tag:blogger.com,1999:blog-2470128414102329634.post5764938461773381762..comments2023-08-19T10:55:55.565+00:00Comments on CONOCE TUS IMPUESTOS: MODELO 130 .- PAGO FRACIONADO IRPFBlackdoshttp://www.blogger.com/profile/05797658667188446965noreply@blogger.comBlogger388125tag:blogger.com,1999:blog-2470128414102329634.post-19068403762992261222015-01-07T12:56:01.408+00:002015-01-07T12:56:01.408+00:00Buenos días, si te has dado de baja al finalizar l...Buenos días, si te has dado de baja al finalizar la actividad, este trimestre no te corresponde presentar ningún otro modelos relativo al 130. Ojo no me indicas ninguna otra obligación (IVA, alquileres, etc.), esos modelos si tiene resúmenes anuales y tendrías que presentarlo durante este mes de enero.Blackdoshttps://www.blogger.com/profile/02433755236558516513noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2470128414102329634.post-91438595339874298192015-01-01T20:42:03.178+00:002015-01-01T20:42:03.178+00:00Hola Buenas Tardes tengo una duda empecé una activ...Hola Buenas Tardes tengo una duda empecé una actividad empresarial a primeros de año y presente el modelo 130 el primer trimestre que es lo que duro la actividad mi pregunta es si tengo que hacer alguna declaración anual informativa a primeros de año <br />saludosAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2470128414102329634.post-58967029911490126072014-04-16T07:13:05.825+00:002014-04-16T07:13:05.825+00:00Buenos días,, en la casilla 01 se declaran los ing...Buenos días,, en la casilla 01 se declaran los ingresos sin IGIC, es decir las bases imponibles de tus facturas. El IGIC lo tienes que declarar en el 420, no te despistes.<br /><br />Un saludo.Blackdoshttps://www.blogger.com/profile/02433755236558516513noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2470128414102329634.post-20768088812764270322014-04-09T22:55:08.724+00:002014-04-09T22:55:08.724+00:00hola buenas , soy autonomo hace 3 meses , estoy da...hola buenas , soy autonomo hace 3 meses , estoy dado de alta como "servicios fesionales de limpieza" , en Canarias , yo realizo trabajos de limpieza a una empresa y le facturo , de esa facturacion le tengo que descontar el IGIC que corresponde el 7% . lo que me pago la empresa en total en los 3 meses fue de 3.800 € , de aqui tengo que sacar el 7% que serian 248´60 ,para mi me quedan 3.551´40 de base disponible, MI PREGUNTA ES SI TENGO QUE HACER LA DECLARACION DE IRPF TRIMESTRAL , Y EN LA CASILLA 01 QUE TENGO QUE COLOCAR LA BASE DISPONIBLE QUE ME QUEDA A MI , ES DECIR LOS 3551¨40 Ó LA TOTALIDAD DE INGRESOS CON IGIC INCLUIDO ? . Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2470128414102329634.post-13665344907539253492014-01-09T10:17:19.803+00:002014-01-09T10:17:19.803+00:00Buenos días Calle,
El modelo 130 es acumulativo e...Buenos días Calle,<br /><br />El modelo 130 es acumulativo es decir en este 4t tienes que incluir todos los ingresos y gastos desde el 01/01/2013 al 31/12/2013 por lo que ese autónomo lo debes incluir tambien.<br /><br />Un saludo.Ucanca Asesoresnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2470128414102329634.post-55576368194200262052014-01-09T10:13:51.936+00:002014-01-09T10:13:51.936+00:00Buenos días, efectivamente creo que te estas liand...Buenos días, efectivamente creo que te estas liando, vamos a verlo paso a paso:<br /><br />1- Es correcto que el modelo 130 es acumulativo, por lo que si en el 3t tenías mas beneficio que en el 4t, el modelo debería salir negativo, ya que al resultado que te de el 20% del 4t, se le resta lo ya pagado en los trimestres anteriores.<br />2- El modelo 130 es un pago a cuenta de la renta, aunque de 0 o negativo, Hacienda no te devuelve nada en este modelo, ya que lo has pagado en los anteriores modelos, se tendrá en cuenta en tu declaración de la renta a tu favor, es decir reduciendo lo que deberías pagar y devolviendo si fuese el caso el exceso.<br /><br />Un saludo. Ucanca Asesoresnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2470128414102329634.post-15473480540020658112014-01-03T11:07:57.769+00:002014-01-03T11:07:57.769+00:00Buenos días y feliz año!
Tengo una cuestión, el p...Buenos días y feliz año!<br /><br />Tengo una cuestión, el pasado ha sido mi segundo y último trimestre como autónomo y estoy con la presentación del modelo 130. <br /><br />En el 3T tuve beneficios y pagué el 20%, por decir algo 1000. Sin embargo, en el 4T no facturé nada pero tuve gastos, con lo que, al ser acumulativo, se supone que mis beneficios globales han sido menores y en el global debería pagar, por ejemplo, 800. Ahora Hacienda me tiene que devolver esa parte? Es decir, ¿en qué casilla del modelo se tiene en cuenta esto? O me estoy haciendo un lío?<br /><br />Muchas gracias y espero haber expresado mi duda correctamente<br /><br />Saludos!Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2470128414102329634.post-16933385597287938112014-01-03T09:56:34.021+00:002014-01-03T09:56:34.021+00:00Buenos días he realizado el modelo 130 del 2T y no...Buenos días he realizado el modelo 130 del 2T y no he incluido una cuota de la seguridad social como autónomo, voy a hacer el 4T que puedo a hacer meter ese gasto en el 4T, dejarlo sin meter o bien declarar ese gasto en la declaración anual de la rentacallehttps://www.blogger.com/profile/04313910230305376979noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2470128414102329634.post-53360015827923680282013-11-09T10:01:25.530+00:002013-11-09T10:01:25.530+00:00Buenos días George, lo primero es ir urgentemente ...Buenos días George, lo primero es ir urgentemente a la oficina de Hacienda que te corresponda, ya que el incumplimiento de un pago fraccionado puede hacer que te lo deniegen y te soliciten el pago completo de lo que te falta.<br /><br />En la oficina cuenta lo que te ha pasado y si aún estan a tiempo te pueden emitir una carta de pago por el recargo del incumplimiento y por el plazo que se te ha pasado, o en el peor de los casos, te emitirán carta de pago por el total de lo que te queda por pagar y un posible recargo. No esperes a que te llegue la carta de Hacienda reclamando.<br /><br />Un saludo.Blackdosnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2470128414102329634.post-24421927513632146762013-11-05T10:06:12.199+00:002013-11-05T10:06:12.199+00:00Hola tengo una duda! Yo e Fraccionado una declarac...Hola tengo una duda! Yo e Fraccionado una declaracion de la renta en pagar 900 euros en 6 meses, llevo pagados 4 meses y el quinto se me paso de fecha sin darme cuenta, QUE TENGO K ACER AHORA ? K PASA? COMO SIGO PAGANDO ESO?Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/10339919722794690781noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2470128414102329634.post-85272613272450059292013-07-18T10:34:58.939+00:002013-07-18T10:34:58.939+00:00Hola, estaba informandome de como rellenar el mode...Hola, estaba informandome de como rellenar el modelo 130 y llegué hasta aqui, a pesar de que te explicas demasiado bien, me han quedado dudas, cuando se dice que es acumulativo, a que se refiere, por ejemplo en el segundo trimestre, ¿habría que poner los ingresos y los gastos, de abril, mayo y junio, o los ingresos y gastos desde enero hasta junio? la misma pregunta para las retenciones yo tengo retenciones por alquiler y tendria que rellenar la del primer trimestre, o la del primero y segundo? me serviria de mucha ayuda que me respondieras, gracias de antemano!Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2470128414102329634.post-24485726468196298702012-11-01T18:02:49.640+00:002012-11-01T18:02:49.640+00:00Buenas tardes y perdona el retraso. Lo que tienes ...Buenas tardes y perdona el retraso. Lo que tienes que hacer es presentar los modelos 130 y 303 atrasados, aunque sean negativos. Date cuenta que estas obligada a presentarlos trimestralmente, si no has tenido ingresos, declaras sólo los gastos. Como mínimo el autónomo.<br /><br />Un saludoBlackdoshttps://www.blogger.com/profile/05797658667188446965noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2470128414102329634.post-57574878998437373802012-10-26T19:10:31.574+00:002012-10-26T19:10:31.574+00:00Buenas tardes, lo siento si mi pregunta es muy bás...Buenas tardes, lo siento si mi pregunta es muy básica pero estoy muy desorientada. Tenia un local comercial cerrado y el año pasado decidí abrir una Galeria de Arte donde expongo mis propios cuadros. Me dí de alta, con el modelo 036. Desgraciadamente no he vendido ningún cuadro y no he presentado ninguna liquidación. Ahora me llega un Requerimiento de Hacienda por no haber presentado el 130 y el 303. ¿Qué debo hacer? Lo único que se me ocurre es ir a Hacienda y decir que no tengo ingresos....<br />Muchas gracias<br />Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2470128414102329634.post-50757639481969642302012-10-14T09:15:47.953+00:002012-10-14T09:15:47.953+00:00Buenos días Jessica , efectivamente en el mod 130 ...Buenos días Jessica , efectivamente en el mod 130 debes de tener en cuenta como gasto, todos aquellos derivados de la nomina del trabajador. El total devengado de la nomina y el gasto de seg. Social soportado por la empresa. Lo puedes ver de dos formas, pidiendo a tu asesor laboral un resumen de nominas mensual o en los tc por la diferencia entre el total de seg social que pagas por el trabajador y la cantidad que se le resta en la nomina por dicho concepto. Ojo al tener trabajador también debes presentar modelo 111.Blackdoshttps://www.blogger.com/profile/05797658667188446965noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2470128414102329634.post-72109426742219795822012-10-06T16:58:16.902+00:002012-10-06T16:58:16.902+00:00Hola, lo primero darte la enhorabuena por este fab...Hola, lo primero darte la enhorabuena por este fabuloso foro!<br />Soy autónomo, siempre he sabido rellenar el modelo 130, pero en el mes de diciembre di de alta a un trabajador, supongo que debo de poner en gastos la nomina de mi empleado, o sea, sumo todos los gastos como siempre, mas el total devengado de su nomina??? he leido algo del TC ... :S por favor necesito ayuda, se acaba el plazo en dos semanas!! GRACIAS!jessicahttps://www.blogger.com/profile/11073701854487683496noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2470128414102329634.post-27961479966666576142012-09-21T08:49:33.647+00:002012-09-21T08:49:33.647+00:00Buenos días Juanito, yo regularizaría en el 3t, ya...Buenos días Juanito, yo regularizaría en el 3t, ya en el caso de que Hacienda nos diga algo presento complementaria. Date cuenta que la complementaria a estas alturas ya de por si lleva recargo o sanción.<br /><br />Un saludo.Blackdoshttps://www.blogger.com/profile/05797658667188446965noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2470128414102329634.post-14530785547811535512012-09-19T16:21:02.966+00:002012-09-19T16:21:02.966+00:00Gracias!Soy Juanito, te decia lo de la presentacio...Gracias!Soy Juanito, te decia lo de la presentacion complementaria por que en el segundo trimestre puse en la casilla 15 todo el importe negativo que tenia del 1T y no hasta el importe de la casilla 14, dandome un importe negativo en vez de 0 que es lo que tenia que haber puesto.<br />Hago complementaria o lo rectifico en el 3T??<br /><br />Gracias de nuevo! Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2470128414102329634.post-13406257729587908362012-09-19T08:29:25.595+00:002012-09-19T08:29:25.595+00:00Buenos días Juanito, el modelo 130 es acumulativo,...Buenos días Juanito, el modelo 130 es acumulativo, es decir, en los datos de cada trimestre van incluidos los del anterior. Por ejemplo, el que tienes que presentar ahora en octubre, serán tus ingresos y gastos desde el 01/01 al 30/09, por lo que podrás incluir todo lo que no hayas tenido en cuenta en el anterior y regularizar la situación sin necesidad de complementaria.<br /><br />Un saludo.Blackdoshttps://www.blogger.com/profile/05797658667188446965noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2470128414102329634.post-1540172486350851282012-09-18T21:48:19.138+00:002012-09-18T21:48:19.138+00:00Hola, soy Juanito:
Tengo una duda; tengo un result...Hola, soy Juanito:<br />Tengo una duda; tengo un resultado negativo en el primer trimestre. En la casilla 15 del 2 trimestre me deduje todo lo que pude, pero no todo. Puedo deducirme lo restante en el tercer trimestre?<br />Otra pregunta, que plazo tengo para presentar una declaracion complementaria?<br /><br />Gracias y un saludoAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2470128414102329634.post-25231429823323845492012-08-02T07:41:33.574+00:002012-08-02T07:41:33.574+00:00Buenos días Juanma, en principio la no obligación ...Buenos días Juanma, en principio la no obligación de presentar el modelo 130, la debes indicar en el modelo 037, no indicando que estas obligado a realizar pagos fraccionados a cuenta del IRPF, esta en la segunda hoja del modelo 037.<br /><br />¿qué casilla marcaste diciendo que te iban a retener?.<br /><br />Un saludoBlackdoshttps://www.blogger.com/profile/05797658667188446965noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2470128414102329634.post-84393141338738962182012-07-20T09:22:16.124+00:002012-07-20T09:22:16.124+00:00Hola, me llamo Juanma, yo tengo una duda, estoy da...Hola, me llamo Juanma, yo tengo una duda, estoy dado de alta como autonomo, como todos aqui, jejeje, y me retienen en la empresa, se que no estoy obligado a presentar el modelo 130, pero tengo que comunicarlo a hacienda? o al rellenar el impresio 036 marcando la casilla de que me ivan a retener en la empresa no tengo que hacer nada?<br /><br />Muchas gracias.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2470128414102329634.post-85050665484793408282012-04-20T15:51:52.879+00:002012-04-20T15:51:52.879+00:00Hola, un autonomo administrador de sociedad limita...Hola, un autonomo administrador de sociedad limitada, sin ningún tipo de ingreso, debe presentar obligatoriamente modelo 130??? aunque sea sin actividad?? Gracias.ssbrgrhttps://www.blogger.com/profile/07650239495710154846noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2470128414102329634.post-46595023177113069302012-04-19T07:56:49.906+00:002012-04-19T07:56:49.906+00:00Buenos días M.J, y perdona que no te haya contesta...Buenos días M.J, y perdona que no te haya contestado antes, pero estamos algo desbordados.<br /><br />Vamos a ver, si no entiendo mal, tu amigo a parte de dar los cursos para esa empresa, les cobro por el uso de ese aula sólo para ese curso.<br /><br />Si lo que he entendido bien es correcto, no es más sencillo que incluya todo bajo el mismo concepto, es decir yo te imparto el curso y te cobro por la totalidad del curso, con eso evitamos el tema del alquiler del aula. No se si me he explicado bien, en principio el al resto de sus alumnos le cobra por dar los cursos en las aulas de la academia y no les cobra a parte el uso del pupitre.<br /><br />Lo he consultado con Hacienda y opinan como yo, salvo que la empresa que contrata a tu amigo, quiera el local para dar las clases por su cuenta, el uso del aula va incluido en el servicio que el presta y por lo tanto no lo debe desglosar y mucho menos catalogar por alquiler.<br /><br />Un saludo.Blackdoshttps://www.blogger.com/profile/05797658667188446965noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2470128414102329634.post-38199639789619075782012-04-16T11:12:42.416+00:002012-04-16T11:12:42.416+00:00Buenos días Blackdos! Soy M.J. Enhorabuena por la ...Buenos días Blackdos! Soy M.J. Enhorabuena por la labor que realizas iluminándonos con tus soluciones en la tarea de realizar estos modelos. Ya me aclarastes el año pasado alguna duda y desde entonces os sigo fielmente. <br />Mi problema es el siguiente: Le llevo la contabilidad y demás temas laborales y fiscales desde el año pasado a un amigo (tiene una academia de inglés y está en régimen de actividad económica por estimación directa simplificada, por lo tanto actividad exenta de IVA). La cuestión es que hace un par de días me pide le realice una serie de facturas del mes de febrero puesto que ha realizado un par de cursos para una empresa, hasta ahí bien porque tengo claro como realizarlo, contabilizarlo y declararlo; pero, y ahí viene la cuestión que me preocupa más que nada por las fechas en que nos encontramos (a punto de presentar todos los modelos del primer trimestre), cuando me doy cuenta que una de ellas es por el alquiler de una de las aulas de la academia a la empresa que le encargó el curso de inglés durante un mes, por lo que tiene IVA. La verdad es que no sé por dónde meterle mano, ni cómo he de contabilizarlo, ni qué modelos tengo que presentar por el IVA del alquiler, tampoco en cuanto a la retención del mismo, ni cómo declararlo puesto que nunca lo he hecho siendo él arrendador (a la inversa sí porque tuvo durante un tiempo alquilado un local, ahora los tiene en propiedad). Lo que me asusta es el poco tiempo que queda. Espero haber expuesto el tema lo más claro posible. Un saludo.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-2470128414102329634.post-67035439728314461822012-04-07T08:21:48.007+00:002012-04-07T08:21:48.007+00:00Buenas de nuevo Victoria, nosotros estamos en Tene...Buenas de nuevo Victoria, nosotros estamos en Tenerife, aunque llevamos via internet a clientes de toda España.<br /><br />Si quieres más información o necesitas más ayuda, el correo de contacto es blackdos70@gmail.com<br /><br />Un saludo.Blackdoshttps://www.blogger.com/profile/05797658667188446965noreply@blogger.com