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9 de septiembre de 2008

El REA: Registro de Empresas Acreditadas

Buenos días a todos, hace ya uno días empezamos a recibir llamadas de clientes, dedicados sobre todo al sector de la construcción, diciendo que les estaban solicitando un certificado de estar inscritos en el REA.

Para mí que me dedico sobre todo a la parte fiscal y contable de las empresas, el REA, como tal Registro de Empresas Acreditadas, era totalmente desconocido, por lo que me decidí a investigar sobre lo que era y ante las continuas consultas me he decidido a explicar que es esto del REA.

¿Qué es el REA?.

Es un Registro de Empresas Acreditadas, que tiene como objetivo el acreditar que las empresas que operan en el sector de la construcción cumplen los requisitos de capacidad y de calidad de la prevención de riesgos laborales.

Así, a partir del día 26 de agosto de 2008 las empresas que contraten o subcontraten la realización de cualquier trabajo en una obra, deberán acreditar que sus empresas  contratistas o subcontratistas están inscritas en el Registro, solicitando para ello un certificado de inscripción.

¿Quién esta obligado a inscribirse en el REA?

imageTienen la obligación de inscribirse en el Registro de Empresas Acreditadas todas aquellas empresas que pretendan ser contratadas , o subcontratadas, para realizar trabajos en una obra de construcción.

Pero ojo, dentro del concepto de empresas hay que distinguir a los autónomos sin asalariados a su cargo, ya que en este caso, junto con el de los promotores, no están obligados a inscribirse en el REA.

En el caso de ser una empresa obligada a inscribirse, el plazo para ello finalizo el día 26 de agosto de 2008. Sin embargo tenemos conocimiento de que este plazo se ha flexibilizado debido al desconocimiento que existía de esta obligación, entre la mayor parte de las empresas. (Por lo menos en Canarias).

¿Como me inscribo en el REA?

Lo primero que tenemos que tener en cuenta, es que para poder inscribirnos en el REA necesitaremos de un certificado digital, ya que el procedimiento es on-line y tener contratado un servicio de prevención ajena (las grandes empresas se pueden permitir un servicio de prevención propio).

En cuanto a los pasos a seguir les dejo aquí en formato pdf el procedimiento, tal y como lo explica el Ministerio de Trabajo en su web.

Inscripción en el REA

 

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