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3 de abril de 2009

IRPF: Aplazamiento y Fraccionamiento de la Renta

Buenos días a todos, por fin podemos ver una medida anticrisis del Gobierno, que puede ser de gran ayuda a un número importante de ciudadanos de a pie. Y es que la posibilidad de aplazar y/o fraccionar nuestra Declaración de la Renta, más allá de las opciones que por defecto nos permitía la misma, puede ser un alivio económico para muchos contribuyentes, a los que la falta de liquidez puede poner en apuros ante Hacienda.
Vamos a ver de qué se trata esa medida:
  1. Es una modificación del art. 62.2 del Real Decreto 439/2007, con el que podremos solicitar un fraccionamiento en unas condiciones más favorables de lo que es normal en Hacienda, es decir sin los famosos intereses de demora, ni la formalización de garantías (avales). Eso si, para poder solicitarlo tendremos que cumplir con unos requisitos:
    • Presentar la declaración en plazo, es decir, antes del 30 de junio.
    • Que no sea una declaración complementaria.
    • Que paguemos en el momento de la presentación el 60% del importe de la renta, es decir, que paguemos el equivalente al primer plazo de la renta, cuando elegimos fraccionarla en dos.
En el caso de que no cumplamos con estos requisitos o no queramos elegir esta opción, podremos optar por solicitar un aplazamiento normal, que vienen regulados en el art. 65 de la LGT. En este último caso, se nos concedería si cumplimos con los requisitos exigidos de situación económica-financiera, de granitas etc y aquí si habría intereses de demora. (RGR)
  1. Otra opción que tenemos es la de solicitar solo el aplazamiento o fraccionamiento del segundo plazo del IRPF, si antes no lo hemos solicitado, como se indica en el punto anterior (con esta crisis, quien sabe como estaremos en noviembre), es decir del 40% de la renta que podemos elegir pagar a principios de noviembre. En este caso podremos solicitar el aplazamiento o fraccionamiento de este pago, con las condiciones del Reglamento General de Recaudación. (RGR)
  2. En los casos que presentemos una declaración fuera de plazo o una complementaría podremos solicitar el aplazamiento o fraccionamiento, acogiéndonos a las condiciones anteriormente mocionadas en el Reglamento General de Recaudación.
  3. Lo que nunca podremos hacer es solicitar el aplazamiento o fraccionamiento del primer plazo de la renta que es el famoso 60%, por lo que de no poder hacerle frente es recomendable solicitar el aplazamiento o fraccionamiento del 100 % de la declaración para no entrar en periodo ejecutivo y generar recargos de apremio. En este caso será bajo las condiciones vistas en los puntos 2 y 3.
En definitiva, lo que se esta buscando con esta medida es que los contribuyentes con problemas de liquidez a la hora de afrontar el pago de su Renta puedan acogerse a todas las formas posibles de aplazamiento o fraccionamiento, ofreciendo además unas condiciones más ventajosas si podemos cumplir los requisitos del punto primero.

5 comentarios:

  1. PUes al fin a mi siempre me toca algo diferente,aunque el año haya ido igual.

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  2. En Enero 2009 he recibido una "Propuesta de liquidación de recargo por presentacion fuera de plazo irpf 2007" por 4 días, ya que la presenté el 4 de Julio de 2008.

    Se supone que debería haber respondido si presentaba alegaciones o no en 15 días, pero no he hecho nada y he no he vuelto a saber de Hacienda.

    Mi problema es que no tengo ningún problema en pagar el recargo, pero Hacienda al no haber respondido no me ha mandado la "Carta de Pago"

    ¿Qué debo hacer?

    Gracias por adelantado

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  3. Buenas tardes Luis y gracias por participar.

    Mi opinión es que deberias darte un salto por la oficina de Hacienda que te quede más próxima, con la propuesta que te mandarón y preguntes como va el expediente.

    Mucha gente se esconde de estas cosas y luego, los recargos aumentan, los intereses de demora.

    Por lo que entiendo que debes ir y personarte en Hacienda.

    Un saludo.

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  4. y si nos deniegan el fraccionamiento del 100 % ????

    tendremos que pagar todo de golpe o podremos escoger el 60% y luego el 40%....

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  5. Entiendo que pagarias el 60% y fraccionarias el 40%.

    Un saludo.

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