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2 de marzo de 2008

La Renta de Emancipación

Buenos días a todos, hace un tiempo publique un post sobre la Reducción por Arrendamiento de Vivienda, dedicado a quienes alquilan viviendas, pero me quedaron ganas de escribir sobre las ayudas que actualmente existen para el alquiler de viviendas para los jovenes. Es decir, la famosa Renta de Emancipación.

publicidad_arribaPrimero vamos a ver en que consiste esta Renta de Emancipación, básicamente es una ayuda por el alquiler de la vivienda, destinada a los jóvenes de entre 22 y 30 años, así que los que tenemos más de 30 ..., pues a seguir viviendo en casa de los papis, o a seguir ahorrando comiendo los fines de semana en casa de los papis, al final siempre volvemos como el turrón :P.

Ahora en serio, esta Renta de Emancipación consiste en:

  • 21o € mensuales para el pago del alquiler de la vivienda habitual.
  • Un prestamo de 600 € utilizable para el pago de la posible fianza. Este no es un prestamo al uso que se devuelve mensualmente, los 600 € se devolverán al finalizar el contrato o cuando dejemos de recibir la renta de emancipación.
  • En caso de tener que pedir un aval, nos dejaran 120 € para los gastos de su solicitud.

Ya sabemos en que consiste pero, ¿podemos todos acogernos a esta ayuda?, la respuesta es NO, tenemos que cumplir los siguientes requisitos:

  1. Tener en 22 y 30 años, a los 30 la prestación finaliza.
  2. No tener ingresos regulares superiores a los 22.ooo € al año, tanto si somos currante por cuenta ajena o cuenta propia, en el último de los casos se podrán deducir los gastos necesarios para obtener los ingresos.
  3. Tener una vida laboral mínima de 6 meses, inmediatamente anterior al momento de solicitar la ayuda o tener una fuente de ingresos de 6 meses desde la solicitud, es decir, en caso de trabajo por cuenta ajena, un contrato mínimo de 6 meses. Ojo con esto que lo van a comprobar por medio de la Seguridad Social.
  4. Debemos ser el titular del contrato de arrendamiento, o uno de los firmantes.
  5. Las personas no comunitarias que lo soliciten, deberán tener el permiso de residencia permanente.

Bueno, ya hemos visto lo que podemos llegar a obtener con la Renta de Emancipación y que condiciones tenemos que cumplir, ahora vamos a ver que debemos hacer para solicitar la Renta de Emancipación.

  1. Tenemos que presentar la solicitud en el órgano pertinente de tu Comunidad Autónoma, en Canarias es el Instituto Canario de la Vivienda.
  2. La administración autonómica comprobará que se cumplen los requisitos y en dos meses dará una respuesta. Dentro de este apartado me permito comentar, que conozco casos en los que este plazo se ha dilatado varios meses más por lo que no hay que desesperar.
  3. Una vez tenemos el visto bueno, nos dirigimos a la entidad bancaria colaboradora y tras comprobar que el solicitante ha hecho el pago mensual del alquiler, la administración le ingresará la renta de emancipación.

En cuanto a los documento de que debemos presentar, basta con presentar el impreso de solicitud en el que figuran los datos personales necesarios para comprobar que se cumplen todos los requisitos como, la edad, el número de la Seguridad Social, la referencia catastral de la vivienda, el número de cuenta, etc. Y una copia del contrato de alquiler. En algunas Comunidades Autónomas se podrá solicitar documentación complementaria.

La Renta por Emancipación es compatible con la futura deducción por alquiler de la vivienda habitual que se aplicará en la Renta 2008, pero es incompatible con el resto de ayudas al inquilino del Plan Estatal de Vivienda.

Bueno espero que les haya servido de ayuda y que más de uno se puedan beneficiar de estas ayudas.

Para más información:

Vivienda Joven

Instituto Canario de la Vivienda

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