Buenas noches a todos, la verdad que este año la preparación de los modelos 347 y 415, están siendo un poco más duro de lo normal, sobre todo debido a las novedades que aparecen para estos modelos. Es por esto que me haya retrasado un poco en escribir este artículo y que hasta el compañero de laboral Nauzet se me haya quejado de no publicar nada.
Por todo esto espero que me perdonen en el retraso con este artículo, pero como dice el dicho más vale tarde que nunca.
La noticia es que desde el día 2 de marzo nuestra amiga Hacienda a comenzado la campaña de la Renta 2008 y como siempre lo primero que se hace es abrir el plazo de solicitudes de los tan criticados borradores. En principio hay que recordar que los borradores sólo es necesario que los pidan aquellos que en su declaración de la renta 2007 no hubieran seleccionado la casilla solicitando el Borrador y los Datos Fiscales.
Lo primero que tenemos que tener en cuenta a la hora de solicitar el Borrador es quienes pueden solicitarlo y quienes pueden solamente solicitar los Datos Fiscales, así que vamos a ver primero los que pueden obtener un borrador por parte de nuestra amiga, que serán aquellos que obtengan rentas provenientes solamente de:
- Rendimientos del trabajo. (Nóminas, pensiones, prestación del paro y todas aquellas rentas derivadas del trabajo)
- Rendimientos del capital mobiliario sujetos a retención o a ingreso a cuenta, así como los derivados de letras del Tesoro. (Intereses de cuentas corrientes, depósitos, etc...)
- Imputación de rentas inmobiliarias siempre que procedan, como máximo, de dos inmuebles. (Alquileres de pisos, locales, etc..)
- Ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, así como las subvenciones para la adquisición de vivienda habitual.(Ventas de valores, etc...)
Si quieres saber más sigue leyendo el articulo en nuestra web:
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