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24 de enero de 2011

Modelo 145: Modificaciones para el año 2011

Buenos días a todos, desde primeros de este mes está disponible en la web de Hacienda el nuevo modelo 145, que entro en vigor el día 3 de enero.

Como muchos sabrán el modelo 145 es aquel, que usamos los trabajadores para comunicarle a la empresa nuestra situación personal, incluyendo todos los datos que son necesarios para el cálculo de la retención que nos corresponde en nómina. Para aquellos que quieran saber más sobre el modelo 145, en el blog tenemos publicado un artículo en el que se explica con más detalle, Nuevo modelo 145 de Comunicación de Datos al Pagador.

En cuanto a las novedades en este modelo para el 2011, son las siguientes:

1-      Posibilidad de su presentación telemática. Comunicando los datos por internet directamente a la empresa.

2-      Adaptación del modelo a la modificación en el IRPF relacionada con las deducciones de la hipoteca, en este caso, el apartado designado en el modelo para tal hecho, pasa de tener una casilla a tener dos, las cuales marcaremos en función de las condiciones que cumplamos. Estas casillas son excluyentes, es decir, sólo podemos marcar una de las dos, diferenciándose en ambas básicamente en función de la fecha de adquisición de la vivienda.

Un saludo a todos.

21 de enero de 2011

IRPF: Programa de Ayuda Calculo Retenciones 2011

Desde el 28 de diciembre de 2010 se encuentra disponible el programa de ayuda para el cálculo de las retenciones del trabajo personal para el ejercicio 2011 (versión 1.00) en la página web de la AEAT.

retenciones_2011

Como siempre decimos, nunca esta de más revisar que nos esten calculando bien las retenciones en la empresa, también hay que tener en cuenta que si ha cambiado en algo nuestra situación familiar hay que comunicarselo a la empres mediante el modelo 145.

Para poder acceder al programa pincha en Programa Calculo Retenciones 2011

Un saludo.

19 de enero de 2011

IGIC: Limite 2011 obligación de liquidar IGIC

Buenos días a todos, como todos los meses de enero, una de las resoluciones más esperadas en Canarias, es la que hace referencia al límite para estar obligado o no al IGIC.

Como muchos saben, en Canarias, cuando nos damos de alta como autónomos, durante el primer año estamos exentos de liquidar IGIC, es lo que en muchas facturas aparece en pequeñito (Exento de IGIC por art. 10.1.28).

Ese famoso art.10.1.28, a parte de ser uno de los más extensos de la Ley 20/1991 que regula el Régimen Económico y Fiscal de Canarias y por lo tanto el IGIC, es el artículo que establece una seríe de actividades exentas de IGIC y la conocida como franquicia del IGIC, que viene a ser ese límite por el cual, el primer año de actividad se esta exento de IGIC y hasta que se supere el limite establecido de facturación, que anualmete revisa el Gobierno de Canarias.

17 de enero de 2011

Novedades 2011 Oficina Virtual Tributaria del Gobierno de Canarias

Buenos días a todos, estamos inmersos en los impuestos relacionados con el último trimestre del 2010 y sus resúmenes anuales, motivo por el cual, pedimos disculpas si nuestro ritmo de publicación se ve afectado.
En este pequeño articulo, vamos a recordar la aparición de las nuevas versiones de los programas de ayuda para algunos modelos del Gobierno de Canarias:
 
1.       Modelo 600 Impuesto de Transmisiones Patrimoniales  y Actos Jurídicos (ITPAJD) Documentados, aparece la nueva versión      5.1.1 para el 2011, que por fin podremos presentar telemáticamente.

2.       Modelo 411 Devolución Mensual del IGIC aparece la nueva versión que permite también su presentación telemática.

3.       Modelo 620 (ITPAJD) para el traspaso de vehículos de segunda mano, en este caso es la versión 4.1.2, incorpora la nueva tabla de precios medios del 2011.

4.       Modelos 660-650, 651, 652, 653 Impuesto sobre sucesiones y donaciones en su versión 1.0.4.

Ya sé que este articulo a simple vista parece trivial, pero hay que tener cuidado con presentar estos impuestos con los modelos atrasados, ya que nos podemos llevar una sorpresa.

Por otro lado, hay que felicitar al Gobierno de Canarias, no siempre damos palos, por el esfuerzo que están llevando a cabo para intentar equiparse con la Hacienda Estatal en el aspecto de las presentaciones telemáticas

7 de enero de 2011

Calendario Fiscal: Plazos Cuarto Trimestre 2010

Buenos días a todos, se acaban las fiestas navideñas y llega la dura realidad, llega el cuarto y definitivo trimestre del 2010, junto con todos los resúmenes anuales.

Como siempre desde Conoce Tus Impuestos recordarles las fechas más importantes:

Modelo
Descripción
Domiciliación
Fin de Plazo
110
Retenciones del Trabajo y Profesionales
15/01/2011
20/01/2011
115
Retenciones de Alquileres
15/01/2011
20/01/2011
130
Pago a Cuenta IRPF
25/01/2011
31/01/2011
131
Pago a Cuenta IRPF (Módulos)
25/01/2011
31/01/2011
180
Resumen Anual del 115
-
31/01/2011
190
Resumen Anual del 110
-
31/01/2011
303
IVA General
25/01/2011
31/01/2011
349
IVA Operaciones Intracomunitarias
-
31/01/2011
390
IVA Resumen Anual
-
31/01/2011
420
IGIC General
-
31/01/2011
421
IGIC Régimen Simplificado
-
31/01/2011
425
Resumen Anual del IGIC
-
31/01/2011

Recordar también que las SL y SA, deben presentar los modelos telemáticamente, por lo que la opción más comoda es la domiciliación, para evitarnos ir a pagar y obtener el NRC.

Las domiciliaciones son cobradas por Hacienda el último día del plazo de presentación del modelo, por lo que hay que tener cuidado con el saldo disponible en esas fechas.

Un saludo a todos.

Trabajo Propone Cambiar el Regimen de los Empleados del Hogar

Feliz Año 2011 a todos.

El primer articulo de este año 2011 va destinado al empleo, a uno de los proyectos que tiene el Ministerio de Trabajo en su cartera y que en nuestra opinión deber ser tomada en serio. Este proyecto intenta evitar la economía sumergida (trabajo en negro), dentro del sector de las empleadas del hogar.

Como todos sabemos el sector de las empleadas del hogar es tal ves uno de los pocos sectores donde hay mas trabajadores/as que trabajan en negro de los que estan legamente reconocidos. Así los datos "estimativos" de La Asociación Española de Servicios a la Persona (AESP), calculan que en españa puede haber entorno al millon de personas trabajando en negro dentro de este sector.

Pues bien, el proyecto del Ministerio de Trabajo, va encaminado a permitir que por ejemplo las empleadas del hogar puedan ser contratadas por empresas de Servicios a la Persona y que no tengan que ser contratadas directamente por las familias, hecho este, que permitiría que las empleadas del hogar cotizacen para el paro y tuvieran cubiertos los accidentes laborales.

Esta medida, no sólo afectará a las empleadas del hogar, que es tal vez la parte más visible, sino también a un gran número de personas que se estan dedicando a prestar todo tipo de servicios en domicilios (hay que tener en cuenta por ejemplos a las niñeras, personal de compañia para personas mayores, profesores particulares, etc..).

Hasta ahora las empleadas del hogar tenían un regimen especial, al estilo del de los autónomos pero más light, con unas cotizaciones inferiores, que no daban derecho a paro y que por lo general dicha cuota erá compartida entre el titular del hogar y el trabajador, salvo que este último preste sus servicios en varios hogares.
Con el nuevo sistema que se plantea, el trabajador del hogar sería contratado por una empresa de servicios, lo que permitiría que estuviera en el régimen general de la seguridad social (como otro trabajador por cuenta ajena cualquiera), lo que su pone tener derecho a paro y a estar cubierto en caso de accidente de trabajo.

Así La Asociación Española de Servicios a la Persona (AESP), entiende que con este nuevo sistema se podrían legalizar entorno a 700.000 puestos de trabajo, para lo cual, plantean la necesidad de crear unas bases de cotización especiales y de permitir la deducción del gasto en empleados del hogar de las familias en el IRPF.

A la espera de saber como se va desarrollando este proyecto por parte del Ministerio de Trabajo, pinta bien.

1 de enero de 2011

IRPF: Simulador Renta 2010

El 16 de diciembre de 2010 la Agencia Tributaria, en su página web, ha puesto a disposición de todos los contribuyentes el simulador que ha sido confeccionado por ella para facilitar la realización de los cálculos de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas referida al ejercicio fiscal 2010, a presentar en 2011.

El simulador calcula el resultado de la hipotética declaración en función de los datos introducidos por el propio contribuyente, pero no tiene validez jurídica, ya que únicamente se trata de un instrumento de ayuda para quien quiera planificar o conocer con antelación cuál podría ser la cuota a ingresar o a devolver en su futura declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

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