Páginas

4 de marzo de 2008

Plazos Borrador Renta 2007

Buenas noches, como muchos ya habrán escuchado por la radio o por la televisión, nuestra amiga Hacienda, acaba de dar el chupinazo de comienzo a la campaña de la Renta 2007.

cabecera_renta2007

Y es que desde el pasado día de 3 de marzo ya podremos solicitar los borradores de nuestras declaraciones. En este aspecto hay que tener en cuenta que el borrador sólo lo deberán solicitar, aquellas personas que no marcaron la casilla de solicitud del borrador en la última declaración.

Vamos a repasar las fechas claves de la declaración de la Renta 2007:

Fechas Concepto
03/03/2008 a 23/06/2008 Solicitud del Borrador
01/04/2008 a 23/06/2008 Confirmación Borrador a ingresar con domiciliación bancaria
01/04/2008 a 30/06/2008 Confirmación Borrador a devolver o ingresar sin domiciliación bancaria
02/05/2008 a 30/06/2008 Presentaciones declaración de la Renta 2007
23/06/2008 Último día para presentar declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria.

 

¿Cómo solicitamos el borrador?

•  Por Internet ( www.agenciatributaria.es )

•  Por teléfono, en el 901 12 12 24 o en el 901 200 345

Nos pedirán el NIF y el importe de la casilla 681 de la Renta 2006.

En el caso de que en la última renta hayamos marcado la opción de envío del borrador, este nos llegará por correo y si además le facilitamos a Hacienda nuestro móvil y marcamos que nos notifiquen las novedades, nos enviarán un código por sms, con el que podremos acceder de forma on-line a nuestro borrador (el año pasado funciono así y este año en la web tienen la opción para introducir el código).

¿Quienes recibirán el borrador y quienes sólo la información fiscal?

Recibirán el borrador los contribuyentes que sólo tengan rendimientos del trabajo, rendimientos del capital mobiliario con retención o ingreso a cuenta, Letras del Tesoro, imputación de rentas inmobiliarias de dos inmuebles como máximo, ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta y subvenciones para la adquisición de vivienda habitual. La deducción por adquisición de vivienda habitual con préstamo hipotecario, la reducción por aportaciones a planes de pensiones y la deducción por  donativos no impiden recibir el borrador.

El resto, entre los que nos incluimos los autónomos con actividad económica sólo recibirán la información fiscal.

Para más información:

Campaña Renta y Patrimonio 2007

17 comentarios:

  1. Esperando el mio estoy. .-)

    ResponderEliminar
  2. Buenas noches Lordvader, si vez que a finales de mes no te ha llegado el borrador, puedes consultar el estado de su tramitación en la propia web de Hacienda.

    http://www.aeat.es

    ResponderEliminar
  3. Mi caso es que me ha llegado el borrador de la declaración del 2007 pero aun no tengo resuelta la del 2006.
    Hice una alegación pidiendo la deducción por movilidad geográfica y aun no me han contestado.
    En el borrador de la declaración del 2007 no esta contemplada dicha deducción, ¿esto puede ser indicativo de que la contestación a mi alegación del 2006 sea negativa?

    Mi situación es la siguiente: El 15 febrero del 2006 comencé a trabajar en Madrid, yo soy de Palencia (empadronada) pero estuve con una beca en Valladolid antes de comenzar a trabajar en Madrid y apuntada al paro en Valladolid (ya que vivía allí).
    ¿El tener el domicilio fiscal en una ciudad y el paro en otra, pude hacer que no me den la ayuda por movilidad geográfica?


    Si el plazo de la declaración de 2007 se terminase antes de que hacienda me de respuesta a las alegaciones de la declaración del 2006 ¿debería poner la deducción por movilidad geográfica en la declaración de 2007?

    Gracias

    ResponderEliminar
  4. Buenas noches Maria, gracias por participar y plantearnos tu duda.

    Lo primero de todo comentarte, que por lo general, Hacienda no suele poner la reducción por movilidad geográfica en el borrador en el primer ejercicio que te corresponde. Tenemos que tener en cuenta que los datos del borrador son el resultado de la información que Hacienda recoge de nosotros de otras declaraciones y de terceros, por ejemplo, la empresa donde trabajas declara lo que cobras y lo que te retiene, el banco lo que has pagado de hipoteca, etc.

    Entonces podemos deducir que salvo que en el momento que te contratarón declarastes la movilidad geográfica en el impreso en el que comunicas tu situación personal a la empresa (145), Hacienda no tiene porque saberlo.

    En cuanto a si con lo que me comentas tienes derecho o no a aplicar la reducción por movilidad geográfica, en principio la ley establece que se da, cuando te trasladas por empleo a otro municipio diferente al que resides y en el que estas apuntado en el paro. En principio, tu caso es una de esas situaciones que pueden hacer dudar a la Agencia Tributaría, pero que bien alegado tiene que darte un resultado positivo.

    En cuanto al asunto de que finalice el plazo antes de que den resolución a tu alegación, a mi entender debes jugar en función de como te vaya a salir la declaración poniendo la movilidad geográfica o no.

    Me explico en tu caso, todo es arriesgar, es decir, sabemos que podrías aplicarte la movilidad geográfica, pero que en principio no te la aceptarón el año pasado, por lo que si la pones y la alegación sale positiva, de lujo, pero si el resultado es negativo en el 2006, te mandarían una paralela.

    Se que no te he contestado un hazlo o no, en estos casos nos solemos límitar a explicarle las opciones al cliente y que el decida, por lo menos espero haberte dado algo de claridad en tu decisión.

    ResponderEliminar
  5. Hola,

    Muchas gracias por tu contestación.

    Esta mañana he pasado por hacienda para preguntar que pasaba con mi alegación y me han dicho que en 10 o 15 días me llegara una carta a casa y que lo único que me podía adelantar es que habían rechazado mi alegación.
    En la alegación, presente como justificantes, el certificado del paro, la vida laboral y el contrato de alquiler del piso donde estaba en el 2006 ¿puede que el hecho de no estar empadronada en Madrid haga que no me apliquen la deducción por movilidad geográfica? ¿Qué otros justificantes podría presentar para que mi alegación tenga resultado positivo?

    Perdona por darte la tabarra con este tema pero no se a quien acudir para que me resuelva mis dudas, es la primera vez que hago todo esto y estoy un poco perdida.

    ResponderEliminar
  6. Hola Maria, no te preocupes, que no molestas, para eso estamos aqui, para intentar resolver las dudas.

    Si quieres ver que justificantes puedes presentar y muchas experiencias más sobre movilidad geografica, busca el post que tenemos sobre el tema, esta dentro de la categoria de IRPF- Reducciones de la cuota, en el esta bien explicado el asunto y acompañado de muchas consultas sobre el tema en las que encontraras la respuesta.

    Un saludo

    ResponderEliminar
  7. Buenos días,

    Mi duda es quizá un caso poco común o quizá no tanto en los tiempos que corren.

    Resulta que tengo un familiar de nacionalidad argentina que el año pasado trabajo en España legalmente por lo que este año ha recibido el borrador de la declaracion.
    El problema es que a principios de este año se volvio definitivamente para su país anulando todas las cuentas bancarias y dandose de baja de todos los registros pertinentes.

    Hemos recibido nosotros aquí su borrador y le sale negativa ( cobrar ) pero la cuenta corriente que figura ya no existe. EL banco nos dice que no pueden reactivarla.
    ¿Como podria hacer esta persona para poder cobrar ese dinero que por ley le corresponde? Podria poner una Cuenta Bancaria donde cobrar el dinero en la que no fuera él titular? Y asi, por ejemplo, posteriormente remitirle yo el dinero a él.

    Me imagino que no será un caso tan extraño cuando muchas inmigrantes deciden volver a sus paises y el gobierno facilita este tramite...

    Muchas gracias por toda la ayuda que puedan prestarme.

    ResponderEliminar
  8. Buenas noches Sergi, la verdad es que tu caso aunque cada vez más frecuente sigue siendo complicado de arreglar, en la asesoría tuvimos un caso asi el año pasado, en este caso un alemán, se fue a su pais, cancelos las cuentas corrientes y claro al devolver Hacienda no tenia una cuenta para poder hacerlo.

    El problema lo resolvimos presentando en Hacienda una autorización firmada por el cliente para poder hacer el ingreso en una cuenta de un familiar.

    En otras ocasiones se han podido poner cuentas corrientes compartidas.

    ResponderEliminar
  9. Hola a todos,
    este año es la primera que he solicitado el borrador de la declaracion porque el año pasado fue el primer año que he trabajado.
    Tengo dos dudas:
    1. Me pone que para poder confirmar voy a tener que hacer una rectificacion porque he tenido "rentas de actividades profesionales imputadas sin que figure como empresario o profesional". No se muy bien que significa esto pero tengo contratos de los tres trabajos que he tenido el año pasado.
    2. Al final en "Calculos del impuesto y resultado de la declaracion" en "Cuota estatal correspondiente a la base liquidable general sometida a gravamen" me pone 2911,75. ¿Eso que significa? ¿¿que voy a tener que pagar casi 3000 euros a hacienda??

    ResponderEliminar
  10. Buenas noches Anonimo del 28/05/08, antes de nada, vamo a quitarte el susto.

    Esa cantidad que tu dices, no es el resultado de la declaración, en el borrador tienes que buscar la casilla que pone Resultado de la declaración.

    En cuanto al punto primero, eso quiere decir que alguna empresa te ha declarado como profesional y no como trabajador por cuenta ajena. Por lo que tendrás que hacer la renta y declarar esas cantidades como si fuera una actividad económica.

    Un saludo y no te asustes que es normal.

    ResponderEliminar
  11. muy buenos dias, mi problema es el siguiente. resulta ke me descarge el programa padre 2007 y realice mi declaracion mediante ella. hasta ahi todo bien, pero a la hora de enviar por correo el borrador, hay una casilla ke pone "firmar y enviar" le doy a dicha casilla y me dice ke no se encontro ningun certificado. alguien me podria decir ke debo de hacer para poder enviar mi declaracion por correo sin ningun problema os lo agradeceria bastatnte, un abrazo

    ResponderEliminar
  12. Buenas tardes anónomo, lo que te ocurre es que cuando presentas la renta online, tienes que tener un certificado digital para poder presetarla, de lo contrarío tendrás que imprimirla y llevarla al banco.

    El certificado digital, es tu firma online, garantiza que eres tu el que la esta presentando.

    Un saludo.

    ResponderEliminar
  13. Buenas noches Blackdos, soy Mª Jesús y tengo un problemilla con mi declaración de la renta.

    El caso es que mi padre falleció en 2007 y claro tanto mi hermano como yo hemos pasado a heredar parte de sus bienes, hasta aquí todo correcto. Pero el problema viene en el momento en que la testamentaria se lleva al banco BBVA para que cambien el titular de unos valores (acciones de BBVA y de Endesa) que antes eran de mi padre y ahora han pasado a ser de mi hermano y mías. Esto lleva tramitándose desde principios de mayo y aun no esta resuelto el asunto. La cuestión es que tanto mi hermano como yo necesitamos que ese tramite este completo para poder incluirlo en la declaración de 2007 porque de no ser así quedaría incompleta y estamos viendo que el tiempo se nos echa encima. ¿se puede entregar la declaración a falta de esa documentación?, ¿puede haber algún tipo de penalización o multa económica si se cumple el plazo y no hemos podido conseguir la documentación que falta?, ¿se podría entregar la declaración y hacer algún tipo de alegación diciendo que falta la documentación citada por causas ajenas a nosotros?. El banco nos ha dicho que puede darnos una especie de certificado que explique que esa documentación esta en tramites para justificar porque no se entrega a tiempo peor no se si esto tendrá alguna validez para hacienda, me temo que no.

    Le agradecería si me pudiera enviar la respuesta de esta cuestión a mi correo electrónico: mjgomezbarrios@gmail.com


    Muchísimas gracias

    ResponderEliminar
  14. Buenos Días Maria Jesus, perdona el retraso y el no poder extenderme mucho, pero estamos en unos días locos para nosotros.

    Lo primero comentarte, que al haber fallecido tu padre en 2007, debes presentar Renta 2007 de él, indicando la fecha de fallecimiento. En el caso de existir testamento, la transmisión oficial se lleva a cabo en el momento en el que se va a notario y se liquida el modelo de sucesiones y donaciones. Por lo tanto, si ese tramite esta ya hecho se entiende que esos valores ya han sido repartidos entre los herederos.

    Por otra parte no esta demás que el banco te facilite ese certificado, que te puede servir en un futuro ante Hacienda.

    Independientemente de lo anterior, te recomiendo presentar la renta con lo que tengas en plazo y en caso de no poder incluir todos los datos, cabe la posibilidad de presentar una complementaria en cuanto los tengas, adjuntando una solicitud junto con el certificado del banco, para que Hacienda entienda que no es culpa de ustedes la falta de datos.

    Un saludo.

    ResponderEliminar
  15. Buenos dias y muchas gracias por la respuesta, no se preocupe por el retraso,entiendo que para ustedes son dias de mucho trabajo. Al final lo que hemos hecho ha sido presentar la declaracion de mi hermano y la mia con los datos que teniamos.

    Respecto a la muerte de mi padre, él no tenia testamento hecho, asi que el reparto de bienes se ha hecho según la ley. Sobre lo que me comentaba de que debia presentar la declaracion de la renta 2007 de él, resulta que él era pensionista, tenia una pension por Gran Invalidez, y desde que se la dieron no ha tenido que hacer la declaracion en los ultimos años.
    En la notaria, la escritura nueva en la que figuran todos los bienes adjudicados a los herederos se firmó el dia 13 de diciembre de 2007.

    EL banco, al final, no nos ha facilitado aun el certificado que me prometieron pero, al menos, las declaraciones estan ya listas y entregadas dentro del plazo, que era lo que a mi mas me preocuoaba. La gestoria que nos las ha tramitado no nos ha dicho nada, en principio, de que debamos presentar una declaracion complementaria, asi que por ahora parece que el problema se ha resuelto.

    De nuevo le agradezco su asesoramiento y el servicio tan utli que prestan a los ciudadanos como yo que no entendemos mucho de estos temas.

    Un saludo.

    ResponderEliminar
  16. me a llegado el borrador y me sale negativo eso quiere decir que me lo devuelven no'
    otra pregunta si tengo una multa pendiente con hacienda de trafico me la quitaran en la declaracion?

    ResponderEliminar
  17. Buenos dias Loli y gracias por participar, en principio que el borrador salga negativo quiere decir que te devuelven.

    Pero te aconsejo que antes de presentarla revises bien, ya que pueden faltar datos o ser incorrectos.

    Generalmente Hacienda lo que hace es compensar tus multas y te devolveran lo que sobre.

    Un saludo.

    ResponderEliminar

Bienvenidos a los Comentarios de Conoce Tus Impuestos, si quieres hacer alguna consulta no lo dudes, respondemos lo antes posible.
No olvides dejar un nombre o apodo para poder dirigirnos a ti y si tienes blog, no dudes en dejar un enlace.
Desde la nueva actualizacion de blogger los post con mas de 200 comentarios tienen problemas para cargar todos, por lo que si quieres ver más tienes que pinchar en el enlace que pone cargar más sobre estas lineas.

Compartelo