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14 de diciembre de 2007

Nuevo PGC 2008: Cambios en el Balance (I)

Buenas tardes a todos, en el anterior articulo sobre el Nuevo Plan General Contable, que entrará en vigor el 1 de enero de 2008, vimos la existencia de un PGC para PYMES y las condiciones que han de cumplir las empresas para poder acogerse a el.

Hoy vamos a ver algunos de los cambios que producirán en los balances de las empresas, una vez que entre en vigor este nuevo PGC. Tal y como comentamos en el anterior artículo, aparecerán una serie de activos y pasivos, que antes no eran considerados como tales, otros tantos desaparecen y algunos cambiaran de categoría o clasificación.

Para explicar estos cambios, creo que lo más lógico es seguir el orden que presenta un balance de situación normal, con el antiguo PGC, principalmente porque estamos más acostumbrados a verlo.

Si nos fijamos la estructura del activo básicamente es la siguiente:


Accionistas Desembolsos no Exigidos

INMOVILIZADO

Gastos de Establecimiento

Inmaterial

Material

Financiero

Acciones Propias

Deudores OT a L/P

Gastos a Distribuir en Varios Ejercicios

CIRCULANTE

Acc. Desembolsos Exigidos

Existencias

Deudores

Inv. Financieras

Acciones Propias C/P

Tesorería

Periodificaciones


Pues bien vamos a ver punto por punto:

  • Accionistas por desembolsos no exigidos: como todos sabemos, hacen referencia a las cantidades suscritas en la constitución de una Sociedad Anónima pero no desembolsadas por sus socios. En el PGC de 1991, se las consideraba como parte del Activo, sin embarco con el nuevo PGC pasan a ser consideradas como parte de los Fondos Propios en negativo, aunque en el nuevo plan ya no se habla de Fondos Propios, sino de Patrimonio Neto. Si lo pensamos un poco creo que este cambio tiene su lógica, ya que en realidad esta cuenta no es sino una minoración de la cantidad que figura en Capital.
  • Gastos de establecimiento: desaparecen en el nuevo PGC, ya que dejan de considerarse como un inmovilizado y se consideran como gastos del ejercicio. La pregunta que probablemente estés pensando es ¿Y que hago me los como con papas?, pues bien, el nuevo PGC da dos opciones para todos estos cambios, retrotraerlos hasta el año en el que se origina o bien, la que más han recomendado en las charlas que he acudido, usar una cuenta de Reserva por Adaptación al Nuevo PGC 2008. Vamos que la mayoría de los mortales, elegirán esta segunda opción por su simplicidad. Ya veremos en próximos artículos los asientos de ajuste a plantear.
  • Inmovilizado inmaterial: pasa a llamarse Inmovilizado Intangible y dentro de ellos tendremos que distinguir entre los de vida útil definida, con una amortización anual, y los de vida útil indefinida, no se amortizarán, aunque se revisará anualmente su deterioro, según comentarios de conocidos en Hacienda, se permitirá en este último caso amortizar un 10% anual los bienes.
    • Fondo de Comercio: mención especial hay que hacer a este concepto, ya que con el nuevo PGC, deja de amortizarse, pasando solamente a devaluarse, revisando anualmente su devaluación, para el Impuesto de Sociedades hay que tener en cuenta que hacienda permitirá probablemente como máximo un 5%, obligandose a dotar un reserva por el 5% del beneficio hasta que dicha reserva tenga un importe igual al del Fondo de Comercio.
    • Gastos de Desarrollo de Webs: se podrán incluir como activo, cuando se cumplán los requisitos para su activación.
  • Inmovilizado Material: Este apartado sufre una serie de cambios, así por ejemplo se divide hasta en tres clases, el Inm. Material de toda la vida, el Inm. para Inversiones Inmobiliarias y los Act. No corrientes mantenidos para la venta.
    • Inmovilizado Material: recoge los elementos usados en la actividad de la empresa.
    • Inmovilizado para Inversiones Inmobiliarias: en este apartado se incluirán aquellos locales que pueda tener la empresa para el alquiler.
    • Activos no corrientes mantenidos para la venta: Son aquellos bienes que esperamos vender en un plazo inferior a 1 año, y dejan de amortizarse. Este tipo de activo no existe en el PGC de PYMES.
  • Arrendamiento Financiero: uno de los cambios principales es que desde ahora el bien sujeto a un arrendamiento financiero se contabiliza en la cuenta de inmovilizado correspondiente a su naturaleza y no en la famosa cuenta 217. Los interéses diferidos de estas operaciones desaparecen y se aplican en las diferentes cuotas de los ejercicios correspondientes.

Bueno por hoy creo que es suficiente, en el próximo artículo seguiremos con el balance y las modificaciones que sufre.

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