Los autónomos que en 2008 hayan desarrollado también un trabajo por cuenta ajena y que, por tanto, hayan cotizado por contingencias comunes en el Régimen General y en el Régimen Especial de Autónomos (RETA), por una cantidad igual o superior a 10.440 euros, podrán solicitar ya una devolución del 50% sus cotizaciones que superen esa cantidad, según informó ayer el Ministerio de Trabajo e Inmigración.
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Blog dedicado a todas esas personas que al oir hablar de Hacienda se ponen a temblar, sienten escalofrios. Desde aqui queremos intentar que eso deje de pasar, los vamos a explicar de forma sencilla, como si estuvieramos frente a un cerveza.
30 de enero de 2009
2 comentarios:
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Hola,
ResponderEliminar¿Existe algún modelo para solicitar la devolución?,
¿dónde se ha de solicitar?
buenos días Anónimo:
ResponderEliminarPara ser sincero, existe poca información actualmente sobre esta cuestión. Lo único que te puede aclarar es esta devolución se efectuará a instancias del interesado durante el primer trimestre del presente ejercicio, por lo que te recomiendo que te persones en cualquier administración de la Seg. Social y lo solicites directamente.