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17 de enero de 2011

Novedades 2011 Oficina Virtual Tributaria del Gobierno de Canarias

Buenos días a todos, estamos inmersos en los impuestos relacionados con el último trimestre del 2010 y sus resúmenes anuales, motivo por el cual, pedimos disculpas si nuestro ritmo de publicación se ve afectado.
En este pequeño articulo, vamos a recordar la aparición de las nuevas versiones de los programas de ayuda para algunos modelos del Gobierno de Canarias:
 
1.       Modelo 600 Impuesto de Transmisiones Patrimoniales  y Actos Jurídicos (ITPAJD) Documentados, aparece la nueva versión      5.1.1 para el 2011, que por fin podremos presentar telemáticamente.

2.       Modelo 411 Devolución Mensual del IGIC aparece la nueva versión que permite también su presentación telemática.

3.       Modelo 620 (ITPAJD) para el traspaso de vehículos de segunda mano, en este caso es la versión 4.1.2, incorpora la nueva tabla de precios medios del 2011.

4.       Modelos 660-650, 651, 652, 653 Impuesto sobre sucesiones y donaciones en su versión 1.0.4.

Ya sé que este articulo a simple vista parece trivial, pero hay que tener cuidado con presentar estos impuestos con los modelos atrasados, ya que nos podemos llevar una sorpresa.

Por otro lado, hay que felicitar al Gobierno de Canarias, no siempre damos palos, por el esfuerzo que están llevando a cabo para intentar equiparse con la Hacienda Estatal en el aspecto de las presentaciones telemáticas

2 comentarios:

  1. Si mi empresa está en la península, con domicilio fiscal en la península, tengo que emitir las facturas a mis clientes de Canarias con IGIC??

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  2. Buenas noches Anonimo del 12/07, en cuanto a las reglas de localizacion para aplicar o no el IGIC, son muy similares a las del IVA. Ojo, en cuanto a la hubicación, el mero hecho de tener un representante oficial o un almacen en Canarias, ya supone tener establecimiento y por lo tanto estar sujero a IGIC. Si no cumples ese requisito habría que ver a que se dedica la empresa. Por lo general si es prestación de servicio, se daría la inversión del sujeto pasivo y si es venta de productos, sería una exportación.

    Un saludo.

    ResponderEliminar

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