Como muchos ya sabrán este año
entra en vigor el modelo 282 “Declaración
informativa anual de ayudas recibidas en el marco del Régimen Económico y
Fiscal de Canarias y otras ayudas de estado, derivadas de la aplicación del
Derecho de la Unión Europea.”
En este artículo intentaremos ver
qué es, cuando se ha de presentar, quienes son los obligados a su presentación,
los plazos y la forma de presentarlo, así que empecemos:
·
¿Qué es
el modelo 282?
Modelo 282 |
Dentro de esta adaptación el Real
Decreto-ley 15/2014, de 19 de diciembre, de modificación del Régimen Económico
y Fiscal de Canarias, introduce la obligación por parte de los beneficiarios de
estas ayudas de presentar una declaración informativa sobre las ayudas percibidas
durante el ejercicio.
En virtud a esto, la AEAT ha
diseñado el modelo 282 “Declaración
informativa anual de ayudas recibidas en el marco del Régimen Económico y
Fiscal de Canarias y otras ayudas de estado, derivadas de la aplicación del
Derecho de la Unión Europea.”.
·
¿Quiénes están
obligados a presentar el modelo 282?
Están obligados a presentar el
modelo 282 los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas, del Impuesto sobre Sociedades o del Impuesto sobre la Renta de no
Residentes que hayan sido beneficiarios de ayudas obtenidas en virtud de todos
los incentivos aplicables en el marco del Régimen Económico y Fiscal de
Canarias así como de aquellos otros, cualquiera que sea su naturaleza, que
tengan la consideración de ayudas de Estado.
Resumiendo todos aquellos que
obtengan alguno de los beneficios fiscales del Régimen Económico y Fiscal de
Canarias (REF).
·
Plazo de
Presentación
El modelo 282, se presentara en
los mismos plazos que la autoliquidación del IRPF (Declaración de la Renta), el
Impuesto de Sociedades o el IRNR (Impuesto de la Renta de No Residentes), por
lo tanto los autónomos en los meses de mayo y junio junto con su declaración de
la renta, las sociedades en el mes de julio.
En el caso de los no residentes
sin establecimiento permanente que reciban las ayudas declarables en el modelo
282, deberán presentar una única declaración en el mismo plazo que los
contribuyentes del IRPF meses de mayo y junio.
·
¿Cómo se
presenta?
Siguiendo la tendencia de todas
las declaraciones informativas, sólo es posible su presentación por vía
telemática, por lo que seguimos insistiendo en la importancia de que los
autónomos soliciten sus certificados digitales con el fin de evitar problemas
de última hora.
En el próximo artículo, seguiremos
tratando el modelo 202, intentando explicar cómo nos afectará verdaderamente este
modelo, que es lo que hay que declarar, los límites de las ayudas y las
consecuencias del incumplimiento de los mismos.
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