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20 de mayo de 2008

IRPF 2007: Compensación por Adquisición de la Vivienda Habitual.

Hace ya un tiempo empezamos a comentar temas para la renta del 2007, hablando de los asuntos que aun siendo normales en la la declaración del IRPF, en muchas ocasiones nos olvidamos de su existencia o de como aplicarlos para aprovecharnos lo mejor posible de esos beneficios fiscales que se nos ofrecen.

Uno de los temas que más exito han tenido ha sido el de la Reducción por la Movilidad Geográfica, tema que por lo que podemos leer en los comentarios es muy problemático.

imageSin embargo hay una parte en la declaración que verdaderamente es un asunto que afecta a la mayoría de los españolitos y que ha sido modificado con la última reforma del IRPF.

Ese tema en concreto es el de la Deducción por adquisición de la vivienda habitual, un asunto que ya hemos tratado en varios post que se pueden ver en la categoría de IRPF - Deducciones.

Sin embargo y tras hacer unas cuantas rentas ya, nos hemos dado cuenta de que nuestra "amiga" Hacienda (amigos así...), se esta olvidando en muchos casos de incluir estas deducciones en los borradores de los contribuyentes, así como de un concepto que aparece este año nuevo en la Renta 2007, el de la Compensación por la Adquisición de la Vivienda Habitual.

Vamos a explicar un poco, cual es el problema;

Como todos sabemos de siempre el pago de hipotecas para la compra de la vivienda habitual ha estado bonificado en la declaración y hasta esta última reforma la bonificación era la siguiente:

  • Para los pagos de la hipoteca realizados durante los 2 primeros años podíamos tener una deducción del  25% (suma de la parte estatal y autonómica) por los primeros 4.507,59 €. Mientras que para la diferencia hasta llegar al límite de los 9.015,18€, el porcentaje era del 15%
  • Para los pagos realizados durante los años posteriores a los 2 primeros, los porcentajes eran del 20% para los primeros 4.507,59€ y para el resto el 15%.

Sin embargo en esta última reforma que ya afecta a la Renta 2007, se han producido cambios en estos porcentajes de deducción de tal forma que la cosa queda así:

  • Para todos los pagos realizados de la hipoteca independientemente de si son los 2 primero años o no, el porcentaje de deducción es del 15%.

Vemos claramente la perdida del beneficio fiscal por parte del contribuyente, pues Hacienda también se dio cuenta de esto y claro a todos aquellos que se han comprado una casa antes de la reforma y les correspondían los anteriores porcentajes se verían injustamente perjudicados.

Es por esto que mediante la Ley de Presupuestos aparece la Compensación fiscal por deducción en adquisición de la vivienda habitual adquirida antes del 20/01/2006.

Esta compensación inteta solucionar ese problema y podrán aplicarsela aquellos que hubieran comprado la casa antes del 20/01/2006.

La cuantía de la misma es la diferencia entre lo que nos hubiera correspondido de deducción con los porcentajes aplicables hasta la Renta 2006 y lo que nos corresponde con los porcentajes de la Renta 2007.

El problema es que una vez visto unos cuantos borradores de clientes, nos hemos dado  cuenta de que Hacienda no esta aplicando esta compensación en los mismos, por lo que nos estamos deduciendo menos de lo que nos corresponde.

Así que si somos de los que cumplimos con dichos requisitos debemos revisar con lupa nuestro borrador y no aceptarlo a la ligera.

Espero que les haya servido de ayuda y en este caso concreto de aviso, ya que pueden ser un buen puñado de euros.

Un saludo

6 comentarios:

  1. Hola,

    la verdad que tras leer ésto último, no me queda bien claro cuales son los porcentajes definitivos que se pueden aplicar???

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  2. Buenos días Anónimo (18/06/08) y gracias por participar.

    El tema de los porcentajes este año es algo farragoso por el asunto de la compesación. Sin embargo, lo que debes tener en cuenta al hacer tu declaración de la renta es lo siguiente:

    1-Para la Renta del 2007, sólo podrás deducir un máximo del 15% de lo que hayas invertido en la adquisión de la vivienda (se entiende tambien el resto de conceptos que dan derecho a esta deducción).
    2- Como sabrás el IRPF, se divide en dos partes, la estatal (gobierno de España) y la autonómica. Por lo que de ese 15% anterior, un 10,05% es deducción estatal y el 4,95% es autonómica.
    3- En el 2007 la ley del IRPF, que regula la Renta 2007, cambió y cambiarón los porcentajes de deducción por adquisición de vivienda habitual que se venían aplicando hasta la Renta 2006.
    4- Esos porcentajes anteriores podían alcansar hasta un 25% de deducción para determinados casos.
    5- Este año en la Renta 2007, aparece la compensación por adquisición de la vivienda habitual, que básicamente es incrementar el % de deducción para aquellas hipotecas anteriores al 20/01/06, ya que con el cambio de ley se veían perjudicadas.

    Si como la mayoría de nosotros usas el programa PADRE de Hacienda para la Renta, sólamente te has de preocupar de introducir las cantidades adecuadas de las que tienes derecho de deducción y el programa calculará de forma autómatica el porcentaje aplicable y la deducción resultante, y no te olvides de la pestañita de la compensación si eres de los que tiene una hipoteca anterior al 20/01/06.

    Espero que te haya servido de ayuda, si tienes más preguntas, no lo dudes.

    Un saludo y no te despistes que quedan ya pocos días.

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  3. Pero... si la fecha del préstamo es por ejemplo del 2002, ya no tiene relevancia, no?
    Tampoco la tendría si con el 15% del bruto amortizado ya excedemos no obstante del límite de la deducción, no?
    En mi caso, préstamos de Julio del 2002 y el año pasado amorticé más de 100.000 euros...
    Llamé a Hacienda y me dijeron que me interesaba poner esta opción pero el programa Padre me da un error al intentar hacerlo y por lo que explicas, a mi no me corresponde?
    Gracias por la aclaración

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  4. Buenas noches Anónimo, la compensación es para las hipotecas abiertas antes del 20 de enero del 2006, por lo que la tuya se puede beneficiar.

    En cuanto a la cantidad deducible hay que aclarar lo siguiente:

    1- El límite anual de la deducción es de 9015€, es decir, pages lo que pages en el año, como máximo podras aplicar el porcentaje de deducción sobre 9.015€.
    2- Este año ese porcentaje es del 15%, mientras que en años anteriores era como mínimo un 20% para los primeros 4.507,59€ (pudiendo ser de un 25% durante los 2 primeros años desde la compra) y el resto hasta los 9.015 € a un 15%.

    Por eso la compensación, para evitar que las hipotecas anteriores al 2006, se vean perjudicadas en la deducción.

    En cuanto a lo 100.000 € del año anterior, como máximo te podrias a ver deducido los 9015 € del límite, eso si, esas amortizaciones suelen ser por venta del piso, cancelaciones, cambios o rehipotecas y hay que tener cuidado con eso. Mirate el articulos de las rehipotecas.

    Un saludo.

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  5. Buenos días, he escuchado un comentario que dice: "solo te puedes desgravar los 3 primeros años en la vivienda habitual con la nueva ley", ¿hay algo de cierto en eso?

    Muchas gracias.

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  6. Buenos días Anónimo (01/07/08) y gracias por participar.

    La verdad que es la primera vez que escucho lo que me estas comentando, desde luego si te refieres a la ley del IRPF actual, eso no existe. En caso de ser una futura reforma de esta Ley, no he visto ni escuchado nada aún y hasta cierto puento no lo vería lógico.

    De todos modos habra que esperar algunos meses para ver si se van haer grandes modificaciones en la la Ley del IRPF para la Renta 2008.

    Un saludo.

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