Buenos días a todos, en esta
campaña de la renta 2015, una de las frases más escuchadas tanto en los medios
de comunicación, como por los clientes es que junto con la rebaja en los tipos
del IRPF desaparecen las deducciones por adquisición de vivienda y por
alquileres.
En este artículo vamos a ver cómo
queda el tema de los alquileres para la renta 2015 y en adelante si no hay cambios
legislativos en un futuro, ya que no es tan malo como muchos dicen.
Lo primero que tenemos que saber,
es que la renta tiene una parte estatal y una autonómica que aplicaremos en
función a nuestra comunidad de residencia, por cierto, hace poco publicamos un post
explicando la residencia habitual en una comunidad autónoma.
Pues bien, lo que se ha
modificado en la última reforma fiscal y que desaparece a partir del 01/01/2015
es la deducción por alquiler de la vivienda habitual en lo que es la parte
estatal de la renta y con matices.
Muchos leyendo los titulares, no
han profundizado en esos matices y se han quedado en que desaparece la
deducción, lo cual no es del todo cierto, vamos a ver esos matices:
1. Desaparece
sólo la parte estatal, por lo que seguirá
existiendo deducción por alquiler de la vivienda habitual en aquellas CC. AA. que
la tienen establecida, por ejemplo (Andalucia, Canarias, Asturias, Comunidad
Valenciana, etc..). Si bien la mayoría de las deducciones autonómicas son más restrictivas
en cuanto a condiciones y límites que la estatal.
2.
Se establece un régimen transitorio por el
que aquellos que tengan contratos de
alquiler anteriores al 01/01/2015 y hayan tenido derecho a deducción en
ejercicios anteriores pueden seguir aplicando la deducción por alquiler de la
vivienda, así como para aquellos que hayan prorrogado contratos anteriores al
01/01/2015 y que hubieran deducido en ejercicios anteriores.
Por lo tanto, debemos seguir
teniendo en cuenta nuestros contratos de alquiler de cara a la renta, ya que o
bien puede que tengamos derecho a la deducción por alquiler de nuestra CC.AA. o
que si cumplimos con el régimen transitorio podamos seguir pudiéndonos aplicar
la deducción estatal.
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