que la ley depende de como se interprete).
Las distancia entre tu punto de trabajo y el piso, es donde puede haber problemas, ya que se espera que te traslades al municipio donde vas a trabajar. Aunque la ley no menciona expresamente que tenga que ser el mismo municipio que el del trabajo.
Eso sí es recomendable que aparte de empadronarte, cambies en Hacienda tu dirección fiscal.
Un saludo y gracias de nuevo.
Buenas tardes,
ResponderEliminarSoy Maria, escribí hace dos días.
Únicamente queria dar las gracias por la rápida y detallada respuesta que me has dado.
Estoy muy agradecida. No es fácil encontrar gente dispuesta a ayudar a los demás sin pedir nada a cambio.
Mil gracias de mi parte y mi enhorabuena por el blog.
Maria.