Páginas

6 de julio de 2009

Permisos Retribuidos

Las circunstancias previstas legalmente en esta materia son:

1) Matrimonio

En caso de matrimonio los trabajadores tienen derecho a un permiso de 15 días naturales. Es decir, que en estos días se incluyen los festivos.

2) Accidente, enfermedad, hospitalización o intervención quirúrgica

El trabajador tiene derecho a un permiso retribuido de 2 días en caso de fallecimiento, accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando precise hacer un desplazamiento, al efecto, este plazo se amplía a cuatro días.

3) Traslado a domicilio

Se concede un día de permiso retribuido para los cambios de casa

4) Deber público y personal

El permiso se concede por el tiempo indispensable para el cumplimiento de deberes inexcusables de carácter público y personal.

En caso de que la prestación del trabajo disminuya más del 20 % de las horas laborales en un período de tres meses, la empresa puede pasar al trabajador a la situación de excedencia forzosa, manteniéndose la obligación de cotizar a la seguridad social.

+ Jurado. El desempeño de las funciones de jurado tiene la consideración de cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal. Estas funciones se retribuyen de la siguiente forma:

- Retribución diaria

- Indemnización que corresponde a los conceptos de gastos de viaje, alojamiento y manutención.

+ Asistencia a juicio. En el proceso penal, sean diligencias, sumarios o juicio oral, es inexcusable la presencia del trabajador.

En el proceso civil, como en el laboral, es indispensable la presencia del trabajador citado como testigo o perito.

5) Derecho de sufragio

El sufragio activo se encuadra dentro de los permisos que deben concederse por el tiempo indispensable para el cumplimiento del deber.

La Administración del Estado, debe adoptar las medidas precisas para que los electores que presten sus servicios el día de las elecciones puedan disponer en su horario laboral de hasta 4 horas libres para el ejercicio del derecho del voto. Estas horas deben ser retribuidas.

Cuando el trabajo se preste en jornada reducida el permiso se reduce de forma proporcional.

En caso de personas que por estar trabajando lejos de su domicilio habitual o en otras condiciones de las que se deriven dificultad para ejercer este derecho el día de las elecciones, deben posibilitar que este personal disponga, en su horario laboral, de hasta 4 horas libres para que puedan formular personalmente la solicitud de certificación acreditativa de su inscripción en el censo así como para la remisión del voto por correo.

Tanto los trabajadores por cuenta ajena como el personal al servicio de las Administraciones Públicas nombrados presidente o vocal de las mesas electorales y los que acrediten su condición de Interventores tienen derecho durante el día de la votación a un permiso retribuido de jornada completa, si no disfrutan en tal fecha del descanso semanal, y a una reducción de su jornada de trabajo de 5 horas el día inmediatamente posterior.

6) Búsqueda de empleo

Cuando se plantea la extinción del contrato por causas objetivas, el trabajador tiene derecho, a una licencia retribuida de seis horas semanales durante el plazo de preaviso, con el fin de buscar un nuevo empleo.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Bienvenidos a los Comentarios de Conoce Tus Impuestos, si quieres hacer alguna consulta no lo dudes, respondemos lo antes posible.
No olvides dejar un nombre o apodo para poder dirigirnos a ti y si tienes blog, no dudes en dejar un enlace.
Desde la nueva actualizacion de blogger los post con mas de 200 comentarios tienen problemas para cargar todos, por lo que si quieres ver más tienes que pinchar en el enlace que pone cargar más sobre estas lineas.

Compartelo