En el anterior
artículo sobre el Cheque – Trabajo, tratamos los aspectos del mismo
que deben tener en cuenta las empresas, de cara a la contratación del
trabajador portador de este instrumento de fomento de la contratación.
En este nuevo artículo
tratamos el Cheque – Trabajo desde el punto de vista del desempleado, como
obtenerlo, los plazos y las condiciones.
Requisitos para solicitar el Cheque
– Trabajo.
Podrán
obtener el título nominativo cheque‐trabajo, hasta el límite del crédito presupuestario
previsto las personas inscritas en el SCE como demandantes de empleo en situación
de desempleo, con un período de inscripción
ininterrumpido de al menos 6 meses, a la fecha de entrada de la
solicitud. Asimismo, será requisito permanecer
inscritos como demandantes de empleo en situación de desempleo hasta el momento
de la contratación objeto de la subvención.
Hasta
el 15 de septiembre de 2014 inclusive.
Documentos
necesarios para solicitar el Cheque – Trabajo.
El
modelo de solicitud, que se obtendrá exclusivamente por medio de dos vías:
En la
Página web del organismo:
http://www.gobiernodecanarias.org/empleo/,
a través del buscador de subvenciones.
En las
Oficinas de Empleo.
Lugar
de presentación de la solicitud del Cheque - Trabajo
Se
realizará exclusivamente en cualquiera de las oficinas de empleo del
SCE.
Criterios
que seguirá el Gob. De Canarias para la entrega del Cheque - Trabajo
El
programa está sujeto a la disponibilidad presupuestaria, además, se tendrá en
cuenta el registro de entrada de las solicitudes y que los solicitantes cumplan
el requisito de figurar como demandantes de empleo en situación de desempleo,
con un período de inscripción ininterrumpido de al menos 6 meses, a la fecha de
entrada de la solicitud.
¿Cómo
se reconoce al beneficiario el título como portador del cheque‐trabajo?
El
reconocimiento del título se llevará a cabo mediante una única Resolución del
director del Servicio Canario de Empleo, una vez examinada la correspondiente
solicitud, para lo cual tiene un plazo máximo de dos meses a
partir del 15 de septiembre.
Las
notificaciones a los interesados se realizarán a través de su publicación por
los siguientes medios:
Tablón
de anuncios electrónico del SCE
En el
Boletín Oficial de Canarias
El
documento acreditativo de la titularidad del cheque‐trabajo estará dissponible en las Oficinas
de Empleo para proceder a su retirada al objeto de que sirva como documento de
apoyo en el proceso de búsqueda de empleo.
Fecha
límite de vigencia del Cheque -Trabajo
El
título estará vigente hasta el 31 de octubre.
¿A qué
empresas puedo dirigirme una vez que tengo el Cheque–Trabajo?
A
cualquier empresa con capital íntegramente privado que tenga domicilio social
en Canarias.
Este
requisito se va a cambiar para que accedan todas las empresas que tengan
establecimiento permanente en Canarias.
¿Qué
tipo de contratos se pueden formalizar con el cheque‐trabajo?
4.500,00
€ por contratos indefinidos (se verificará la permanencia del trabajador
durante los dos años siguientes).
2.500,00
€ por contrato temporal con una duración mínima de 6 meses.
En ambos casos, si la jornada
es a tiempo parcial, la subvención será proporcional a la misma.
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