Como ya mencionamos en anteriores artículos, hace unos días Hacienda presento el Calendario del Contribuyente para el 2009, en el cual, podemos apreciar algunas novedades importantes, que nos gustaría comentar.
- Los modelos 300, 320, 330 y 332 se sustituyen por le modelo 303 de autoliquidación del IVA.
- Se suprimen los modelos 201 y 255 del Impuesto sobre Sociedades.
- Obligación de presentar el modelo 340 para la declaración informativa de operaciones incluidas en los libros de registro para aquellas empresas inscritas en el registro de devolución mensual del IVA o IGIC.
Como muchos han podido deducir, estos cambios, no son moco de pavo, sino que en algunos casos nos pueden llevar a tener dolores de cabeza, un caso claro puede ser el del modelo 340, si a los asesores ya nos cuesta conseguir que algunos clientes nos den la documentación a tiempo para los trimestrales, vamos a ver que pasa cuando esto sea mensual.
Otro aspecto que nos tiene dudando es el hecho de que la devolución mensual del IGIC se realice mediante el modelo 340, que es un modelo de la Hacienda Estatal y como es sabido por muchos, no existe una gran coordinación en la Hacienda Estatal y la autonómica en algunos casos.
En definitiva que este año va a ser el de la incertidumbre de cara a los impuestos.
Les dejo un enlace al Calendario Fiscal 2009 de la AEAT
información muy interesante. Muchas gracias por publicar y difundir el calendario Fiscal.
ResponderEliminarBuenas tardes, mi pregunta es si ¿Es verdad que la declaración de la renta de 2008, el mínimo obligado para declarar ha subido de 22.000 a 24.000 euros brutos/año?
ResponderEliminarBuenas noches Anónimo y gracias por participar.
ResponderEliminarPara ser sincero desconozco aún si han cambiado los limites, por lo general esos datos suelen aparecer en febrero, pero si te vale de ayuda este límite suele cambiar en función del IPC (no siempre lo cambian).
En cuanto sepa algo del asunto pondremos la información, tanto en el blog como en la web.
Gracias por actualizarnos con este calendario fiscal.
ResponderEliminarGracias por avisar del cambio del impreso del IVA. Si no es así, entrego en abril el antiguo.....
ResponderEliminarDe nada para eso estamos.
ResponderEliminarUn saludo.
Realmente maravillosa esta idea del blog sobre impuestos. Quisiera solicitarles hablar del impuesto ICA y el tal RIT para trabajadores independientes, Gracias
ResponderEliminarBuenas noches Hosting Colombia y gracias por participar.
ResponderEliminarSin embargo siento decirte que el blog hace referencia a materia tributaria y contable española.
Gracias de todos modos y siento no poder ser de ayuda en tributos colombianos.
Un saludo.
Blackdos,¿me podrías informar de qué modelo sustituye al 201 de impuesto de sociedades? de lo del IVA ya me había informado pero me ha sorprendido la eliminación del modelo 201, la verdad es que no sabía nada.
ResponderEliminarUn saludo y gracias por tu información.
Buenos días de nuevo Nerea, el asunto del modelo 201, todavia no se encuentra bien definido, se sabe que se ha suprimido, pero no se sabe concretamente cual va a ser el que lo sustituya.
ResponderEliminarEn principio se piensa que será el modelo 200, pero incluso llamando al telefono de información de Hacienda, nos dicen que hasta que no salga la orden que lo apruebe, no se sabe cual será el modelo definitivo.
Un saludo.
Blackdos, muchas gracias por tu respuesta, me alegra que no sea la única que no sepa qué modelo lo sustituirá, ya que intento estar siempre informada.
ResponderEliminarDe todas maneras no se cómo agradecerte este blog, es una de las mejores maneras que he encontrado de mantenerme informada, hacer consultas, etc..
Llamar a los teléfonos de hacienda es realmente para desesperarse.
Saludos.