Muchas
veces nos preguntamos si podemos facturar sin darnos de alta como autónomo, si
es legal o no, si hay unos baremos a partir de los cuales el alta es
obligatoria.
La
preocupación estriba en el hecho de muchas personas se preguntan si deben darse
de alta o no debido a sus escasos ingresos, no pudiendo hacer frente al pago de
la cuota de autónomos y a los correspondientes impuestos.
La
legislación es bien clara en cuanto a este respecto: para poder emitir facturas
debo darme de alta de autónomos, independientemente de los ingresos que
obtenga.
No
obstante, el Tribunal Supremo ha determinado la obligación de darse de alta en
el régimen de autónomos en función al sueldo en aquellos casos donde la
actividad no sea habitual; controversia con la ley, la cual no se ha definido
en cuanto a cantidad mínima de sueldo, exigiendo siempre la obligatoriedad de
darse de alta.
Ya
en 2007 el Tribunal Supremo dictó una sentencia que ha sentado jurisprudencia
que establecía que no era necesario darse de alta como autónomos si los
ingresos eran inferiores al SMI. No obstante, al tratarse de jurisprudencia y
no de normativa hay que tener cuidado. En ningún caso se tendrán en cuenta los
ingresos en caso de actividad continuada.

